Contrato de alta dirección (CEO/CFO/COO)

Contrato de alta dirección (CEO/CFO/COO) se presenta ante Empresa + Trabajador (relación laboral especial, RGSS). Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Lo que le cobramos: 800 €. Tasa oficial: Sin tasa. Cotización RGSS sobre las cantidades.

Le redactamos el contrato laboral especial del personal de alta dirección (RD 1382/1985). Configuramos cargo, funciones, autonomía, retribución (fijo + variable + bonus + stock options + retribución en especie), periodo de prueba (máx. 9 meses), pacto de plena dedicación, no competencia post-contractual con compensación (máx. 24 meses, art. 8), pacto de permanencia con formación, blindaje (golden parachute) por cambio de control, régimen de extinción específico (desistimiento empresario art. 11.1: 3 meses preaviso + 7 días/año máx. 6 mensualidades; despido improcedente 20 días/año máx. 12 mensualidades), confidencialidad, propiedad intelectual e industrial. Detectamos doctrina del vínculo (STS 26/2/2018) si es a la vez consejero ejecutivo.

Guía práctica: Contratos mercantiles: compraventa, agencia, distribución y alta dirección. Requisitos, plazos y pasos, explicados.

Lo que le cobramos
800 €
Honorario Managora
800,00 € (IVA 21% incl.)
Tasa oficial
Sin tasa. Cotización RGSS sobre las cantidades.
Plazo de resolución
Firma inmediata. Alta SS desde antes del primer día de trabajo.
Qué recibe
Solicitud

Desglose del coste: Gestión 800,00 € (IVA 21% incl.). Sin tasa: la cotización al Régimen General se aplica después sobre las cantidades retributivas pactadas..

Contrato de alta dirección (CEO/CFO/COO): ¿cómo se tramita?

  1. 1Conteste las preguntas del chat (~10 minutos).
  2. 2Detectamos doctrina del vínculo si es consejero ejecutivo.
  3. 3Configuramos retribución, pactos especiales y régimen de extinción.
  4. 4Pago de 800,00 € (IVA 21% incl.) por la asesoría.
  5. 5Firma del mandato desde su móvil.
  6. 6Le entregamos el contrato listo para firma + informe legal con derechos, indemnizaciones y régimen fiscal.

¿Qué documentos necesita?

  • DNI del directivo y del representante de la empresa.
  • Acuerdo del CdA de nombramiento como alto directivo.
  • Si stock options: plan general aprobado por JG.
  • Anexo de objetivos para el variable / bonus.
  • Si exclusividad: declaración del directivo de no compromisos previos.
  • Si formación pactada: programa de formación con coste estimado.

Base legal y a tener en cuenta

  • Marco: RD 1382/1985 + DA 1ª ET + art. 217 LSC + STS 26/2/2018 doctrina del vínculo.
  • Concepto: poderes inherentes a la titularidad jurídica de la empresa, autonomía y plena responsabilidad (art. 1.2 RD 1382/1985).
  • Forma escrita obligatoria (art. 4); en su defecto, indefinido y a tiempo completo.
  • Periodo de prueba: máx. 9 meses (art. 5).
  • Tiempo de trabajo: pacto libre, sin sujeción a límites del ET.
  • DESISTIMIENTO EMPRESARIO (art. 11.1): preaviso 3 meses + 7 días/año máx. 6 mensualidades.
  • DIMISIÓN (art. 10): preaviso 3 meses.
  • DESPIDO IMPROCEDENTE (art. 11.2): 20 días/año máx. 12 mensualidades.
  • Pactos postcontractuales (art. 8): no competencia máx. 24 meses con compensación; permanencia máx. 24 meses con formación pagada.
  • Doctrina del vínculo: si consejero + alto directivo, prevalece relación mercantil (STS 26/2/2018) salvo funciones diferenciadas y acreditadas.
  • Fiscalidad: indemnización por DESISTIMIENTO NO EXENTA del IRPF (no es por despido improcedente). Indemnización por improcedencia / objetivas: exenta hasta 180.000 €/año (art. 7.e LIRPF).
  • Stock options: tributación específica art. 14 LIRPF; Ley 5/2023 startups: exención 50.000 €/año si SEE.
  • Conexiones naturales: contrato_administrador_lsc, contrato_directivo_no_alta, transformacion_societaria.

Contrato de alta dirección (CEO/CFO/COO): preguntas frecuentes

Contrato de alta dirección (CEO/CFO/COO): ¿cuánto cuesta?

Le cobramos 800 €: nuestra gestión y, si la hay, la tasa oficial fija que adelantamos. Gestión 800,00 € (IVA 21% incl.). Sin tasa: la cotización al Régimen General se aplica después sobre las cantidades retributivas pactadas.. El honorario de Managora es 800,00 €, IVA 21% incluido (661,16 € de base + 138,84 € de IVA). La tasa oficial del organismo (suplido, sin IVA) es: Sin tasa. Cotización RGSS sobre las cantidades..

Contrato de alta dirección (CEO/CFO/COO): ¿cuánto tarda?

Firma inmediata. Alta SS desde antes del primer día de trabajo.

Contrato de alta dirección (CEO/CFO/COO): ¿qué documentos necesito?

Necesita tener a mano: DNI del directivo y del representante de la empresa., Acuerdo del CdA de nombramiento como alto directivo., Si stock options: plan general aprobado por JG., Anexo de objetivos para el variable / bonus., Si exclusividad: declaración del directivo de no compromisos previos., Si formación pactada: programa de formación con coste estimado.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.

¿Quién presenta el trámite?

Lo presenta Managora en su nombre ante Empresa + Trabajador (relación laboral especial, RGSS). Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.

¿Se puede hacer online?

Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.

Trámites relacionados

Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Empresa + Trabajador (relación laboral especial, RGSS).

Managora Gestion SL (CIF B88823893) es una empresa privada. No somos Empresa + Trabajador (relación laboral especial, RGSS), ni estamos vinculados, autorizados ni aprobados por ningún organismo público, y este sitio no es una sede electrónica. Lo que usted paga en esta página es nuestro honorario por preparar, firmar y presentar el trámite en su nombre: es distinto de la tasa oficial, que cuando la hay es del organismo y se le muestra por separado. Puede realizar este trámite usted mismo, directamente ante Empresa + Trabajador (relación laboral especial, RGSS).

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