Declaración complementaria IRPF (modelo 100 complementario)
Declaración complementaria IRPF (modelo 100 complementario) se presenta ante Agencia Estatal de Administración Tributaria. Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Lo que le cobramos: 180 €. Tasa oficial: Cuota IRPF complementaria + recargo art. 27 LGT
Declaración complementaria del IRPF cuando aparecen rendimientos no declarados o cuantías inferiores. Marco: LGT 58/2003 art. 122 + RD 1065/2007 RGAGI art. 119 + Ley 35/2006 LIRPF + LGT arts. 27 y 28 (recargos) + Ley 39/2015. 10 supuestos típicos · cálculo de incremento de cuota + recargo art. 27 LGT (1 % + 1 %/mes hasta 12 meses; 15 % + intereses si > 12 meses) · advertencia rectificación si la diferencia es a favor.
Guía práctica: La declaración de la Renta (IRPF, modelo 100). Requisitos, plazos y pasos, explicados.
- Lo que le cobramos
- 180 €
- Honorario Managora
- 180,00 € (IVA 21% incl.)
- Tasa oficial
- Cuota IRPF complementaria + recargo art. 27 LGT
- Plazo de resolución
- Presentación voluntaria sin requerimiento; antes del primer requerimiento AEAT.
- Dónde se presenta
- Agencia Estatal de Administración Tributaria ↗
- Qué recibe
- Solicitud
Desglose del coste: Gestión 180,00 € (IVA 21% incl.), sin tasa. Además la cuota complementaria del IRPF que resulte más el recargo del art. 27 LGT (5 a 20 % según el retraso), variable..
Declaración complementaria IRPF (modelo 100 complementario): ¿cómo se tramita?
- 1Conteste las preguntas (~6 minutos).
- 2Calculamos diferencia de cuota y recargo art. 27 LGT.
- 3Pago 180,00 € (IVA 21% incl.).
- 4Presentamos complementaria por Renta WEB AEAT.
¿Qué documentos necesita?
- •Declaración original presentada y nº de justificante.
- •Documentación de los nuevos rendimientos / hechos.
- •Certificado de retenciones si aplica.
Base legal y a tener en cuenta
- Marco: LGT 122 + RGAGI 119 + LIRPF + LGT 27 y 28.
- Si la diferencia es a favor, use rectificación de autoliquidación (LGT 120.3 + RGAT 126-128).
- Conexiones: modelo_100, rectificacion_autoliquidacion_irpf.
Declaración complementaria IRPF (modelo 100 complementario): preguntas frecuentes
Declaración complementaria IRPF (modelo 100 complementario): ¿cuánto cuesta?
Le cobramos 180 €: nuestra gestión y, si la hay, la tasa oficial fija que adelantamos. Gestión 180,00 € (IVA 21% incl.), sin tasa. Además la cuota complementaria del IRPF que resulte más el recargo del art. 27 LGT (5 a 20 % según el retraso), variable.. El honorario de Managora es 180,00 €, IVA 21% incluido (148,76 € de base + 31,24 € de IVA). La tasa oficial del organismo (suplido, sin IVA) es: Cuota IRPF complementaria + recargo art. 27 LGT.
Declaración complementaria IRPF (modelo 100 complementario): ¿cuánto tarda?
Presentación voluntaria sin requerimiento; antes del primer requerimiento AEAT.
Declaración complementaria IRPF (modelo 100 complementario): ¿qué documentos necesito?
Necesita tener a mano: Declaración original presentada y nº de justificante., Documentación de los nuevos rendimientos / hechos., Certificado de retenciones si aplica.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.
¿Quién presenta el trámite?
Lo presenta Managora en su nombre ante Agencia Estatal de Administración Tributaria. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.
¿Se puede hacer online?
Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.
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Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Agencia Estatal de Administración Tributaria ↗.
Managora Gestion SL (CIF B88823893) es una empresa privada. No somos Agencia Estatal de Administración Tributaria, ni estamos vinculados, autorizados ni aprobados por ningún organismo público, y este sitio no es una sede electrónica. Lo que usted paga en esta página es nuestro honorario por preparar, firmar y presentar el trámite en su nombre: es distinto de la tasa oficial, que cuando la hay es del organismo y se le muestra por separado. Puede realizar este trámite usted mismo, directamente ante Agencia Estatal de Administración Tributaria.
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