Declarante autorizado CBAM: solicitud en el Registro CBAM y declaración anual del ajuste en frontera por carbono
Declarante autorizado CBAM: solicitud en el Registro CBAM y declaración anual del ajuste en frontera por carbono se presenta ante Registro CBAM de la Comisión Europea (resuelve el MITECO, Oficina Española de Cambio Climático). Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Lo que le cobramos: desde 499 €. Tasa oficial: Sin tasa: no consta ninguna tasa oficial por la solicitud de la condición de declarante autorizado ni por la presentación de la declaración CBAM. Quedan fuera de nuestro precio y los paga su empresa: la garantía que el MITECO exige si su empresa no estaba establecida en los dos ejercicios anteriores al de la solicitud (garantía bancaria a primer requerimiento u otra equivalente, por el valor de los certificados que correspondan a las importaciones que usted estima; el coste del aval lo cobra su banco); los certificados CBAM, que su empresa compra desde el 1-2-2027 al precio oficial (para lo importado en 2026 se fija por trimestre de importación: 75,36 € el primero, 75,28 € el segundo y 82,32 € el tercero, por certificado; el del cuarto se publica el 4-1-2027); las tasas de la plataforma común de venta de certificados, cuyo importe todavía no consta; y, si se declaran emisiones reales, el informe del verificador acreditado, que no hacemos nosotros.
Desde el 1-1-2026 solo un declarante autorizado CBAM puede importar hierro y acero, aluminio, fertilizantes, cemento, hidrógeno o electricidad por encima de la exención de 50 toneladas al año, que no alcanza al hidrógeno ni a la electricidad. Preparamos y presentamos por su empresa, como apoderados, la solicitud de la condición de declarante autorizado en el Registro CBAM, que resuelve el MITECO, o la declaración CBAM anual con las emisiones de cada instalación de origen y el cálculo de los certificados que hay que entregar. Su empresa sigue siendo el declarante y la responsable; la declaración en aduana la presenta su empresa o un representante aduanero inscrito, y nosotros le indicamos el código CBAM que debe llevar.
Guía práctica: CBAM: el ajuste en frontera por carbono si usted importa. Requisitos, plazos y pasos, explicados.
- Lo que le cobramos
- desde 499 €
- Honorario Managora
- 499,00 € (IVA 21% incl.)
- Tasa oficial
- Sin tasa: no consta ninguna tasa oficial por la solicitud de la condición de declarante autorizado ni por la presentación de la declaración CBAM. Quedan fuera de nuestro precio y los paga su empresa: la garantía que el MITECO exige si su empresa no estaba establecida en los dos ejercicios anteriores al de la solicitud (garantía bancaria a primer requerimiento u otra equivalente, por el valor de los certificados que correspondan a las importaciones que usted estima; el coste del aval lo cobra su banco); los certificados CBAM, que su empresa compra desde el 1-2-2027 al precio oficial (para lo importado en 2026 se fija por trimestre de importación: 75,36 € el primero, 75,28 € el segundo y 82,32 € el tercero, por certificado; el del cuarto se publica el 4-1-2027); las tasas de la plataforma común de venta de certificados, cuyo importe todavía no consta; y, si se declaran emisiones reales, el informe del verificador acreditado, que no hacemos nosotros.
- Plazo de resolución
- La autorización hay que pedirla antes de importar por encima de la exención. El MITECO evalúa la solicitud en 120 días naturales desde que la recibe, plazo que puede ampliarse 30 días naturales si se modifica la solicitud. La declaración CBAM se presenta, y los certificados se entregan, a más tardar el 30 de septiembre de cada año por el año anterior: la primera, la de 2026, el 30-9-2027.
- Dónde se presenta
- Registro CBAM de la Comisión Europea (resuelve el MITECO, Oficina Española de Cambio Climático) ↗
- Qué recibe
- Solicitud
Desglose del coste: Solicitud de la condición de declarante autorizado 499 € (IVA incluido). Declaración CBAM anual, hasta 3 instalaciones de origen 999 € (IVA incluido). Declaración CBAM anual, de 4 a 10 instalaciones de origen 1.999 € (IVA incluido). El precio sale de lo que necesita su empresa y, en la declaración, de cuántas instalaciones de origen tienen sus mercancías. Sin tasa. Quedan fuera, y los paga su empresa, la garantía bancaria si el MITECO la exige y los certificados CBAM..
Declarante autorizado CBAM: solicitud en el Registro CBAM y declaración anual del ajuste en frontera por carbono: ¿cómo se tramita?
- 1Conteste las preguntas (unos 10 minutos) y suba lo que tenga a mano.
- 2Si alguna respuesta muestra que su empresa no necesita la autorización o que este trámite no le sirve, se lo decimos antes de pagar.
- 3Pago, IVA incluido: 499 € la solicitud de la condición de declarante autorizado; 999 € la declaración CBAM anual con hasta 3 instalaciones de origen; 1.999 € la declaración con 4 a 10.
- 4Su empresa nos otorga, con su propio certificado, el apoderamiento DB0117 «Acceso registro CBAM» en el Registro de Apoderamientos de la Agencia Tributaria, que es la vía prevista para la solicitud; para la declaración anual, la delegación que admita el Registro CBAM en ese momento. Le enviamos los pasos. No le pedimos su certificado digital.
- 5Solicitud: preparamos los datos de su empresa, la estimación de importaciones de este año y del siguiente, la capacidad financiera y operativa y la declaración jurada, que confirma su representante legal. La presentamos como apoderados en el Registro CBAM y seguimos el expediente hasta la resolución del MITECO; si exige garantía, le decimos cuándo y cómo aportarla.
- 6Declaración: con sus declaraciones de importación y los datos de sus proveedores calculamos las toneladas por mercancía, las emisiones de cada instalación (reales verificadas o valores por defecto), el descuento por el precio del carbono pagado en origen y los certificados que hay que entregar, y la presentamos por delegación de su empresa antes del 30 de septiembre. Su empresa compra y entrega los certificados desde su cuenta CBAM con el número que le dejamos calculado.
- 7Le indicamos el código CBAM que debe llevar cada declaración en aduana: Y128 con su número de cuenta CBAM, o Y137 si está exento. La declaración en aduana la presenta su empresa o un representante aduanero inscrito; nosotros le dejamos preparado lo que la acompaña.
¿Qué documentos necesita?
- •Solicitud: certificado de la Agencia Tributaria de estar al corriente, el genérico y con como mucho 3 meses en la fecha de la solicitud.
- •Solicitud: cuentas anuales de, como mucho, los tres últimos ejercicios cerrados, para acreditar la capacidad financiera y operativa (el MITECO puede pedirlas).
- •Solicitud: garantía bancaria a primer requerimiento u otra equivalente, solo si el MITECO la exige porque su empresa no estaba establecida en los dos ejercicios anteriores.
- •Declaración: declaraciones de importación del año, o un listado con el código arancelario, la masa neta y el país de origen de cada partida.
- •Declaración: datos de emisiones de cada instalación de origen facilitados por sus proveedores, con el informe del verificador acreditado si son emisiones reales, y la prueba del precio del carbono pagado en origen, si lo hubo.
- •Apoderamiento DB0117 «Acceso registro CBAM» a favor de Managora en el Registro de Apoderamientos de la Agencia Tributaria: lo otorga su empresa con su propio certificado, siguiendo los pasos que le enviamos. Para la declaración anual, la delegación que admita el Registro CBAM en ese momento.
Requisitos previos que también hacemos nosotros
Este trámite puede exigirle documentos que también tramitamos. Si su caso pide alguno y no lo tiene, pídanoslo aquí y vuelva cuando lo tenga:
Y lo que preste un tercero, se lo organizamos
- Traducción jurada al español
- Apostilla o legalización de un documento extranjero
No tiene que buscar a nadie: lo coordinamos nosotros. Al prestarlo un tercero se presupuesta aparte y no va dentro del precio de este trámite, y le decimos el importe antes de encargarlo.
Base legal y a tener en cuenta
- Desde el 1-1-2026 la aduana solo permite importar las mercancías CBAM (hierro y acero, aluminio, fertilizantes, cemento, hidrógeno y electricidad) a un declarante autorizado. Está exento quien importa en el año natural 50 toneladas o menos de masa neta de hierro y acero, aluminio, fertilizantes y cemento, sumando todos los códigos; la exención se declara en cada declaración en aduana con el código Y137. El hidrógeno y la electricidad no tienen exención. Quien prevé superar las 50 toneladas tiene que pedir la autorización antes, y quien las supera dentro del año responde de las emisiones de todo lo importado ese año.
- No necesita autorización propia por las importaciones en las que un representante aduanero indirecto, nombrado por usted, acepta actuar como declarante autorizado: él asume las obligaciones CBAM al consignar su número de cuenta. La representación directa no lo cubre. Si su empresa no está establecida en la UE (EORI que empieza por ESN), la autorización la obtiene siempre el representante aduanero indirecto. Cada filial pide la suya; las sucursales no, porque la pide la matriz con una sola solicitud, y la sucursal de una empresa de fuera de la UE no puede ser declarante autorizado.
- Requisitos de la autorización: estar establecido en España y tener EORI; no haber estado implicado en infracciones graves o reiteradas de la normativa aduanera, fiscal, de abuso de mercado o del propio Reglamento CBAM, ni haber sido condenado por un delito grave relacionado con su actividad, en los cinco años anteriores; acreditar capacidad financiera y operativa, y aportar el certificado genérico de la Agencia Tributaria con como mucho 3 meses. Si la empresa no estaba establecida en los dos ejercicios anteriores al de la solicitud, el MITECO exige una garantía bancaria a primer requerimiento por el valor de los certificados de las importaciones estimadas, que se libera después del 30 de septiembre del segundo año en que haya entregado sus certificados.
- La declaración CBAM se presenta a más tardar el 30 de septiembre de cada año por el año anterior (la primera, el 30-9-2027 por 2026). Recoge las toneladas de cada tipo de mercancía, las emisiones implícitas y los certificados que hay que entregar, descontado el precio del carbono pagado en origen y el ajuste por la asignación gratuita (que se calcula con el valor de referencia del producto multiplicado por el factor CBAM, del 97,5 % en 2026, no sobre sus emisiones). Las emisiones reales solo valen verificadas por un verificador acreditado; si no, se usan los valores por defecto, con un recargo del 10 % en 2026 (del 1 % en fertilizantes). Su empresa sigue siendo responsable aunque delegue la presentación.
- Los certificados se venden desde el 1-2-2027 en una plataforma común central, solo a los declarantes autorizados y desde su cuenta. Para lo importado en 2026 el precio es trimestral: 75,36 € el primer trimestre, 75,28 € el segundo y 82,32 € el tercero; el del cuarto se publica el 4-1-2027. Desde 2027, al cierre de cada trimestre la cuenta debe tener certificados por al menos el 50 % de las emisiones de lo importado desde el inicio del año, y los que sobren pueden recomprarse hasta un tercio de los adquiridos el año anterior.
- Sanciones: quien importa por encima de la exención sin ser declarante autorizado paga de tres a cinco veces la sanción por exceso de emisiones por cada certificado no entregado, que puede reducirse si superó el umbral en un 10 % como máximo o si su solicitud presentada a tiempo se denegó. Quien no entrega a tiempo sus certificados paga por cada uno la sanción por exceso de emisiones y sigue obligado a entregarlos.
Declarante autorizado CBAM: solicitud en el Registro CBAM y declaración anual del ajuste en frontera por carbono: preguntas frecuentes
Declarante autorizado CBAM: solicitud en el Registro CBAM y declaración anual del ajuste en frontera por carbono: ¿cuánto cuesta?
Le cobramos desde 499 €: nuestra gestión y, si la hay, la tasa oficial fija que adelantamos. Solicitud de la condición de declarante autorizado 499 € (IVA incluido). Declaración CBAM anual, hasta 3 instalaciones de origen 999 € (IVA incluido). Declaración CBAM anual, de 4 a 10 instalaciones de origen 1.999 € (IVA incluido). El precio sale de lo que necesita su empresa y, en la declaración, de cuántas instalaciones de origen tienen sus mercancías. Sin tasa. Quedan fuera, y los paga su empresa, la garantía bancaria si el MITECO la exige y los certificados CBAM.. El honorario de Managora es 499,00 €, IVA 21% incluido (412,40 € de base + 86,60 € de IVA). La tasa oficial del organismo (suplido, sin IVA) es: Sin tasa: no consta ninguna tasa oficial por la solicitud de la condición de declarante autorizado ni por la presentación de la declaración CBAM. Quedan fuera de nuestro precio y los paga su empresa: la garantía que el MITECO exige si su empresa no estaba establecida en los dos ejercicios anteriores al de la solicitud (garantía bancaria a primer requerimiento u otra equivalente, por el valor de los certificados que correspondan a las importaciones que usted estima; el coste del aval lo cobra su banco); los certificados CBAM, que su empresa compra desde el 1-2-2027 al precio oficial (para lo importado en 2026 se fija por trimestre de importación: 75,36 € el primero, 75,28 € el segundo y 82,32 € el tercero, por certificado; el del cuarto se publica el 4-1-2027); las tasas de la plataforma común de venta de certificados, cuyo importe todavía no consta; y, si se declaran emisiones reales, el informe del verificador acreditado, que no hacemos nosotros..
Declarante autorizado CBAM: solicitud en el Registro CBAM y declaración anual del ajuste en frontera por carbono: ¿cuánto tarda?
La autorización hay que pedirla antes de importar por encima de la exención. El MITECO evalúa la solicitud en 120 días naturales desde que la recibe, plazo que puede ampliarse 30 días naturales si se modifica la solicitud. La declaración CBAM se presenta, y los certificados se entregan, a más tardar el 30 de septiembre de cada año por el año anterior: la primera, la de 2026, el 30-9-2027.
Declarante autorizado CBAM: solicitud en el Registro CBAM y declaración anual del ajuste en frontera por carbono: ¿qué documentos necesito?
Necesita tener a mano: Solicitud: certificado de la Agencia Tributaria de estar al corriente, el genérico y con como mucho 3 meses en la fecha de la solicitud., Solicitud: cuentas anuales de, como mucho, los tres últimos ejercicios cerrados, para acreditar la capacidad financiera y operativa (el MITECO puede pedirlas)., Solicitud: garantía bancaria a primer requerimiento u otra equivalente, solo si el MITECO la exige porque su empresa no estaba establecida en los dos ejercicios anteriores., Declaración: declaraciones de importación del año, o un listado con el código arancelario, la masa neta y el país de origen de cada partida., Declaración: datos de emisiones de cada instalación de origen facilitados por sus proveedores, con el informe del verificador acreditado si son emisiones reales, y la prueba del precio del carbono pagado en origen, si lo hubo., Apoderamiento DB0117 «Acceso registro CBAM» a favor de Managora en el Registro de Apoderamientos de la Agencia Tributaria: lo otorga su empresa con su propio certificado, siguiendo los pasos que le enviamos. Para la declaración anual, la delegación que admita el Registro CBAM en ese momento.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.
¿Quién presenta el trámite?
Lo presenta Managora en su nombre ante Registro CBAM de la Comisión Europea (resuelve el MITECO, Oficina Española de Cambio Climático). Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.
¿Se puede hacer online?
Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.
Trámites relacionados
- Alta como autónomo (Hacienda y Seguridad Social)
- Baja como autónomo (Hacienda + RETA)
- Aplazamiento de deuda con la Seguridad Social (LGSS art. 23 + RD 1415/2004)
- Aplazamiento o fraccionamiento de deuda con la AEAT (art. 65 LGT)
- Solicitud de devolución de ingresos indebidos (LGT art. 221 + RD 520/2005)
- Tarifa Plana de autónomos: solicitud de bonificación
Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Registro CBAM de la Comisión Europea (resuelve el MITECO, Oficina Española de Cambio Climático) ↗.
Managora Gestion SL (CIF B88823893) es una empresa privada. No somos Registro CBAM de la Comisión Europea (resuelve el MITECO, Oficina Española de Cambio Climático), ni estamos vinculados, autorizados ni aprobados por ningún organismo público, y este sitio no es una sede electrónica. Lo que usted paga en esta página es nuestro honorario por preparar, firmar y presentar el trámite en su nombre: es distinto de la tasa oficial, que cuando la hay es del organismo y se le muestra por separado. Puede realizar este trámite usted mismo, directamente ante Registro CBAM de la Comisión Europea (resuelve el MITECO, Oficina Española de Cambio Climático).
¿Empezamos con «Declarante autorizado CBAM: solicitud en el Registro CBAM y declaración anual del ajuste en frontera por carbono»?
Lo presentamos por usted, de principio a fin.
Empezar ahora →