Derecho de separación del socio (LSC arts. 346, 348, 348 bis)
Le redactamos la comunicación de ejercicio del derecho de separación del socio de SL/SA por las causas legales del art. 346 LSC (cambio sustancial del objeto social, prórroga, reactivación, prestaciones accesorias, modificación del régimen de transmisión, transformación o traslado al extranjero) o por la falta de reparto de dividendos del art. 348 bis LSC. Validamos plazo de 1 mes desde el BORME / notificación, propuesta de valor acordado o solicitud de experto independiente del RM (art. 353 LSC) y reembolso en 2 meses (art. 356 LSC).
- Precio Managora
- 49,00 €
- Tasa oficial
- Sin tasa.
- Plazo
- 1 mes desde BORME o notificación de la sociedad (art. 348.2 LSC). Reembolso 2 meses desde valoración (art. 356 LSC).
- Dónde se presenta
- Burofax / Comunicación al órgano de administración + RM si procede
- Qué recibe
- Recurso
Cómo lo hacemos
- 1Conteste las preguntas del chat (~6 minutos).
- 2Validamos plazo de 1 mes (art. 348.2 LSC).
- 3Estructuramos motivación y solicitud de experto RM si procede.
- 4Pago de 49 € por la asesoría y redacción.
- 5Le entregamos comunicación lista para burofax al órgano de administración.
Qué necesita tener a mano
- •DNI / NIE / CIF socio.
- •Escritura de adquisición / titularidad de las participaciones.
- •Acta de la junta general del acuerdo origen.
- •Publicación BORME o notificación de la sociedad.
- •Estatutos sociales.
A tener en cuenta
- Marco: LSC arts. 346, 348, 348 bis y 353-356.
- Plazo: 1 mes desde BORME o notificación.
- Valoración: experto independiente del RM si no hay acuerdo.
- Reembolso: 2 meses desde la valoración.
- Aplicable también a SA con matices.
- Conexiones naturales: impugnacion_acuerdos_junta_sl, modificacion_estatutos_sl, deposito_cuentas_anuales.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta tramitar derecho de separación del socio (lsc arts. 346, 348, 348 bis) con Managora?
El precio del servicio de Managora es 49,00 €. La tasa oficial del organismo es: Sin tasa..
¿Cuánto tarda?
1 mes desde BORME o notificación de la sociedad (art. 348.2 LSC). Reembolso 2 meses desde valoración (art. 356 LSC).
¿Qué documentos necesito?
Necesita tener a mano: DNI / NIE / CIF socio., Escritura de adquisición / titularidad de las participaciones., Acta de la junta general del acuerdo origen., Publicación BORME o notificación de la sociedad., Estatutos sociales.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.
¿Quién presenta el trámite?
Lo presenta Managora en su nombre ante Burofax / Comunicación al órgano de administración + RM si procede. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.
¿Es válido legalmente?
Sí. Usted firma un mandato simple en pantalla que nos autoriza a actuar en su nombre. Recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez.
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¿Empezamos con derecho de separación del socio (lsc arts. 346, 348, 348 bis)?
Lo presentamos por usted, de principio a fin.
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