Devolución o condonación de aranceles y derechos de importación
Devolución o condonación de aranceles y derechos de importación se presenta ante Agencia Tributaria, sede electrónica (Aduanas: solicitudes a la autoridad aduanera no contempladas en otros procedimientos). Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Lo que le cobramos: desde 399 €. Tasa oficial: Sin tasas: la solicitud de devolución o condonación ante la Aduana es gratuita. Los aranceles y el IVA a la importación no pasan por nosotros: lo que se devuelve lo abona la AEAT en la cuenta que usted indique. Si para la devolución por mercancía defectuosa la mercancía tiene que salir de la UE o destruirse bajo control aduanero, esa declaración en aduana la presenta su empresa o un representante aduanero inscrito, y el transporte, la destrucción y lo que cobre quien la presente corren de su cuenta, fuera de nuestro precio.
Le preparamos y presentamos ante la Aduana de la AEAT, con su apoderamiento, la solicitud de devolución (si ya pagó) o de condonación (si aún no ha pagado) de aranceles y demás derechos de importación prevista en el Código Aduanero de la Unión: por cobro excesivo, mercancía defectuosa o no conforme con el contrato, declaración invalidada, error de las autoridades (también un certificado de origen incorrecto expedido por el país exportador) o equidad. Comprobamos con sus declaraciones el plazo y los requisitos, redactamos los motivos con sus pruebas y seguimos el expediente hasta la decisión. La solicitud no tiene tasa y la decisión es de la Aduana, o de la Comisión Europea en los casos de 500.000 € o más por error o equidad.
Guía práctica: Partida arancelaria (TARIC), origen preferencial y antidumping: cómo pagar el arancel correcto con IAV, IVO, REX y EUR.1. Requisitos, plazos y pasos, explicados.
- Lo que le cobramos
- desde 399 €
- Honorario Managora
- 399,00 € (IVA 21% incl.)
- Tasa oficial
- Sin tasas: la solicitud de devolución o condonación ante la Aduana es gratuita. Los aranceles y el IVA a la importación no pasan por nosotros: lo que se devuelve lo abona la AEAT en la cuenta que usted indique. Si para la devolución por mercancía defectuosa la mercancía tiene que salir de la UE o destruirse bajo control aduanero, esa declaración en aduana la presenta su empresa o un representante aduanero inscrito, y el transporte, la destrucción y lo que cobre quien la presente corren de su cuenta, fuera de nuestro precio.
- Plazo de resolución
- La solicitud se presenta en los 3 años siguientes a la notificación de la deuda aduanera si el motivo es un cobro excesivo, un error de las autoridades o la equidad; en 1 año si la mercancía era defectuosa o no cumplía el contrato; y, si la declaración se invalidó, en el plazo de las normas de invalidación. Solo se prorroga por caso fortuito o fuerza mayor, y se suspende mientras dura un recurso contra la deuda. La Aduana tiene 30 días para aceptar la solicitud y 120 días desde la aceptación para decidir, ampliables 30 si se lo comunica antes; si el caso pasa a la Comisión Europea, los plazos son otros.
- Dónde se presenta
- Agencia Tributaria, sede electrónica (Aduanas: solicitudes a la autoridad aduanera no contempladas en otros procedimientos) ↗
- Qué recibe
- Solicitud
Desglose del coste: Una declaración 399 € (IVA incluido): cobro excesivo, mercancía defectuosa o no conforme con el contrato o declaración invalidada, en una sola declaración en aduana. Varias declaraciones o error de las autoridades 699 € (IVA incluido): dos o más declaraciones, o un error de la aduana o de otra autoridad, incluida la buena fe con un certificado de origen incorrecto del país exportador. Equidad o importe de 500.000 € o más 999 € (IVA incluido): la equidad, o un importe de 500.000 € o más, que si la Aduana ve motivo para concederlo por error o por equidad pasa a resolverlo la Comisión Europea. Sin tasas: la solicitud es gratuita..
Devolución o condonación de aranceles y derechos de importación: ¿cómo se tramita?
- 1Conteste las preguntas (unos 10 minutos) y suba las declaraciones, las cartas de pago y las pruebas de su caso.
- 2Si alguna respuesta muestra que la devolución ya no es posible o que su caso va por otra vía, se lo decimos antes de pagar.
- 3Pago: 399 € (IVA incluido) con una declaración; 699 € con varias declaraciones o si el motivo es un error de las autoridades (también un certificado de origen incorrecto); 999 € por equidad o si el importe llega a 500.000 €.
- 4Comprobamos con sus declaraciones el plazo de cada una, el importe de cada derecho y el motivo que mejor encaja, con los demás como subsidiarios, y redactamos la solicitud con sus pruebas.
- 5Su empresa nos da de alta el apoderamiento en la sede de la AEAT con su propio certificado (le explicamos cómo; nunca le pedimos el suyo) y presentamos la solicitud ante la Aduana.
- 6Si la devolución exige que la mercancía salga de la UE o se destruya bajo control aduanero, esa declaración en aduana la presenta su empresa o un representante aduanero inscrito; nosotros le dejamos preparado todo lo demás.
- 7Reenvíenos cualquier requerimiento de la Aduana en cuanto lo reciba: lo contestamos en plazo y seguimos el expediente hasta la decisión.
¿Qué documentos necesita?
- •Declaraciones en aduana afectadas (H1, o DUA si son anteriores al 14-10-2025) con su MRN, y las cartas de pago o los justificantes del pago o de la garantía.
- •Si la deuda salió de un control posterior al levante: la liquidación de la aduana con su notificación y, si la hubo, la comunicación previa de los motivos.
- •Mercancía defectuosa o no conforme: contrato o pedido, factura comercial y pruebas del defecto y del rechazo (informes, fotos, reclamación al proveedor y, si ya salió de la UE o se destruyó, el justificante).
- •Declaración invalidada: el acuerdo o el acuse de la invalidación.
- •Error de las autoridades, certificado de origen incorrecto o equidad: las pruebas que tenga del error y de su buena fe (pruebas de origen, correos con el proveedor o con la aduana).
- •Apoderamiento a Managora en el registro de apoderamientos de la AEAT, que da de alta el propio importador en la sede con su certificado: le explicamos cómo.
Base legal y a tener en cuenta
- Motivos y plazos: se devuelven o condonan los derechos por cobro excesivo, error de las autoridades o equidad si se piden en los 3 años siguientes a la notificación de la deuda; por mercancía defectuosa o no conforme con el contrato, en 1 año; y por declaración invalidada, en el plazo de las normas de invalidación. Si pagó lo declarado, la deuda se entiende notificada con el levante; si hubo control posterior, con la liquidación. El plazo solo se prorroga por caso fortuito o fuerza mayor y se suspende mientras dura un recurso contra la deuda.
- Error de las autoridades: procede si usted no podía detectar el error y actuó de buena fe. Un certificado de origen incorrecto expedido por las autoridades del país exportador cuenta como error no detectable, salvo que se basara en datos falsos del exportador; la buena fe exige haberse asegurado de que se cumplían las condiciones del trato preferencial, y no puede alegarse si la Comisión publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea un aviso de dudas sobre ese país.
- Mercancía defectuosa: el defecto tiene que existir en el levante (se asimila la mercancía dañada antes), la mercancía no puede haberse usado salvo para comprobarlo ni venderse después, el defecto no puede haberse tenido en cuenta en el precio, y tiene que salir de la UE o incluirse, a petición suya, en perfeccionamiento activo (también para destruirla), tránsito externo, depósito aduanero o zona franca. La devolución exige presentar la mercancía o probar que es la misma.
- Decisión: la Aduana decide en 120 días desde que acepta la solicitud, ampliables 30, y examina también los demás motivos aunque no se aleguen. Si ve motivo para conceder por error o equidad y el importe es de 500.000 € o más, el caso lo resuelve la Comisión Europea. Si la concesión exige formalidades, la Aduana fija un plazo de hasta 60 días para cumplirlas, y si no se cumplen se pierde el derecho, salvo caso fortuito o fuerza mayor.
- No hay devolución por debajo de 10 € salvo que se pida expresamente, ni cuando la deuda viene de un acto fraudulento del deudor. La devolución no genera intereses salvo que, por causa imputable a la Aduana, tarde más de 3 meses en ejecutarla una vez concedida.
- No es la devolución de ingresos indebidos de la Ley General Tributaria (para el IVA de sus autoliquidaciones u otros impuestos nacionales) ni el recurso contra una liquidación, que se presenta en un mes desde su notificación; recurrir y pedir la devolución por error son compatibles. Tampoco es la devolución de derechos antidumping porque se redujo el margen de dumping, que se pide a la Comisión en 6 meses.
- La decisión es de la Aduana: no garantizamos el resultado. Contra la denegación cabe recurso de reposición o reclamación económico-administrativa en el plazo de un mes; la lleva el despacho de Managora, como encargo aparte que le presupuestamos antes.
Devolución o condonación de aranceles y derechos de importación: preguntas frecuentes
Devolución o condonación de aranceles y derechos de importación: ¿cuánto cuesta?
Le cobramos desde 399 €: nuestra gestión y, si la hay, la tasa oficial fija que adelantamos. Una declaración 399 € (IVA incluido): cobro excesivo, mercancía defectuosa o no conforme con el contrato o declaración invalidada, en una sola declaración en aduana. Varias declaraciones o error de las autoridades 699 € (IVA incluido): dos o más declaraciones, o un error de la aduana o de otra autoridad, incluida la buena fe con un certificado de origen incorrecto del país exportador. Equidad o importe de 500.000 € o más 999 € (IVA incluido): la equidad, o un importe de 500.000 € o más, que si la Aduana ve motivo para concederlo por error o por equidad pasa a resolverlo la Comisión Europea. Sin tasas: la solicitud es gratuita.. El honorario de Managora es 399,00 €, IVA 21% incluido (329,75 € de base + 69,25 € de IVA). La tasa oficial del organismo (suplido, sin IVA) es: Sin tasas: la solicitud de devolución o condonación ante la Aduana es gratuita. Los aranceles y el IVA a la importación no pasan por nosotros: lo que se devuelve lo abona la AEAT en la cuenta que usted indique. Si para la devolución por mercancía defectuosa la mercancía tiene que salir de la UE o destruirse bajo control aduanero, esa declaración en aduana la presenta su empresa o un representante aduanero inscrito, y el transporte, la destrucción y lo que cobre quien la presente corren de su cuenta, fuera de nuestro precio..
Devolución o condonación de aranceles y derechos de importación: ¿cuánto tarda?
La solicitud se presenta en los 3 años siguientes a la notificación de la deuda aduanera si el motivo es un cobro excesivo, un error de las autoridades o la equidad; en 1 año si la mercancía era defectuosa o no cumplía el contrato; y, si la declaración se invalidó, en el plazo de las normas de invalidación. Solo se prorroga por caso fortuito o fuerza mayor, y se suspende mientras dura un recurso contra la deuda. La Aduana tiene 30 días para aceptar la solicitud y 120 días desde la aceptación para decidir, ampliables 30 si se lo comunica antes; si el caso pasa a la Comisión Europea, los plazos son otros.
Devolución o condonación de aranceles y derechos de importación: ¿qué documentos necesito?
Necesita tener a mano: Declaraciones en aduana afectadas (H1, o DUA si son anteriores al 14-10-2025) con su MRN, y las cartas de pago o los justificantes del pago o de la garantía., Si la deuda salió de un control posterior al levante: la liquidación de la aduana con su notificación y, si la hubo, la comunicación previa de los motivos., Mercancía defectuosa o no conforme: contrato o pedido, factura comercial y pruebas del defecto y del rechazo (informes, fotos, reclamación al proveedor y, si ya salió de la UE o se destruyó, el justificante)., Declaración invalidada: el acuerdo o el acuse de la invalidación., Error de las autoridades, certificado de origen incorrecto o equidad: las pruebas que tenga del error y de su buena fe (pruebas de origen, correos con el proveedor o con la aduana)., Apoderamiento a Managora en el registro de apoderamientos de la AEAT, que da de alta el propio importador en la sede con su certificado: le explicamos cómo.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.
¿Quién presenta el trámite?
Lo presenta Managora en su nombre ante Agencia Tributaria, sede electrónica (Aduanas: solicitudes a la autoridad aduanera no contempladas en otros procedimientos). Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.
¿Se puede hacer online?
Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.
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Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Agencia Tributaria, sede electrónica (Aduanas: solicitudes a la autoridad aduanera no contempladas en otros procedimientos) ↗.
Managora Gestion SL (CIF B88823893) es una empresa privada. No somos Agencia Tributaria, sede electrónica (Aduanas: solicitudes a la autoridad aduanera no contempladas en otros procedimientos), ni estamos vinculados, autorizados ni aprobados por ningún organismo público, y este sitio no es una sede electrónica. Lo que usted paga en esta página es nuestro honorario por preparar, firmar y presentar el trámite en su nombre: es distinto de la tasa oficial, que cuando la hay es del organismo y se le muestra por separado. Puede realizar este trámite usted mismo, directamente ante Agencia Tributaria, sede electrónica (Aduanas: solicitudes a la autoridad aduanera no contempladas en otros procedimientos).
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