Partida arancelaria (TARIC), origen preferencial y antidumping: cómo pagar el arancel correcto con IAV, IVO, REX y EUR.1
Actualizada el 15 de octubre de 2026 · Revisado por Jaime Piñeira Pardo, colegiado ICAM nº 138826
La respuesta corta
El arancel que paga depende de tres datos: la partida TARIC de su mercancía, su origen y las medidas que TARIC asocia a ese código y ese país (antidumping, derechos compensatorios, salvaguardias, contingentes). Si la partida es dudosa, la información arancelaria vinculante (IAV) la fija durante 3 años y no tiene tasa. El origen preferencial se prueba con REX, exportador autorizado o EUR.1, según el acuerdo. Managora se lo prepara.
Se lo tramitamos nosotros de principio a fin.
Usted lo describe en un chat y firma; nosotros lo presentamos ante la Administración. Precio fijo desde 299,00 € (IVA incluido), más la tasa oficial si la hay.
Novedades y normativa aplicable
- 03-03-2026: la AEAT actualiza su página del REX con la lista de acuerdos que lo usan.
- 01-07-2026: se suprime la franquicia de los envíos de hasta 150 euros y, hasta el 1-7-2028, se paga un derecho fijo de 3 euros por categoría de artículos con la misma clasificación arancelaria en las ventas a distancia (Reglamento 2026/382). Desde el 1-11-2026 se añade la tasa de gestión de 2 euros.
- 01-07-2026: el Reglamento (UE) 2026/1384 sustituye a la salvaguardia del acero (contingentes libres de derechos y 50 % fuera de contingente). Desde el 1-10-2026 hay que probar el país de fusión y colada (Reglamento de Ejecución 2026/1963).
- 18-09-2026: el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/2089 modifica el antidumping de tornillería china y da a un nuevo productor el tipo del 39,6 %.
- 19-09-2026: se publica el nuevo Código Aduanero de la Unión (Reglamento 2026/2108), aplicable con carácter general desde el 21-9-2027; hasta entonces la IAV, la IVO y el origen siguen el Código de 2013.
- Febrero de 2027: el antidumping de tornillería china cumple 5 años; seguirá vigente si se abre una reconsideración por expiración, mientras se resuelve.
¿Cómo se saca la partida arancelaria TARIC de un producto?
La partida arancelaria es el código de su mercancía en el arancel de la Unión Europea, y se construye por capas: los seis primeros dígitos son los del Sistema Armonizado, común a casi todo el mundo; los ocho de la nomenclatura combinada (NC) son los de la Unión; y el código TARIC añade dos más con las subdivisiones que la Unión usa para aplicar medidas concretas, como un antidumping o un contingente.
Clasificar no es buscar una palabra en un buscador. Se aplican las reglas generales de interpretación en su orden: manda el texto de las partidas y de las notas de sección y de capítulo (los títulos solo orientan); un artículo sin montar va como el terminado si ya tiene su carácter esencial; entre dos partidas gana la más específica y, en mezclas y juegos, lo que da el carácter esencial. Para interpretar se usan las notas explicativas de la NC y del Sistema Armonizado, los reglamentos de clasificación de la Comisión y las sentencias del Tribunal de Justicia.
La partida no decide solo el arancel: el resto de medidas de la Unión sobre el comercio de mercancías se aplica también según la clasificación. Certificados, licencias y, desde el 1 de julio de 2026, el derecho fijo de 3 euros de las ventas a distancia en envíos de hasta 150 euros, que se paga por cada categoría de artículos con la misma clasificación. Un código mal elegido arrastra todo lo demás.
La declaración en aduana la presenta su empresa o un representante aduanero inscrito; nosotros le dejamos preparados la clasificación, el estudio de origen y el cálculo de aranceles e IVA. Puede ver el importe actualizado en la ficha de estudio de importación de mercancía.
¿Cómo se consulta en TARIC el arancel, el antidumping y los requisitos de un código?
TARIC es la base pública de la Comisión Europea que reúne, para cada código, todo lo que se aplica al importar y al exportar. Se consulta por código y por país de origen, y muestra el derecho normal, las preferencias de cada acuerdo, los antidumping, compensatorios y salvaguardias, los contingentes y suspensiones, y los certificados exigidos. Cuenta el país de origen, no el país donde compró ni el puerto de embarque.
En las medidas de defensa comercial la partida no basta. El reglamento que impone un antidumping describe el producto afectado y fija un tipo para cada fabricante identificado, otro para las empresas que cooperaron y uno residual para el resto. Hay que comprobar que su producto encaja en esa descripción y saber quién lo fabricó.
La Comisión crea códigos TARIC para el producto desde que abre una investigación, y el Tribunal Económico-Administrativo Central presume que el importador conoce la posible elusión de un antidumping desde que se publica el anuncio de reconsideración en el Diario Oficial de la Unión Europea. Si importa productos con medidas, alguien tiene que leer el Diario Oficial por usted.
¿Qué es la información arancelaria vinculante (IAV) y cuándo conviene pedirla?
La IAV (binding tariff information, BTI) es una decisión de la aduana, que solo se adopta a petición del interesado, en la que fija la clasificación arancelaria de su mercancía. En España se pide con el procedimiento DD02 de la Agencia Tributaria, por vía telemática o en sus oficinas, con el modelo del anexo 2 del Reglamento Delegado (UE) 2016/341. Se presenta en el Estado donde está establecido el solicitante o en el que se va a usar.
La aduana tiene 30 días para aceptar la solicitud y 120 desde la aceptación para resolver, ampliables 30 días si lo avisa antes, y más si hace falta laboratorio. No hay tasa: solo pueden cobrarse los análisis de las muestras y su devolución.
La IAV vale 3 años desde que surte efecto (no 6, como en el antiguo Código Aduanero Comunitario). Vincula solo a su titular, solo para lo que se declare después, y hay que poder probar que lo declarado coincide en todo con lo descrito. Cada solicitud cubre un producto o una familia cuyas diferencias no cambien la clasificación, y se publica en la base de la Comisión, salvo los datos confidenciales.
Una IAV no se modifica. Se anula si se basó en información incorrecta o incompleta del solicitante, y se revoca si deja de ser compatible con las notas explicativas, con una sentencia del Tribunal de Justicia o con un criterio del Sistema Armonizado. Si cae por un reglamento de clasificación o se revoca, puede usarse hasta 6 meses más para contratos firmes ya celebrados, pidiéndolo en los 30 días siguientes; no si lo que cambia es la nomenclatura.
Merece la pena cuando el producto está entre dos partidas con arancel o medidas distintas, cuando hay un antidumping en juego o cuando el volumen es recurrente. La consulta vinculante a la Dirección General de Tributos no sirve para esto: la ley remite la materia aduanera al Código Aduanero. Managora le prepara la solicitud completa y la tramita con su apoderamiento; puede ver el importe actualizado en la ficha de información arancelaria vinculante.
¿Qué diferencia hay entre origen no preferencial y origen preferencial?
El origen no preferencial es la nacionalidad económica de la mercancía: la del país donde se obtuvo enteramente o, si intervienen varios, la del país de la última transformación sustancial, económicamente justificada, hecha en una empresa equipada y que dio un producto nuevo o una fase importante de fabricación. Es el que se mira para el arancel normal, las medidas no arancelarias y el antidumping. Reetiquetar o desviar el envío por otro país no lo cambia.
El origen preferencial es el que da derecho a la rebaja o al arancel cero de un acuerdo comercial de la Unión o de una preferencia unilateral, como el Sistema de Preferencias Generalizadas (SPG). Sus reglas están en cada acuerdo, producto por producto. La preferencia no se aplica sola: hay que pedirla en la declaración y probar el origen.
Si la duda es de origen, la decisión equivalente es la información vinculante en materia de origen (IVO): 120 días desde la aceptación, prorrogables 30, sin tasa, 3 años de validez, y puede pedirla un representante directo con poder.
¿REX, exportador autorizado, EUR.1 o EUR-MED: qué prueba de origen necesita?
Depende del acuerdo con el país de destino. En los acuerdos con Canadá (CETA), Japón, Vietnam, Singapur, Reino Unido y Nueva Zelanda, y en los acuerdos de asociación económica con Costa de Marfil, Ghana y África Oriental y Meridional, el exportador de la Unión declara el origen él mismo en la factura con su número de exportador registrado (REX). Con esos países no existe EUR.1.
La inscripción en el REX se pide en la sede de la Agencia Tributaria (procedimiento DC47) y se resuelve en 120 días naturales. Puede pedirla cualquier exportador, fabricante, comerciante o reexpedidor establecido en la Unión que pueda probar el origen, y es una formalidad única: no hay certificado en cada envío. Si el acuerdo no dice otra cosa, quien no está registrado ni autorizado solo puede declarar el origen en envíos de hasta 6.000 euros.
El exportador autorizado es una autorización distinta (procedimiento DC12) para los acuerdos cuya prueba de origen es la declaración en factura de un exportador autorizado, como los de Marruecos, Suiza, México o Corea. El umbral a partir del cual hace falta depende de cada protocolo.
El EUR.1 y el EUR-MED solo existen en los acuerdos que los prevén, como los de la zona paneuromediterránea, y se expiden a petición escrita del exportador o de su representante. En todos los casos hay que conservar las declaraciones de origen y sus justificantes (escandallos, declaraciones de proveedor) al menos 3 años; el exportador registrado los cuenta desde el final del año en que extendió la comunicación, y el acuerdo o la ley pueden exigir más.
La declaración de origen la firma el exportador, que responde de ella. Managora hace el estudio de la regla de origen, redacta el texto de la declaración en factura y le deja preparadas las solicitudes del REX o de exportador autorizado, que firma su empresa.
¿Qué pasa si la aduana revisa la partida o el origen después del despacho?
La aduana puede revisar después del levante. Si tiene dudas razonables sobre la prueba de origen, puede exigir cualquier prueba complementaria y, si la preferencia cae o la partida era otra, liquidar la diferencia. Esa deuda puede notificarse durante 3 años desde que nació, plazo que sube a entre 5 y 10 años si los hechos podían dar lugar a un proceso penal.
El importador de buena fe tiene una protección concreta: si el certificado de origen que expidieron las autoridades del país exportador resulta incorrecto, se considera un error que no podía detectar, y puede pedir la devolución o condonación. No vale si el certificado se basó en datos falsos del exportador ni si la Comisión había publicado en el Diario Oficial un aviso de dudas sobre ese país, y hay que demostrar que se aseguró de que se cumplían las condiciones.
Frente a la liquidación caben el recurso de reposición o la reclamación económico-administrativa en un mes desde la notificación. La devolución o condonación por error de las autoridades, exceso de cobro o equidad se pide en los 3 años siguientes a la notificación de la deuda. Nuestro abogado colegiado lo presenta con su poder; puede ver el importe actualizado en la ficha de devolución o condonación de derechos de importación.
Si hubo ocultación, puede ser contrabando: delito desde 150.000 euros (50.000 en doble uso, material de defensa, CITES, precursores, patrimonio histórico y géneros estancados o prohibidos; 15.000 en labores de tabaco; sin umbral en drogas y armas) y, por debajo, infracción administrativa con multa del 100 al 350 % (hasta el 600 % en tabaco) y comiso. Managora no lleva defensas penales.
¿Cómo funcionan el antidumping, los derechos compensatorios y las salvaguardias?
El antidumping grava las importaciones vendidas por debajo de su valor normal; el derecho compensatorio, las subvencionadas por el país de origen; y las salvaguardias frenan un aumento brusco de importaciones, por ejemplo con contingentes. Se cobran además del arancel normal, aunque no puede pagarse antidumping y compensatorio por la misma situación.
Los derechos antidumping provisionales no se pagan en el momento: se garantizan, y si el definitivo resulta mayor, la diferencia no se cobra. Los definitivos caducan a los 5 años, salvo que una reconsideración por expiración los prorrogue, y mientras esa reconsideración se resuelve siguen vigentes.
Tres ejemplos vigentes a octubre de 2026 (detalle en la tabla): la tornillería china, del 22,1 % al 86,5 % según el fabricante; los coches eléctricos de batería chinos, con derechos compensatorios desde el 30 de octubre de 2024; y el acero, que desde el 1 de julio de 2026 tiene contingentes libres de derechos y un 50 % fuera de contingente, con prueba del país de fusión y colada desde el 1 de octubre.
Esquivar la medida suele salir caro. El antidumping puede ampliarse a productos ligeramente modificados para cambiarlos de código, a envíos que pasan por terceros países y a montajes en la Unión o en otro país cuando las piezas del país afectado suponen el 60 % o más del valor total de las piezas del producto montado y el valor añadido no supera el 25 % del coste de fabricación.
¿Qué son las suspensiones y los contingentes arancelarios y cómo se aprovechan?
Una suspensión arancelaria es una medida autónoma de la Unión que reduce o elimina el arancel de ciertas mercancías, normalmente insumos que no se fabrican en la Unión. Un contingente da esa rebaja solo hasta un volumen: en cuanto se agota, se vuelve al derecho normal. Las dos figuran en TARIC con su código y sus condiciones.
Ninguna se aplica de oficio. El Código Aduanero dice que estas medidas se aplican previa solicitud del declarante, de modo que hay que pedirlas en la declaración con el código correcto y cumplir sus condiciones; si no se piden, se paga el derecho normal. En los contingentes, además, el saldo se consume con las importaciones, así que el momento del despacho importa.
Si importa un insumo que no se fabrica en la Unión y no tiene suspensión, su empresa puede solicitarla a través del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, que la traslada a la Comisión. Managora prepara el expediente y lo firma su empresa, que responde de los datos.
Paso a paso
- 1
Reúna la información técnica del producto(Antes de cerrar el pedido)
Composición, función, uso, fotos, fabricante y país de la última transformación.
- 2
Clasifique con las reglas generales y las notas(Antes de pedir presupuesto de transporte)
Partida, subpartida, código NC y código TARIC. Mire también las IAV publicadas de productos parecidos.
- 3
Consulte TARIC con el código y el país de origen(Antes de firmar el contrato)
Derecho normal, preferencia, antidumping con el tipo de su fabricante, contingentes, suspensiones y certificados exigidos.
- 4
Pida una IAV si la partida es dudosa(30 días para aceptarla y 120 para resolver)
Procedimiento DD02 de la Agencia Tributaria, sin tasa. Vincula 3 años y solo a su titular.
- 5
Fije el origen y la prueba que exige el acuerdo(REX: 120 días naturales)
REX (DC47), exportador autorizado (DC12) o EUR.1 y EUR-MED, según el país. Si hay dudas, IVO.
- 6
Entregue el expediente a quien presenta la declaración(Antes de que llegue la mercancía)
La presenta su empresa o un representante aduanero inscrito. Entréguele el código, la prueba de origen, la petición de preferencia o contingente y el cálculo de derechos e IVA, y revise la liquidación.
- 7
Si llega una liquidación a posteriori, actúe en plazo(Un mes para recurrir)
Recurso o reclamación en un mes; devolución o condonación en 3 años desde la notificación. Conserve los justificantes de origen al menos 3 años.
Un ejemplo
Una empresa importa de China tornillos de acero con antidumping (Reglamento 2022/191) por valor de 20.000 euros. Compara un fabricante con tipo individual del 22,1 % y otro sin tipo propio (86,5 %). El arancel normal y los gastos son iguales en los dos casos y se dejan fuera. IVA del 21 %.
- Antidumping con el fabricante que no tiene tipo propio: 20.000 x 86,5 % = 17.300 euros.
- Antidumping con el fabricante de tipo individual: 20.000 x 22,1 % = 4.420 euros.
- Diferencia de antidumping: 17.300 - 4.420 = 12.880 euros.
- El antidumping forma parte de la base del IVA a la importación: 12.880 x 21 % = 2.704,80 euros más de IVA con el primer proveedor.
- Ese IVA es deducible si su empresa deduce el cien por cien (y puede diferirse al modelo 303 si liquida por meses y ha optado por el diferimiento); el antidumping, no.
Elegir el fabricante sin tipo propio cuesta 12.880 euros más en antidumping en cada envío de 20.000 euros, que no se recuperan, y adelanta 2.704,80 euros más de IVA. Por eso hay que comprobar en TARIC el código del fabricante y la descripción del producto antes de firmar el pedido, no al despachar.
Decisiones y autorizaciones para fijar la partida y el origen
| Trámite | Dónde | Plazo | Tasa | Quién firma |
|---|---|---|---|---|
| Información arancelaria vinculante (IAV) | AEAT, procedimiento DD02 | 30 días para aceptar y 120 para resolver (más 30 con aviso, y más si hay laboratorio) | Sin tasa; pueden cobrarse los análisis de muestras | El interesado o su representante con poder |
| Información vinculante en materia de origen (IVO) | AEAT (guía de la IVO) | 120 días desde la aceptación, prorrogables 30 | Sin tasa | El interesado o su representante directo con poder |
| Exportador registrado (REX) | AEAT, procedimiento DC47 | 120 días naturales | Sin tasa | El exportador |
| Exportador autorizado a efectos de origen | AEAT, procedimiento DC12 | Según la normativa aplicable | Sin tasa | El exportador |
| Recurso de reposición o reclamación económico-administrativa | AEAT o tribunal económico-administrativo | Un mes desde la notificación | Sin tasa | El deudor o su representante |
| Devolución o condonación (error, exceso de cobro o equidad) | AEAT | Se pide en 3 años desde la notificación de la deuda | Sin tasa | El deudor o su representante |
Ejemplos de medidas de defensa comercial vigentes a 15 de octubre de 2026
| Producto y origen | Medida | Norma | Tipos | A tener en cuenta |
|---|---|---|---|---|
| Tornillería y elementos de fijación de hierro o acero, China | Antidumping definitivo | Reglamento de Ejecución (UE) 2022/191, modificado por el 2026/2089 | 22,1 % a 48,8 % según el fabricante; 39,6 % empresas que cooperaron; 86,5 % el resto | Cumple 5 años en febrero de 2027, salvo reconsideración por expiración |
| Vehículos eléctricos de batería, China | Derecho compensatorio definitivo desde el 30-10-2024 | Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2754 | BYD 17,0 %; SAIC 35,3 %; empresas que no cooperaron 35,3 % | Se suma al arancel normal |
| Productos de acero, todos los orígenes salvo el EEE | Contingentes con derecho fuera de contingente, desde el 1-7-2026 | Reglamento (UE) 2026/1384 | 0 % dentro del contingente; 50 % fuera | Prueba del país de fusión y colada desde el 1-10-2026 (Reglamento de Ejecución 2026/1963) |
IAV o IVO: qué decisión vinculante pedir
| IAV (partida arancelaria) | IVO (origen) | |
|---|---|---|
| Qué fija | La clasificación arancelaria de la mercancía | El origen, preferencial o no preferencial |
| Dónde | AEAT, procedimiento DD02, telemático u oficinas | AEAT; el canal hay que confirmarlo al presentar |
| Plazo | 30 días para aceptar y 120 para resolver, ampliables | 120 días desde la aceptación, prorrogables 30 |
| Tasa | Ninguna (salvo análisis de muestras) | Ninguna |
| Validez | 3 años, solo para el titular | 3 años, solo para el titular |
| Prórroga para contratos firmes | Hasta 6 meses si cae por un reglamento de clasificación o se revoca; no si cambia la nomenclatura | Hasta 6 meses, salvo en mercancías que se exportan |
Formularios y dónde se presenta
- Solicitud de información arancelaria vinculante (IAV), procedimiento DD02. Sede electrónica de la AEAT ↗
- Inscripción en el Registro de Exportadores Registrados (REX), procedimiento DC47. Sede electrónica de la AEAT ↗
- Autorización de exportador autorizado de origen, procedimiento DC12. Sede electrónica de la AEAT ↗
- Orientaciones de la AEAT sobre la información vinculante en materia de origen (IVO) ↗
- Página del sistema REX de la AEAT (acuerdos que lo usan) ↗
- Consulta del arancel integrado TARIC de la Comisión Europea ↗
Preguntas frecuentes
Mi proveedor chino tiene una IAV para el producto. ¿Me sirve a mí?
No. La IAV vincula solo a su titular. Le orienta sobre cómo clasifica la aduana ese producto, pero para tener seguridad necesita una a su nombre.
La aduana ya me ha reclasificado la mercancía. ¿Pido ahora una IAV?
La IAV solo vale para lo que se declare después de que surta efecto. Contra la liquidación tiene un mes para recurrir, y la IAV protege las importaciones futuras.
Exporto al Reino Unido. ¿Necesito un EUR.1?
No. Con el Reino Unido el origen se declara en la factura; en envíos de más de 6.000 euros hay que estar inscrito en el REX.
El certificado de origen de mi proveedor resultó incorrecto. ¿Pago la diferencia?
La aduana puede liquidarla, pero si el certificado lo expidieron las autoridades del país exportador y usted actuó de buena fe, puede pedir la devolución o condonación, salvo que se basara en datos falsos del exportador o hubiera un aviso de la Comisión sobre ese país.
¿Durante cuánto tiempo puede la aduana reclamarme aranceles?
3 años desde que nació la deuda; entre 5 y 10 si los hechos podían dar lugar a un proceso penal.
¿Puedo evitar el antidumping montando o enviando el producto desde otro país?
Es elusión: la Comisión puede ampliar la medida a esos envíos y montajes, y se presume que el importador lo sabe desde que se publica el anuncio de reconsideración.
Se lo tramitamos nosotros de principio a fin.
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