Información arancelaria vinculante (IAV): solicitud a la Aduana para fijar la partida TARIC de su producto
Información arancelaria vinculante (IAV): solicitud a la Aduana para fijar la partida TARIC de su producto se presenta ante AEAT, Sede electrónica: Solicitud de información arancelaria vinculante (IAV), procedimiento DD02. Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Lo que le cobramos: 299 €. Tasa oficial: Sin tasa: la AEAT no cobra por emitir la IAV. Si para resolver la aduana hace análisis o peritajes de las muestras, o tiene que devolvérselas, puede cobrar esos gastos (art. 52.2 del Código Aduanero de la Unión): no van incluidos en el precio y los paga usted directamente, por el importe que fije la aduana en cada caso. El envío de la muestra a la aduana, si la pide, también corre de su cuenta.
Le preparamos y presentamos ante la Aduana (AEAT) la solicitud de información arancelaria vinculante (IAV) de su producto, con el modelo oficial: descripción técnica, composición, función, proceso de fabricación y una propuesta de partida TARIC razonada, acompañadas de la ficha técnica y las fotos. La presentamos como su representante, con el apoderamiento que usted firma en la web, y seguimos el expediente hasta que la aduana resuelve. La IAV fija hasta 3 años la clasificación que la aduana le aplicará en las declaraciones que presente después, y puede dejar de valer antes si cambia la nomenclatura o su interpretación.
Guía práctica: Qué necesito para importar productos a España: controles, licencias y registros que exige cada tipo de producto. Requisitos, plazos y pasos, explicados.
- Lo que le cobramos
- 299 €
- Honorario Managora
- 299,00 € (IVA 21% incl.)
- Tasa oficial
- Sin tasa: la AEAT no cobra por emitir la IAV. Si para resolver la aduana hace análisis o peritajes de las muestras, o tiene que devolvérselas, puede cobrar esos gastos (art. 52.2 del Código Aduanero de la Unión): no van incluidos en el precio y los paga usted directamente, por el importe que fije la aduana en cada caso. El envío de la muestra a la aduana, si la pide, también corre de su cuenta.
- Plazo de resolución
- La aduana tiene 30 días desde que recibe la solicitud para aceptarla y, una vez aceptada, 120 días como máximo para resolver y notificar. Puede ampliar ese plazo hasta 30 días más si se lo comunica antes de que venza, y superarlo si necesita un análisis de laboratorio. La IAV vale 3 años desde que surte efecto.
- Dónde se presenta
- AEAT, Sede electrónica: Solicitud de información arancelaria vinculante (IAV), procedimiento DD02 ↗
- Qué recibe
- Solicitud
Desglose del coste: Solicitud de IAV 299 € (IVA incluido) por un producto o una familia de productos cuyas diferencias no cambian la clasificación. Si tiene varios productos con partidas distintas, cada uno necesita su propia solicitud. Sin tasa: la AEAT no cobra por la IAV. Los análisis o peritajes de muestras y su devolución, si la aduana los hace, los paga usted aparte..
Información arancelaria vinculante (IAV): solicitud a la Aduana para fijar la partida TARIC de su producto: ¿cómo se tramita?
- 1Conteste las preguntas (unos 15 minutos) y suba la ficha técnica y las fotos del producto.
- 2Si alguna respuesta muestra que la aduana no admitiría la solicitud, se lo decimos antes de pagar.
- 3Pago: 299 € (IVA incluido) por un producto o una familia de productos con la misma clasificación.
- 4Firme en la web el apoderamiento para que presentemos la solicitud en su nombre. No le pedimos su certificado digital.
- 5Estudiamos la clasificación con el TARIC, sus notas y las IAV ya publicadas en la base de datos de la Comisión, y redactamos la solicitud con el modelo oficial: descripción técnica, composición, función, proceso de fabricación y propuesta de partida razonada. La marca, el modelo y lo que usted quiera reservar van en la casilla confidencial.
- 6La presentamos ante la AEAT como su representante y le enviamos el justificante.
- 7Seguimos el expediente: si la aduana pide más información o una muestra, se lo decimos y preparamos la respuesta (la muestra la envía usted). Cuando se notifica la IAV, se la enviamos y le explicamos qué cubre y cómo usarla.
¿Qué documentos necesita?
- •Ficha técnica u hoja de datos del producto y, si la clasificación depende de la composición, el análisis que la acredite, si lo tiene.
- •Fotos del producto, de sus detalles, de la etiqueta y del embalaje.
- •Planos, catálogo o folleto, si los tiene.
- •Una muestra, solo si la aduana la pide: la envía usted.
- •Apoderamiento para que presentemos la solicitud como su representante: lo firma usted en la web.
Base legal y a tener en cuenta
- Qué le da la IAV: vincula a la aduana y a usted durante 3 años en la clasificación del producto, solo a favor del titular y solo en las declaraciones que se presenten después de que surta efecto. Para usarla, el titular tiene que poder probar que la mercancía declarada corresponde en todos sus aspectos con la descrita (Reglamento (UE) 952/2013, art. 33).
- Qué no le da: no corrige declaraciones ya presentadas, no fija el origen (para eso está la información vinculante en materia de origen) ni el valor en aduana, y no le protege por sí sola de un derecho antidumping, que depende de la descripción del producto y del origen que fija cada medida. La declaración en aduana la presenta su empresa o un representante aduanero inscrito; nosotros le dejamos la IAV preparada para que la use en ella.
- Cuándo cae antes de los 3 años: deja de valer si cambia la nomenclatura o se adopta una medida de clasificación; la aduana la revoca si deja de ajustarse a las notas explicativas, a una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE o a un criterio de clasificación del Sistema Armonizado, y la anula si se basó en información incorrecta o incompleta del solicitante. No puede modificarse, y el titular no puede pedir que se revoque (art. 34).
- Si la IAV se revoca o deja de valer por una medida de clasificación, puede seguir usándola hasta 6 meses para contratos firmes celebrados antes, pidiéndolo a la aduana que la dictó en los 30 días siguientes. No cabe si cae por un cambio de la nomenclatura, y la propia medida puede excluir o acortar ese plazo (art. 34.9).
- Cada solicitud cubre un solo producto o una familia de productos cuyas diferencias no cambian la clasificación, y la aduana no admite una segunda solicitud sobre las mismas mercancías si ya hay otra a su nombre. Al presentarla se acepta que la IAV se publique en la base de datos de la Comisión Europea, salvo los datos marcados como confidenciales.
- No es la consulta tributaria vinculante a la Dirección General de Tributos: la clasificación arancelaria y el origen se rigen por el Código Aduanero de la Unión (Ley General Tributaria, art. 88.8).
- Contra la IAV cabe recurso de reposición o reclamación económico-administrativa en el plazo de un mes desde la notificación. Lo lleva el despacho de Managora, como encargo aparte que le presupuestamos antes.
Información arancelaria vinculante (IAV): solicitud a la Aduana para fijar la partida TARIC de su producto: preguntas frecuentes
Información arancelaria vinculante (IAV): solicitud a la Aduana para fijar la partida TARIC de su producto: ¿cuánto cuesta?
Le cobramos 299 €: nuestra gestión y, si la hay, la tasa oficial fija que adelantamos. Solicitud de IAV 299 € (IVA incluido) por un producto o una familia de productos cuyas diferencias no cambian la clasificación. Si tiene varios productos con partidas distintas, cada uno necesita su propia solicitud. Sin tasa: la AEAT no cobra por la IAV. Los análisis o peritajes de muestras y su devolución, si la aduana los hace, los paga usted aparte.. El honorario de Managora es 299,00 €, IVA 21% incluido (247,11 € de base + 51,89 € de IVA). La tasa oficial del organismo (suplido, sin IVA) es: Sin tasa: la AEAT no cobra por emitir la IAV. Si para resolver la aduana hace análisis o peritajes de las muestras, o tiene que devolvérselas, puede cobrar esos gastos (art. 52.2 del Código Aduanero de la Unión): no van incluidos en el precio y los paga usted directamente, por el importe que fije la aduana en cada caso. El envío de la muestra a la aduana, si la pide, también corre de su cuenta..
Información arancelaria vinculante (IAV): solicitud a la Aduana para fijar la partida TARIC de su producto: ¿cuánto tarda?
La aduana tiene 30 días desde que recibe la solicitud para aceptarla y, una vez aceptada, 120 días como máximo para resolver y notificar. Puede ampliar ese plazo hasta 30 días más si se lo comunica antes de que venza, y superarlo si necesita un análisis de laboratorio. La IAV vale 3 años desde que surte efecto.
Información arancelaria vinculante (IAV): solicitud a la Aduana para fijar la partida TARIC de su producto: ¿qué documentos necesito?
Necesita tener a mano: Ficha técnica u hoja de datos del producto y, si la clasificación depende de la composición, el análisis que la acredite, si lo tiene., Fotos del producto, de sus detalles, de la etiqueta y del embalaje., Planos, catálogo o folleto, si los tiene., Una muestra, solo si la aduana la pide: la envía usted., Apoderamiento para que presentemos la solicitud como su representante: lo firma usted en la web.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.
¿Quién presenta el trámite?
Lo presenta Managora en su nombre ante AEAT, Sede electrónica: Solicitud de información arancelaria vinculante (IAV), procedimiento DD02. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.
¿Se puede hacer online?
Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.
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Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: AEAT, Sede electrónica: Solicitud de información arancelaria vinculante (IAV), procedimiento DD02 ↗.
Managora Gestion SL (CIF B88823893) es una empresa privada. No somos AEAT, Sede electrónica: Solicitud de información arancelaria vinculante (IAV), procedimiento DD02, ni estamos vinculados, autorizados ni aprobados por ningún organismo público, y este sitio no es una sede electrónica. Lo que usted paga en esta página es nuestro honorario por preparar, firmar y presentar el trámite en su nombre: es distinto de la tasa oficial, que cuando la hay es del organismo y se le muestra por separado. Puede realizar este trámite usted mismo, directamente ante AEAT, Sede electrónica: Solicitud de información arancelaria vinculante (IAV), procedimiento DD02.
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