Modelo 039: Comunicación opción/renuncia régimen grupo IVA
Modelo 039: Comunicación opción/renuncia régimen grupo IVA se presenta ante Agencia Tributaria. Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Coste total orientativo: 11 €.
Comunicación al Régimen Especial del Grupo de Entidades del IVA (REGE), Ley 37/1992 LIVA arts. 163 quinquies-nonies + RIVA arts. 61 bis-octies + Orden HAC/665/2004. Tipos: 1 opción inicial, 2 modificación composición, 3 renuncia, 4 opción modalidad avanzada, 5 exclusión. Requisitos: dominante con ≥50 % participación en dependientes (art. 163 quinquies). Plazo opción/renuncia: diciembre año anterior. Modificación: 2 meses desde hecho. Compromiso mín. 3 años.
- Coste total orientativo
- 11 €
- Honorario Managora
- 11,00 € (IVA 21% incl.)
- Tasa oficial
- Sin tasa
- Plazo de resolución
- Opción/renuncia: 1-31 diciembre año anterior. Modificación: 2 meses desde el hecho.
- Dónde se presenta
- Agencia Tributaria ↗
- Qué recibe
- Solicitud
Desglose del coste: Gestión 11,00 € (IVA 21% incl.). Comunicación de opción o renuncia al régimen de grupo de IVA, sin tasa, coste totalmente fijo..
Modelo 039: Comunicación opción/renuncia régimen grupo IVA: ¿cómo se tramita?
- 1Conteste las preguntas del chat (~12 minutos).
- 2Validamos participación dominante ≥50 % y plazo de comunicación.
- 3Pago de 11,00 € (IVA 21% incl.).
- 4Firma del mandato desde su móvil.
- 5Presentación telemática del modelo 039 ante AEAT.
¿Qué documentos necesita?
- •Acuerdos de los consejos de administración de dominante y dependientes.
- •Cuentas anuales últimas que acrediten ≥50 % participación.
- •Organigrama del grupo con porcentajes directos e indirectos.
- •Compromiso de mantenimiento mínimo 3 años.
Base legal y a tener en cuenta
- Marco: Ley 37/1992 LIVA arts. 163 quinquies-nonies + RIVA arts. 61 bis-octies + Orden HAC/665/2004.
- Modalidad básica: compensación saldos (322 individual + 353 agregado).
- Modalidad avanzada: valor mercado intragrupo + renuncia exenciones 20.uno.16 y 20.uno.18.
- Compromiso mínimo 3 años desde la opción inicial.
Modelo 039: Comunicación opción/renuncia régimen grupo IVA: preguntas frecuentes
Modelo 039: Comunicación opción/renuncia régimen grupo IVA: ¿cuánto cuesta?
El coste total orientativo (gestión + tasas e impuestos oficiales) es 11 €: Gestión 11,00 € (IVA 21% incl.). Comunicación de opción o renuncia al régimen de grupo de IVA, sin tasa, coste totalmente fijo.. El honorario de Managora es 11,00 €, IVA 21% incluido (9,09 € de base + 1,91 € de IVA). Este trámite no tiene tasa oficial del organismo.
Modelo 039: Comunicación opción/renuncia régimen grupo IVA: ¿cuánto tarda?
Opción/renuncia: 1-31 diciembre año anterior. Modificación: 2 meses desde el hecho.
Modelo 039: Comunicación opción/renuncia régimen grupo IVA: ¿qué documentos necesito?
Necesita tener a mano: Acuerdos de los consejos de administración de dominante y dependientes., Cuentas anuales últimas que acrediten ≥50 % participación., Organigrama del grupo con porcentajes directos e indirectos., Compromiso de mantenimiento mínimo 3 años.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.
¿Quién presenta el trámite?
Lo presenta Managora en su nombre ante Agencia Tributaria. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.
¿Se puede hacer online?
Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.
Trámites relacionados
- Alta como autónomo (Hacienda y Seguridad Social)
- Baja como autónomo (Hacienda + RETA)
- Aplazamiento de deuda con la Seguridad Social (LGSS art. 23 + RD 1415/2004)
- Aplazamiento o fraccionamiento de deuda con la AEAT (art. 65 LGT)
- Solicitud de devolución de ingresos indebidos (LGT art. 221 + RD 520/2005)
- Tarifa Plana de autónomos: solicitud de bonificación
Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Agencia Tributaria ↗.
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