Modelo 100: IRPF Renta anual

Modelo 100: IRPF Renta anual se presenta ante Agencia Tributaria, Renta WEB / modelo 100. Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Coste total orientativo: 157 €.

Calculamos y presentamos su IRPF (modelo 100). Cubrimos rendimientos del trabajo, capital inmobiliario, capital mobiliario, actividades económicas, ganancias y pérdidas, imputaciones de rentas, mínimos personal y familiar, deducciones más relevantes, retenciones y pagos a cuenta. Aplicamos las tarifas estatal y autonómica vigentes en su CCAA y validamos coherencia cruzada con sus 130/131 (autónomo), 184 (CB/SC), 720 (bienes en el extranjero) y 210 (no residencia parcial).

Guía práctica: La declaracion de la Renta (IRPF, modelo 100). Requisitos, plazos y pasos, explicados.

Coste total orientativo
157 €
Honorario Managora
157,00 € (IVA 21% incl.)
Tasa oficial
Sin tasa
Plazo de resolución
Aprox. 1 abril - 30 junio del año siguiente al ejercicio. Si resultado a ingresar y domiciliación bancaria: hasta 25 junio (la fecha exacta la fija la Orden anual).
Qué recibe
Solicitud

Desglose del coste: Gestión 157,00 € (IVA 21% incl.), sin tasa. Más, en su caso, el importe del IRPF que resulte a pagar en su declaración (variable); si sale a devolver, no hay coste adicional..

Modelo 100: IRPF Renta anual: ¿cómo se tramita?

  1. 1Conteste las preguntas del chat (~20-30 minutos para casos completos).
  2. 2Calculamos base general y del ahorro, mínimo personal y familiar, cuota íntegra estatal y autonómica de su CCAA, deducciones, retenciones y cuota diferencial. Validamos coherencia con 130/131, 184, 720 y 210.
  3. 3Pago de 157,00 € (IVA 21% incl.).
  4. 4Firma del mandato desde su móvil.
  5. 5Presentamos telemáticamente el modelo 100 ante AEAT (Renta WEB).
  6. 6Si el resultado es a ingresar: domiciliación bancaria o NRC, con opción de fraccionar sin intereses en dos plazos (60 % al presentar la declaración y 40 % restante hasta el 5 de noviembre). Si es a devolver: la AEAT ingresa el importe en su IBAN y dispone por ley de 6 meses desde el fin del plazo de campaña para hacerlo.

¿Qué documentos necesita?

  • Certificados de retenciones del empleador o empleadores.
  • Certificados bancarios de retenciones del capital mobiliario y dividendos.
  • Modelos 130 / 131 trimestrales (si autónomo).
  • Modelo 184 (si partícipe en CB/SC).
  • Justificantes de gastos deducibles del trabajo (sindicatos, colegios) y del capital inmobiliario.
  • Notas simples / IBI / consulta catastral de inmuebles a su nombre.
  • Justificantes de donativos a entidades acogidas a la Ley 49/2002.
  • Justificantes de inversión en empresas nuevas o de reciente creación (modelo 165).
  • Acreditación de discapacidad (suya y/o de descendientes/ascendientes).
  • Certificado de empadronamiento histórico si cambió de CCAA durante el ejercicio.

Base legal y a tener en cuenta

  • Plazo: aprox. 1 abril - 30 junio del año siguiente. Si resultado a ingresar y domiciliación: hasta 25 junio. Las fechas exactas las fija la Orden anual.
  • Obligación de declarar: rendimientos del trabajo superiores a 22.000 € con un solo pagador, o superiores a 15.876 € con varios pagadores cuando lo percibido del segundo y siguientes supere 1.500 €; rendimientos totales superiores a 1.000 €; haber estado de alta como autónomo en cualquier momento del ejercicio; haber percibido prestación o subsidio por desempleo; tener bienes en el extranjero (720); o ser partícipe en comunidad de bienes o sociedad civil (184). Si no está seguro de si le toca declarar, lo comprobamos nosotros con sus datos fiscales antes de que pague nada.
  • Tarifa general: progresiva por tramos, aproximadamente del 19 % al 47 %, sumando la escala estatal y la escala autonómica. Cada CCAA aprueba su propia escala y sus propias deducciones, así que su tipo final depende de dónde tuviera la residencia fiscal a 31 de diciembre del ejercicio. Aplicamos la escala y las deducciones vigentes de su CCAA.
  • Tarifa del ahorro (base ahorro): 19 % hasta 6.000 €, 21 % hasta 50.000 €, 23 % hasta 200.000 €, 27 % hasta 300.000 €, 28 % en adelante.
  • Mínimo personal: 5.550 € + incrementos por edad (>65, >75) y discapacidad. Mínimo por descendientes: 2.400 / 2.700 / 4.000 / 4.500 € por orden + 2.800 € adicional si <3 años.
  • Reducción por rendimientos del trabajo: hasta 7.302 € si rendimiento neto <14.852 € y se reduce hasta cero a 17.673 €.
  • Arrendamiento de vivienda habitual del arrendatario: en los contratos firmados desde el 26 de mayo de 2023 la reducción general del rendimiento neto es del 50 %, y sube al 60 %, 70 % o 90 % solo en supuestos tasados (rehabilitación reciente, inquilino joven en zona de mercado residencial tensionado o rebaja de la renta en zona tensionada). Los contratos anteriores conservan el 60 % por régimen transitorio. Comprobamos con su contrato cuál le corresponde.
  • Régimen foral: si su residencia fiscal está en Navarra o el País Vasco, su IRPF se rige por la normativa foral y se presenta ante la Hacienda Foral correspondiente, no ante la AEAT. Se lo presentamos nosotros igualmente: indíquelo en el chat y adaptamos la declaración a su territorio.
  • Régimen Beckham (impatriados): si cumple, presenta modelo 151 en lugar del 100. Use regimen_beckham.
  • Antes de presentar le enviamos el cálculo completo para que lo revise y lo confirme, con las deducciones autonómicas de su CCAA y los supuestos particulares que le apliquen (residencia parcial, imputaciones, participaciones en instituciones de inversión colectiva). El resultado, a ingresar o a devolver, lo determina la aplicación de la norma a sus datos y la posterior comprobación de la AEAT: garantizamos la declaración bien presentada y en plazo, no un resultado concreto.

Modelo 100: IRPF Renta anual: preguntas frecuentes

Modelo 100: IRPF Renta anual: ¿cuánto cuesta?

El coste total orientativo (gestión + tasas e impuestos oficiales) es 157 €: Gestión 157,00 € (IVA 21% incl.), sin tasa. Más, en su caso, el importe del IRPF que resulte a pagar en su declaración (variable); si sale a devolver, no hay coste adicional.. El honorario de Managora es 157,00 €, IVA 21% incluido (129,75 € de base + 27,25 € de IVA). Este trámite no tiene tasa oficial del organismo.

Modelo 100: IRPF Renta anual: ¿cuánto tarda?

Aprox. 1 abril - 30 junio del año siguiente al ejercicio. Si resultado a ingresar y domiciliación bancaria: hasta 25 junio (la fecha exacta la fija la Orden anual).

Modelo 100: IRPF Renta anual: ¿qué documentos necesito?

Necesita tener a mano: Certificados de retenciones del empleador o empleadores., Certificados bancarios de retenciones del capital mobiliario y dividendos., Modelos 130 / 131 trimestrales (si autónomo)., Modelo 184 (si partícipe en CB/SC)., Justificantes de gastos deducibles del trabajo (sindicatos, colegios) y del capital inmobiliario., Notas simples / IBI / consulta catastral de inmuebles a su nombre., Justificantes de donativos a entidades acogidas a la Ley 49/2002., Justificantes de inversión en empresas nuevas o de reciente creación (modelo 165)., Acreditación de discapacidad (suya y/o de descendientes/ascendientes)., Certificado de empadronamiento histórico si cambió de CCAA durante el ejercicio.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.

¿Quién presenta el trámite?

Lo presenta Managora en su nombre ante Agencia Tributaria, Renta WEB / modelo 100. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.

¿Se puede hacer online?

Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.

Trámites relacionados

Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Agencia Tributaria, Renta WEB / modelo 100.

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