Modelo 165: Certificaciones inversores en startup

Modelo 165: Certificaciones inversores en startup se presenta ante Agencia Tributaria, modelo 165. Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Lo que le cobramos: 149 €.

Presentamos su modelo 165 (declaración informativa de certificaciones individuales emitidas a los socios o partícipes de entidades de nueva o reciente creación) ante AEAT. Cada inversor podrá deducirse en su IRPF el 50 % de lo invertido (base máx. 100.000 €/año, tras la Ley 28/2022 Startup Law). Validamos los requisitos de la sociedad emisora (forma jurídica, que no cotice, fondos propios no superiores a 400.000 €, actividad económica real) y de cada inversor (suscripción en la constitución o en una ampliación de capital dentro de los 5 años siguientes, 7 si es empresa emergente; participación con su familia de hasta el 40 %; permanencia de más de 3 años y menos de 12).

Guía práctica: Declaraciones informativas financieras de la AEAT: modelos 165, 345, 198, 117 y 038. Requisitos, plazos y pasos, explicados.

Managora para Startups. De la idea a la empresa, sin fricción.

Lo que le cobramos
149 €
Honorario Managora
149,00 € (IVA 21% incl.)
Tasa oficial
Sin tasa
Plazo de resolución
1 al 31 de enero del año siguiente al ejercicio.
Qué recibe
Solicitud

Desglose del coste: Gestión 149,00 € (IVA 21% incl.), sin tasa. Es una declaración informativa, no conlleva importe a pagar a Hacienda..

Modelo 165: Certificaciones inversores en startup: ¿cómo se tramita?

  1. 1Conteste las preguntas del chat (~10 minutos).
  2. 2Validamos los requisitos del art. 68.1 LIRPF tanto para la sociedad como para cada inversor.
  3. 3Pago de 149,00 € (IVA 21% incl.).
  4. 4Firma del mandato desde su móvil.
  5. 5Presentamos telemáticamente el modelo 165 ante AEAT.
  6. 6Recibe la copia diligenciada con CSV. Cada inversor recibe su certificación individual para aplicar la deducción en su IRPF.

¿Qué documentos necesita?

  • •Escritura de constitución de la sociedad y, si es empresa emergente, el certificado de empresa emergente de ENISA (Ley 28/2022).
  • •Cuentas anuales del ejercicio anterior, que acreditan los fondos propios al inicio del período impositivo de la sociedad en que se suscribieron las acciones o participaciones.
  • •Listado de inversores con NIF, fecha de adquisición, importe e identificación de la operación (constitución / ampliación).
  • •Documentación que acredite la actividad económica real (CNAE, contratos, facturas).

Base legal y a tener en cuenta

  • Plazo: 1 al 31 de enero del año siguiente al ejercicio. Sin prórroga.
  • Naturaleza informativa: NO se ingresa cuota.
  • Deducción del inversor en cuota estatal IRPF: 50 % desde 2023 (Ley 28/2022) sobre base máx. 100.000 €/año (antes 30 % / 60.000 €).
  • Suscripción: en la constitución o en una ampliación de capital dentro de los 5 años siguientes a la constitución; 7 años si es empresa emergente de la Ley 28/2022. La deducción es por suscripción: comprar participaciones a otro socio no da derecho a ella.
  • Fondos propios de la sociedad al inicio del período impositivo en que el inversor adquiere: no superiores a 400.000 € (si forma parte de un grupo del art. 42 CCom, se cuentan los de todo el grupo).
  • Participación directa o indirecta del inversor, sumada a la de su cónyuge y sus familiares hasta el 2.º grado: no puede superar el 40 % del capital ni de los derechos de voto ningún día de los años naturales de tenencia. Este límite no se aplica a los socios fundadores de una empresa emergente de la Ley 28/2022 que figuren en la escritura de constitución; en las demás sociedades, los fundadores también lo tienen.
  • Permanencia en el patrimonio del inversor: más de 3 años y menos de 12 (3 años justos no bastan).
  • La certificación que la sociedad entrega a cada inversor acredita que la sociedad cumple sus requisitos en el período impositivo en que él suscribió: si no los cumple, no debe emitirse. Los requisitos del propio inversor (plazo de suscripción, límite del 40 % y permanencia, entre otros) condicionan su deducción en el IRPF.
  • Sanción art. 198 LGT: 20 €/dato omitido (mín. 300 €, máx. 20.000 €).

Modelo 165: Certificaciones inversores en startup: preguntas frecuentes

Modelo 165: Certificaciones inversores en startup: ¿cuánto cuesta?

Le cobramos 149 €: nuestra gestión y, si la hay, la tasa oficial fija que adelantamos. Gestión 149,00 € (IVA 21% incl.), sin tasa. Es una declaración informativa, no conlleva importe a pagar a Hacienda.. El honorario de Managora es 149,00 €, IVA 21% incluido (123,14 € de base + 25,86 € de IVA). Este trámite no tiene tasa oficial del organismo.

Modelo 165: Certificaciones inversores en startup: ¿cuánto tarda?

1 al 31 de enero del año siguiente al ejercicio.

Modelo 165: Certificaciones inversores en startup: ¿qué documentos necesito?

Necesita tener a mano: Escritura de constitución de la sociedad y, si es empresa emergente, el certificado de empresa emergente de ENISA (Ley 28/2022)., Cuentas anuales del ejercicio anterior, que acreditan los fondos propios al inicio del período impositivo de la sociedad en que se suscribieron las acciones o participaciones., Listado de inversores con NIF, fecha de adquisición, importe e identificación de la operación (constitución / ampliación)., Documentación que acredite la actividad económica real (CNAE, contratos, facturas).. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.

¿Quién presenta el trámite?

Lo presenta Managora en su nombre ante Agencia Tributaria, modelo 165. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.

¿Se puede hacer online?

Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.

Trámites relacionados

Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Agencia Tributaria, modelo 165 ↗.

Managora Gestion SL (CIF B88823893) es una empresa privada. No somos Agencia Tributaria, modelo 165, ni estamos vinculados, autorizados ni aprobados por ningún organismo público, y este sitio no es una sede electrónica. Lo que usted paga en esta página es nuestro honorario por preparar, firmar y presentar el trámite en su nombre: es distinto de la tasa oficial, que cuando la hay es del organismo y se le muestra por separado. Puede realizar este trámite usted mismo, directamente ante Agencia Tributaria, modelo 165.

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