Modelo 200 — Impuesto sobre Sociedades (IS)
Calculamos y presentamos el modelo 200 del IS de su sociedad ante AEAT. Cubrimos los 7 regímenes (general 25 %, reducida dimensión 23 %, microempresa 21/22 %, startup ENISA 15 %, cooperativa protegida 20 %, no lucrativa Ley 49/2002 al 10 %, capital riesgo 1 %). Ajustes positivos/negativos sobre el resultado contable, compensación de bases imponibles negativas (BINs) con el límite del 70 % + franquicia 1M €, deducciones por doble imposición e incentivos (I+D+i, donativos, empleo) y cuota diferencial tras retenciones y pagos fraccionados del modelo 202. Validamos coherencia con depósito de cuentas y libros oficiales.
- Precio Managora
- 29,00 €
- Tasa oficial
- Sin tasa
- Plazo
- 25 días naturales tras los 6 meses posteriores al cierre del ejercicio (art. 124 LIS). Para ejercicios cerrados 31-dic: del 1 al 25 julio del año siguiente.
- Dónde se presenta
- Agencia Tributaria — modelo 200
- Qué recibe
- Solicitud
Cómo lo hacemos
- 1Conteste las preguntas del chat (~20-30 minutos).
- 2Calculamos base imponible previa, aplicamos compensación BINs con límites legales (70 % + franquicia 1M €), tipo de gravamen según régimen, deducciones (doble imposición, I+D+i, donativos, etc.) y cuota diferencial. Validamos coherencia con cuentas anuales y libros oficiales.
- 3Pago de 29 €.
- 4Firma del mandato desde su móvil.
- 5Presentamos telemáticamente el modelo 200 ante AEAT.
- 6Si resultado a ingresar: domiciliación bancaria SEPA o NRC. Si a devolver: AEAT abona en IBAN indicado en plazo legal de 6 meses.
Qué necesita tener a mano
- •Cuentas anuales formuladas y aprobadas por la Junta General.
- •Libros oficiales legalizados (Legalia).
- •Diario, mayor y libros auxiliares del ejercicio.
- •Conciliación contable-fiscal con desglose de ajustes positivos y negativos.
- •Histórico de BINs acumuladas con sus ejercicios de origen.
- •Justificantes de retenciones soportadas (certificados pagadores).
- •Modelos 202 trimestrales del ejercicio.
- •Si hay operaciones vinculadas: documentación específica (master file/local file si >45M €).
- •Si startup ENISA: certificado de empresa emergente vigente.
A tener en cuenta
- Plazo: 25 días tras los 6 meses posteriores al cierre (art. 124 LIS). Para ejercicios cerrados 31-dic: del 1 al 25 julio.
- Tipos de gravamen: general 25 %, reducida dimensión <10M € cifra negocios 23 %, microempresa <1M € 21/22 %, startup ENISA 15 % (4 ejercicios), cooperativa protegida 20 %, no lucrativa Ley 49/2002 10 %, capital riesgo 1 %.
- Compensación BINs (art. 26 LIS): 70 % de la BI previa con franquicia mínima 1.000.000 € (siempre se pueden compensar hasta esa cantidad). Sin límite temporal.
- Pagos fraccionados (modelo 202): tres veces al año (abril, octubre, diciembre). 2 modalidades: 18 % cuota anterior o tipo aplicable sobre base actual.
- Deducciones más comunes: doble imposición interna/internacional, I+D+i (25 % gastos), producción cinematográfica (30 %), creación empleo (4.500 €/trabajador <30 indefinido), donativos (35-40 %).
- Operaciones vinculadas (art. 18 LIS): documentación obligatoria (master file y local file) si cifra negocios >45M €. Modelo 232 informativo anual.
- Subcapitalización (art. 16 LIS): limitación de gastos financieros netos al 30 % del EBITDA, con franquicia 1M €.
- Cálculo INDICATIVO. Variaciones por incentivos fiscales específicos (RIC, libertad de amortización, etc.) y casuísticas avanzadas.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta tramitar modelo 200 — impuesto sobre sociedades (is) con Managora?
El precio del servicio de Managora es 29,00 €. Este trámite no tiene tasa oficial del organismo.
¿Cuánto tarda?
25 días naturales tras los 6 meses posteriores al cierre del ejercicio (art. 124 LIS). Para ejercicios cerrados 31-dic: del 1 al 25 julio del año siguiente.
¿Qué documentos necesito?
Necesita tener a mano: Cuentas anuales formuladas y aprobadas por la Junta General., Libros oficiales legalizados (Legalia)., Diario, mayor y libros auxiliares del ejercicio., Conciliación contable-fiscal con desglose de ajustes positivos y negativos., Histórico de BINs acumuladas con sus ejercicios de origen., Justificantes de retenciones soportadas (certificados pagadores)., Modelos 202 trimestrales del ejercicio., Si hay operaciones vinculadas: documentación específica (master file/local file si >45M €)., Si startup ENISA: certificado de empresa emergente vigente.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.
¿Quién presenta el trámite?
Lo presenta Managora en su nombre ante Agencia Tributaria — modelo 200. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.
¿Es válido legalmente?
Sí. Usted firma un mandato simple en pantalla que nos autoriza a actuar en su nombre. Recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez.
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- Alta como autónomo (Hacienda y Seguridad Social)
- Baja como autónomo (Hacienda + RETA)
- Alta o renovación de certificado digital FNMT (CERES)
- Aplazamiento de deuda con la Seguridad Social (LGSS art. 23 + RD 1415/2004)
- Aplazamiento o fraccionamiento de deuda con la AEAT (art. 65 LGT)
- Solicitud de devolución de ingresos indebidos (LGT art. 221 + RD 520/2005)
¿Empezamos con modelo 200 — impuesto sobre sociedades (is)?
Lo presentamos por usted, de principio a fin.
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