Modelo 202: Pagos fraccionados IS

Modelo 202: Pagos fraccionados IS se presenta ante Agencia Tributaria, modelo 202. Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Coste total orientativo: 36 €.

Calculamos y presentamos su pago fraccionado a cuenta del IS (3 al año: abril, octubre, diciembre). Detectamos automáticamente si la modalidad 2 (base imponible del periodo) es obligatoria por cifra de negocios > 6M €, aplicamos el tipo correcto según el régimen del 200 (general 17,86 %, microempresa 15 %, startup 10,71 %, gran empresa 24 %), descontamos pagos fraccionados anteriores del ejercicio y, si es gran empresa, validamos el pago mínimo del 23 % del resultado positivo (DA 14ª LIS).

Guía práctica: El Impuesto de Sociedades: modelo 200 y pagos fraccionados. Requisitos, plazos y pasos, explicados.

Coste total orientativo
36 €
Honorario Managora
36,00 € (IVA 21% incl.)
Tasa oficial
Sin tasa
Plazo de resolución
1P: 1-20 abril. 2P: 1-20 octubre. 3P: 1-20 diciembre. Sin prórroga.
Qué recibe
Solicitud

Desglose del coste: Gestión 36,00 € (IVA 21% incl.), sin tasa. Más el importe del pago fraccionado del IS que resulte de su autoliquidación (variable según base o cuota)..

Modelo 202: Pagos fraccionados IS: ¿cómo se tramita?

  1. 1Conteste las preguntas del chat (~5 minutos).
  2. 2Detectamos modalidad obligatoria por cifra de negocios, aplicamos el tipo del régimen y validamos pago mínimo si gran empresa.
  3. 3Pago de 36,00 € (IVA 21% incl.).
  4. 4Firma del mandato desde su móvil.
  5. 5Presentamos telemáticamente el modelo 202 ante AEAT.
  6. 6Recibe la copia diligenciada con CSV y comprobante de ingreso.

¿Qué documentos necesita?

  • Modelo 200 del último ejercicio presentado.
  • Cuentas trimestrales / situación contable a la fecha del pago.
  • Histórico de pagos fraccionados anteriores del ejercicio.

Base legal y a tener en cuenta

  • Plazos: 1P 1-20 abril, 2P 1-20 octubre, 3P 1-20 diciembre. Sin prórroga.
  • Modalidad 1 (art. 40.2 LIS): 18 % de la cuota íntegra del último IS minorada en deducciones, bonificaciones y retenciones del ejercicio anterior. Opcional para sociedades <6M € cifra negocios.
  • Modalidad 2 (art. 40.3 LIS): tipo aplicable sobre BI acumulada del periodo. Obligatoria si cifra negocios >6M €. Tipo = 5/7 × tipo IS (general 17,86 %; gran empresa >10M € usa tipo 24 % por DT 14ª LIS).
  • Pago mínimo gran empresa (DA 14ª LIS): 23 % del resultado positivo de la PyG. Se aplica el MAYOR entre cálculo modalidad 2 y pago mínimo.
  • Tipos modalidad 2 por régimen (5/7 × tipo IS): general 17,86 %; reducida dimensión 16,43 %; microempresa 15 %; startup ENISA 10,71 %; cooperativa protegida 14,29 %.
  • El total ingresado se descontará automáticamente en el modelo 200 al cierre del ejercicio.
  • Sanciones: recargos art. 27 LGT por presentación extemporánea (1-15 %); recargos vía ejecutiva 5/10/20 % si no se ingresa.

Modelo 202: Pagos fraccionados IS: preguntas frecuentes

Modelo 202: Pagos fraccionados IS: ¿cuánto cuesta?

El coste total orientativo (gestión + tasas e impuestos oficiales) es 36 €: Gestión 36,00 € (IVA 21% incl.), sin tasa. Más el importe del pago fraccionado del IS que resulte de su autoliquidación (variable según base o cuota).. El honorario de Managora es 36,00 €, IVA 21% incluido (29,75 € de base + 6,25 € de IVA). Este trámite no tiene tasa oficial del organismo.

Modelo 202: Pagos fraccionados IS: ¿cuánto tarda?

1P: 1-20 abril. 2P: 1-20 octubre. 3P: 1-20 diciembre. Sin prórroga.

Modelo 202: Pagos fraccionados IS: ¿qué documentos necesito?

Necesita tener a mano: Modelo 200 del último ejercicio presentado., Cuentas trimestrales / situación contable a la fecha del pago., Histórico de pagos fraccionados anteriores del ejercicio.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.

¿Quién presenta el trámite?

Lo presenta Managora en su nombre ante Agencia Tributaria, modelo 202. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.

¿Se puede hacer online?

Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.

Trámites relacionados

Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Agencia Tributaria, modelo 202.

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