Presentación del Modelo 213 - Gravamen Especial de Inmuebles

Presentación del Modelo 213 - Gravamen Especial de Inmuebles se presenta ante Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Coste total orientativo: 241 €. Tasa oficial: Sin tasa: presentar el modelo 213 ante la AEAT no devenga tasa alguna. Lo que se ingresa es el propio gravamen especial, que es el 3% del valor catastral del inmueble y se calcula caso a caso. Le cuantificamos el importe exacto y se lo comunicamos por escrito antes de presentar.

Nos encargamos de elaborar y presentar la autoliquidación anual (Modelo 213) para sociedades no residentes propietarias de inmuebles en España. Cumpla con su obligación tributaria del 3% sobre el valor catastral durante el mes de enero sin complicaciones ni riesgos de sanción.

Guía práctica: Representante fiscal en España y el gravamen especial del modelo 213. Requisitos, plazos y pasos, explicados.

Lo que le cobramos
241 €
Honorario Managora
241,00 € (IVA 21% incl.)
Tasa oficial
Sin tasa: presentar el modelo 213 ante la AEAT no devenga tasa alguna. Lo que se ingresa es el propio gravamen especial, que es el 3% del valor catastral del inmueble y se calcula caso a caso. Le cuantificamos el importe exacto y se lo comunicamos por escrito antes de presentar. (suplido, sin IVA)
Plazo de resolución
El impuesto se devenga a 31 de diciembre de cada año y la declaración debe presentarse e ingresarse obligatoriamente durante el mes de enero siguiente.
Qué recibe
Solicitud

Desglose del coste: Honorarios de gestión 241,00 € (IVA 21% incl.). Importe del impuesto (3% del valor catastral del inmueble) no incluido..

Presentación del Modelo 213 - Gravamen Especial de Inmuebles: ¿cómo se tramita?

  1. 11. Cumplimente el formulario aportando los datos identificativos de la sociedad extranjera y el valor catastral del inmueble en España.
  2. 22. Suba una copia del recibo del IBI y, si la entidad invoca exención por convenio, el certificado de residencia fiscal.
  3. 33. Revisaremos la información y, en caso de no existir exención, calcularemos la cuota resultante (3% sobre el valor catastral).
  4. 44. Presentaremos telemáticamente el Modelo 213 en la Agencia Tributaria dentro del mes de enero y le remitiremos el justificante.

¿Qué documentos necesita?

  • Copia del recibo del IBI u otro documento que acredite la referencia y el valor catastral.
  • Si aplica exención: Certificado de residencia fiscal de la entidad (y, en su caso, de los titulares reales), emitido por las autoridades competentes del país de origen.

Requisitos previos que también hacemos nosotros

Y lo que preste un tercero, se lo organizamos

  • Traducción jurada al español
  • Apostilla o legalización de un documento extranjero

No tiene que buscar a nadie: lo coordinamos nosotros. Al prestarlo un tercero se presupuesta aparte y no va dentro del precio de este trámite, y le decimos el importe antes de encargarlo.

Base legal y a tener en cuenta

  • El gravamen especial es del 3% anual sobre el valor catastral del inmueble.
  • La presentación debe realizarse obligatoriamente en el mes de enero siguiente a la fecha de devengo (31 de diciembre).

Presentación del Modelo 213 - Gravamen Especial de Inmuebles: preguntas frecuentes

Presentación del Modelo 213 - Gravamen Especial de Inmuebles: ¿cuánto cuesta?

Le cobramos 241 €: nuestra gestión y, si la hay, la tasa oficial fija que adelantamos. Honorarios de gestión 241,00 € (IVA 21% incl.). Importe del impuesto (3% del valor catastral del inmueble) no incluido.. El honorario de Managora es 241,00 €, IVA 21% incluido (199,17 € de base + 41,83 € de IVA). La tasa oficial del organismo (suplido, sin IVA) es: Sin tasa: presentar el modelo 213 ante la AEAT no devenga tasa alguna. Lo que se ingresa es el propio gravamen especial, que es el 3% del valor catastral del inmueble y se calcula caso a caso. Le cuantificamos el importe exacto y se lo comunicamos por escrito antes de presentar..

Presentación del Modelo 213 - Gravamen Especial de Inmuebles: ¿cuánto tarda?

El impuesto se devenga a 31 de diciembre de cada año y la declaración debe presentarse e ingresarse obligatoriamente durante el mes de enero siguiente.

Presentación del Modelo 213 - Gravamen Especial de Inmuebles: ¿qué documentos necesito?

Necesita tener a mano: Copia del recibo del IBI u otro documento que acredite la referencia y el valor catastral., Si aplica exención: Certificado de residencia fiscal de la entidad (y, en su caso, de los titulares reales), emitido por las autoridades competentes del país de origen.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.

¿Quién presenta el trámite?

Lo presenta Managora en su nombre ante Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.

¿Se puede hacer online?

Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.

Trámites relacionados

Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

¿Empezamos con «Presentación del Modelo 213 - Gravamen Especial de Inmuebles»?

Lo presentamos por usted, de principio a fin.

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