Modelo 309: IVA autoliquidación no periódica
Modelo 309: IVA autoliquidación no periódica se presenta ante Agencia Tributaria, modelo 309. Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Coste total orientativo: 23 €.
Presentamos su modelo 309 (autoliquidación no periódica del IVA) ante AEAT. Es el IVA puntual para sujetos que NO presentan 303 trimestral: REAGYP por adquisiciones intracomunitarias, recargo de equivalencia con AIB o inversión del SP, particulares que venden medios de transporte nuevos a la UE, exentos del IVA con AIB o inversión del SP, regularización anual de bienes de inversión por cese, adjudicación concursal/ejecutiva. Validamos supuesto + periodicidad + cuadre de cuotas a los tipos 21/10/4 %.
Guía práctica: IVA del e-commerce: Ventanilla Unica OSS/IOSS (modelo 369). Requisitos, plazos y pasos, explicados.
- Coste total orientativo
- 23 €
- Honorario Managora
- 23,00 € (IVA 21% incl.)
- Tasa oficial
- Sin tasa
- Plazo de resolución
- 20 días naturales del mes siguiente al período (mensual o trimestral). Regularización anual de bienes de inversión: 1-30 enero del año siguiente.
- Dónde se presenta
- Agencia Tributaria, modelo 309 ↗
- Qué recibe
- Solicitud
Desglose del coste: Gestión 23,00 € (IVA 21% incl.), sin tasa. Además debera ingresar el importe del IVA que resulte de su autoliquidación no periodica..
Modelo 309: IVA autoliquidación no periódica: ¿cómo se tramita?
- 1Conteste las preguntas del chat (~10 minutos).
- 2Validamos supuesto, periodicidad y coherencia de cuotas a los tipos 21/10/4 %.
- 3Pago de 23,00 € (IVA 21% incl.).
- 4Firma del mandato desde su móvil.
- 5Presentamos telemáticamente el modelo 309 ante AEAT.
- 6Recibe la copia diligenciada con CSV y NRC del ingreso.
¿Qué documentos necesita?
- •Facturas o documentos de adquisición/entrega de las operaciones declarables.
- •DUA si la operación implica importación.
- •Si REAGYP: documentación que acredite alta en el régimen.
- •Si recargo de equivalencia: certificación de la actividad minorista.
- •Si entrega intracomunitaria de medio de transporte nuevo: factura, ficha técnica y prueba del transporte (CMR, certificado del transportista).
Base legal y a tener en cuenta
- Plazo: 20 días naturales del mes siguiente al período (1T abril 1-20, 2T julio 1-20, 3T octubre 1-20, 4T enero 1-30 del año siguiente). Regularización bienes inversión: 1-30 enero del año siguiente al cese.
- Si presenta 303 trimestral, NO se usa el 309 (salvo entrega particular medio transporte nuevo o regularización bienes inversión por cese).
- Tipos IVA: 21 % general, 10 % reducido, 4 % superreducido (art. 90-91 LIVA).
- Recargo art. 27 LGT (1-15 %) por extemporaneidad sin requerimiento. Sanción art. 191 LGT (50-150 %) si requerimiento previo.
- Compatible con devolución mensual del IVA si aplicable.
Modelo 309: IVA autoliquidación no periódica: preguntas frecuentes
Modelo 309: IVA autoliquidación no periódica: ¿cuánto cuesta?
El coste total orientativo (gestión + tasas e impuestos oficiales) es 23 €: Gestión 23,00 € (IVA 21% incl.), sin tasa. Además debera ingresar el importe del IVA que resulte de su autoliquidación no periodica.. El honorario de Managora es 23,00 €, IVA 21% incluido (19,01 € de base + 3,99 € de IVA). Este trámite no tiene tasa oficial del organismo.
Modelo 309: IVA autoliquidación no periódica: ¿cuánto tarda?
20 días naturales del mes siguiente al período (mensual o trimestral). Regularización anual de bienes de inversión: 1-30 enero del año siguiente.
Modelo 309: IVA autoliquidación no periódica: ¿qué documentos necesito?
Necesita tener a mano: Facturas o documentos de adquisición/entrega de las operaciones declarables., DUA si la operación implica importación., Si REAGYP: documentación que acredite alta en el régimen., Si recargo de equivalencia: certificación de la actividad minorista., Si entrega intracomunitaria de medio de transporte nuevo: factura, ficha técnica y prueba del transporte (CMR, certificado del transportista).. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.
¿Quién presenta el trámite?
Lo presenta Managora en su nombre ante Agencia Tributaria, modelo 309. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.
¿Se puede hacer online?
Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.
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- Alta como autónomo (Hacienda y Seguridad Social)
- Baja como autónomo (Hacienda + RETA)
- Aplazamiento de deuda con la Seguridad Social (LGSS art. 23 + RD 1415/2004)
- Aplazamiento o fraccionamiento de deuda con la AEAT (art. 65 LGT)
- Solicitud de devolución de ingresos indebidos (LGT art. 221 + RD 520/2005)
- Tarifa Plana de autónomos: solicitud de bonificación
Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Agencia Tributaria, modelo 309 ↗.
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