Modelo 581: Impuesto sobre Hidrocarburos (autoliquidación)

Modelo 581: Impuesto sobre Hidrocarburos (autoliquidación) se presenta ante Agencia Tributaria. Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Lo que le cobramos: 250 €.

Autoliquidación del Impuesto sobre Hidrocarburos (Ley 38/1992 LIIEE arts. 50-55). Sujetos: fabricantes, depositarios autorizados, importadores. Por epígrafe (gasolina 95, gasóleo A, GLP, fuelóleo, gas natural). Tipos estatal + autonómico. Plazo hasta el día 20 del mes/trimestre siguiente. Devoluciones art. 52 ter (gasóleo profesional / agrícola / marítimo / ferroviario).

Guía práctica: Impuestos de la energía: hidrocarburos (581), electricidad (560) e IVPEE (583). Requisitos, plazos y pasos, explicados.

Lo que le cobramos
250 €
Honorario Managora
250,00 € (IVA 21% incl.)
Tasa oficial
Sin tasa
Plazo de resolución
Hasta el día 20 del mes/trimestre siguiente (art. 44.2 RIIEE).
Dónde se presenta
Agencia Tributaria
Qué recibe
Solicitud

Desglose del coste: Gestión 250,00 € (IVA 21% incl.), sin tasa. Además el Impuesto sobre Hidrocarburos que resulte (tipos estatal y autonómico por epígrafe y litros, variable)..

Modelo 581: Impuesto sobre Hidrocarburos (autoliquidación): ¿cómo se tramita?

  1. 1Conteste las preguntas del chat (~12 minutos).
  2. 2Calculamos cuota = cantidad × (tipo estatal + autonómico) - devoluciones.
  3. 3Pago de 250,00 € (IVA 21% incl.).
  4. 4Firma del mandato desde su móvil.
  5. 5Presentación telemática del modelo 581 ante AEAT.

¿Qué documentos necesita?

  • CAE vigente del establecimiento.
  • Libros de contabilidad de existencias (art. 50 RIIEE).
  • Documentos de circulación EMCS (e-DA).
  • Facturas de adquisición / importación.

Base legal y a tener en cuenta

  • Marco: Ley 38/1992 LIIEE arts. 50-55 + RD 1165/1995 RIIEE + Orden HAP/685/2014.
  • Tipos estatales art. 50 LIIEE (gasolina 472,69 €/kL, gasóleo ~379 €/kL post-Ley 7/2024).
  • Tipos autonómicos (tramo autonómico, Ley 22/2009).
  • Devoluciones art. 52 ter LIIEE en modelo 582 anual.

Modelo 581: Impuesto sobre Hidrocarburos (autoliquidación): preguntas frecuentes

Modelo 581: Impuesto sobre Hidrocarburos (autoliquidación): ¿cuánto cuesta?

Le cobramos 250 €: nuestra gestión y, si la hay, la tasa oficial fija que adelantamos. Gestión 250,00 € (IVA 21% incl.), sin tasa. Además el Impuesto sobre Hidrocarburos que resulte (tipos estatal y autonómico por epígrafe y litros, variable).. El honorario de Managora es 250,00 €, IVA 21% incluido (206,61 € de base + 43,39 € de IVA). Este trámite no tiene tasa oficial del organismo.

Modelo 581: Impuesto sobre Hidrocarburos (autoliquidación): ¿cuánto tarda?

Hasta el día 20 del mes/trimestre siguiente (art. 44.2 RIIEE).

Modelo 581: Impuesto sobre Hidrocarburos (autoliquidación): ¿qué documentos necesito?

Necesita tener a mano: CAE vigente del establecimiento., Libros de contabilidad de existencias (art. 50 RIIEE)., Documentos de circulación EMCS (e-DA)., Facturas de adquisición / importación.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.

¿Quién presenta el trámite?

Lo presenta Managora en su nombre ante Agencia Tributaria. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.

¿Se puede hacer online?

Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.

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Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Agencia Tributaria.

Managora Gestion SL (CIF B88823893) es una empresa privada. No somos Agencia Tributaria, ni estamos vinculados, autorizados ni aprobados por ningún organismo público, y este sitio no es una sede electrónica. Lo que usted paga en esta página es nuestro honorario por preparar, firmar y presentar el trámite en su nombre: es distinto de la tasa oficial, que cuando la hay es del organismo y se le muestra por separado. Puede realizar este trámite usted mismo, directamente ante Agencia Tributaria.

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