Modelo 714: Impuesto sobre el Patrimonio

Modelo 714: Impuesto sobre el Patrimonio se presenta ante Sede AEAT, Modelo 714 telemático. Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Coste total orientativo: 73 €. Tasa oficial: Cuota IP variable según base liquidable y CCAA. Si > 3M €: ITSGF complementario.

Le tramitamos la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio (Ley 19/1991) y, si patrimonio neto > 3M €, también el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (ITSGF, Ley 38/2022). Calculamos el patrimonio neto a 31/12 con la valoración de cada bien (catastral / Hacienda / mercado / coste), aplicamos exenciones (vivienda habitual hasta 300.000 €, empresa familiar art. 4.Ocho, planes de pensiones, patrimonio histórico), mínimo exento autonómico (700.000 € general, 500.000 € Cataluña/Valencia, 400.000 € Aragón), escala progresiva 0,2-3,5%, bonificaciones autonómicas (Madrid, Andalucía, Galicia, Extremadura al 100%) y límite del art. 31 LIP (60% IRPF). Obligación de declarar si cuota > 0 o bienes > 2.000.000 €.

Guía práctica: Impuesto sobre el Patrimonio y grandes fortunas (modelo 714). Requisitos, plazos y pasos, explicados.

Coste total orientativo
73 €
Honorario Managora
73,00 € (IVA 21% incl.)
Tasa oficial
Cuota IP variable según base liquidable y CCAA. Si > 3M €: ITSGF complementario. (suplido, sin IVA)
Plazo de resolución
Misma campaña que IRPF: del 7 de abril al 30 de junio aprox. Pago obligatorio domiciliación.
Qué recibe
Solicitud

Desglose del coste: Gestión 73,00 € (IVA 21% incl.), más el importe del impuesto que resulte de su declaración: la cuota del Patrimonio es variable según base y CCAA (e ITSGF si supera 3 M €)..

Modelo 714: Impuesto sobre el Patrimonio: ¿cómo se tramita?

  1. 1Conteste las preguntas del chat (~15 minutos).
  2. 2Calculamos el patrimonio neto a 31/12.
  3. 3Aplicamos exenciones, mínimo exento autonómico y bonificaciones.
  4. 4Verificamos límite del art. 31 LIP (60% IRPF).
  5. 5Detectamos si patrimonio > 3M € → también ITSGF (modelo 718).
  6. 6Pago de 73,00 € (IVA 21% incl.) por la asesoría y presentación.
  7. 7Le entregamos el modelo 714 listo para presentación telemática.

¿Qué documentos necesita?

  • DNI / NIE.
  • Certificados bancarios de saldos a 31/12 y saldos medios 4º trimestre.
  • Certificación de fondos de inversión y depósitos.
  • Cotización de acciones cotizadas (último trimestre del ejercicio).
  • Cuentas anuales de sociedades no cotizadas.
  • Escrituras y referencias catastrales de inmuebles.
  • Listado completo de cargas y deudas a 31/12.
  • Documentación empresa familiar exenta (acta JG, retribuciones).
  • Certificado planes de pensiones.
  • Datos del IRPF (base imponible y cuota íntegra) para aplicar el límite art. 31.

Base legal y a tener en cuenta

  • Marco: Ley 19/1991 IP + Ley 38/2022 ITSGF + RD 1704/1999.
  • Hecho imponible: titularidad de patrimonio neto a 31/12.
  • Sujetos: residentes (obligación personal, patrimonio mundial); no residentes (obligación real, España); impatriados (opción real).
  • Exenciones clave: vivienda habitual hasta 300.000 €; empresa familiar art. 4.Ocho; planes de pensiones; patrimonio histórico.
  • Mínimo exento general: 700.000 €. CCAA pueden modificar (Cataluña/Valencia 500.000 €; Aragón 400.000 €).
  • Escala estatal: 0,2% - 3,5%. CCAA pueden modificar tarifa.
  • Bonificaciones autonómicas: Madrid, Andalucía, Galicia, Extremadura al 100%.
  • Límite art. 31 LIP: cuota IP+IRPF ≤ 60% base imponible IRPF; reducción mínima IP del 20%.
  • Obligación de declarar: cuota > 0 o bienes > 2.000.000 €.
  • Plazo: campaña IRPF (abril-junio).
  • ITSGF (Ley 38/2022): patrimonios > 3M €. Tipos 1,7%, 2,1%, 3,5%. Modelo 718. Si CCAA bonifica IP al 100%, ITSGF cubre la cuota dejada de pagar.
  • Conexiones naturales: irpf_renta_anual, isd_sucesiones, isd_donacion, modelo_720_bienes_extranjero, plan_pensiones_rescate.

Modelo 714: Impuesto sobre el Patrimonio: preguntas frecuentes

Modelo 714: Impuesto sobre el Patrimonio: ¿cuánto cuesta?

El coste total orientativo (gestión + tasas e impuestos oficiales) es 73 €: Gestión 73,00 € (IVA 21% incl.), más el importe del impuesto que resulte de su declaración: la cuota del Patrimonio es variable según base y CCAA (e ITSGF si supera 3 M €).. El honorario de Managora es 73,00 €, IVA 21% incluido (60,33 € de base + 12,67 € de IVA). La tasa oficial del organismo (suplido, sin IVA) es: Cuota IP variable según base liquidable y CCAA. Si > 3M €: ITSGF complementario..

Modelo 714: Impuesto sobre el Patrimonio: ¿cuánto tarda?

Misma campaña que IRPF: del 7 de abril al 30 de junio aprox. Pago obligatorio domiciliación.

Modelo 714: Impuesto sobre el Patrimonio: ¿qué documentos necesito?

Necesita tener a mano: DNI / NIE., Certificados bancarios de saldos a 31/12 y saldos medios 4º trimestre., Certificación de fondos de inversión y depósitos., Cotización de acciones cotizadas (último trimestre del ejercicio)., Cuentas anuales de sociedades no cotizadas., Escrituras y referencias catastrales de inmuebles., Listado completo de cargas y deudas a 31/12., Documentación empresa familiar exenta (acta JG, retribuciones)., Certificado planes de pensiones., Datos del IRPF (base imponible y cuota íntegra) para aplicar el límite art. 31.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.

¿Quién presenta el trámite?

Lo presenta Managora en su nombre ante Sede AEAT, Modelo 714 telemático. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.

¿Se puede hacer online?

Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.

Trámites relacionados

Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Sede AEAT, Modelo 714 telemático.

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