Nombramiento, cese o renovación de administrador (SL)
Tramitamos el nombramiento, cese (por dimisión o separación), renovación o modificación del órgano de administración de su SL (LSC arts. 209-252). Validamos modo de organización (administrador único, varios solidarios, mancomunados o consejo de administración con mín. 3 miembros), aceptación expresa del cargo (art. 214 LSC), retribución conforme a estatutos (art. 217), duración del mandato y mayoría legal en Junta General. Tramitamos escritura pública e inscripción en el Registro Mercantil; comunicación a AEAT vía modelo 036 si el administrador asume representación fiscal.
- Precio Managora
- 49,00 €
- Tasa oficial
- Sin AJD ni ITP. Notaría 200-400 € + RM 80-150 €.
- Plazo
- Tramitación total 3-6 semanas (Junta + escritura + RM 15-30 días).
- Dónde se presenta
- Notario + Registro Mercantil + AEAT (modelo 036)
- Qué recibe
- Solicitud
Cómo lo hacemos
- 1Conteste las preguntas del chat (~10 minutos).
- 2Detectamos tipo de operación y validamos: aceptación del cargo, mayoría legal, modo de administración compatible con estatutos, mínimo 3 miembros si consejo.
- 3Pago de 49 € por la gestión + ~200-400 € notaría + ~80-150 € RM.
- 4Firma del mandato desde su móvil.
- 5Le redactamos el borrador de la escritura con la certificación del acta y aceptaciones.
- 6Coordinamos cita notarial con todos los administradores entrantes para aceptación.
- 7Inscripción en el Registro Mercantil. Eficacia frente a terceros desde la inscripción.
- 8Si aplica: actualización del modelo 036 AEAT con los nuevos representantes.
- 9Le informamos del régimen de responsabilidad de administradores (arts. 236-241 LSC).
Qué necesita tener a mano
- •CIF de la sociedad y datos de inscripción en RM.
- •Acta de Junta General que acordó el nombramiento/cese.
- •Convocatoria publicada/notificada conforme art. 186 LSC.
- •Aceptación expresa del cargo de cada administrador entrante (art. 214 LSC).
- •DNI / NIE / CIF de cada administrador entrante.
- •Si persona jurídica administrador: identificación del representante físico.
- •Estatutos vigentes (para verificar previsión de retribución y duración).
A tener en cuenta
- Marco: LSC arts. 209-252 + RRM arts. 142-147 + LIRPF art. 17.2.e + LIS art. 15.
- Modos de administración (art. 210 LSC): único, solidarios, mancomunados, consejo (mín. 3 miembros art. 242).
- Aceptación (art. 214 LSC): el nombramiento es eficaz desde la aceptación. La aceptación puede ser tácita o expresa (suele formalizarse en escritura).
- Inscripción en RM: efectos frente a terceros desde la inscripción (art. 21 CC + 14 LSC). El nombramiento es válido entre las partes desde la aceptación.
- Retribución (art. 217 LSC): cargo GRATUITO salvo previsión estatutaria. Si retribuido: cuantía aprobada por Junta dentro de los límites estatutarios. Para deducirlo en IS, debe estar previsto en estatutos.
- Duración (art. 221 LSC): indefinida en SL salvo plazo estatutario. Las renovaciones se inscriben en RM.
- Separación (art. 223 LSC): la Junta puede separar al administrador en cualquier momento, sin necesidad de causa, por mayoría simple.
- Responsabilidad (arts. 236-241 LSC): los administradores responden solidariamente del daño causado por actos u omisiones contrarios a la ley o estatutos. Acción social y acción individual.
- Conexiones naturales: constitucion_sl (alta inicial), modificacion_estatutos_sl (si cambio de modo administración requiere modificación), deposito_cuentas_anuales (firma del administrador).
- Casos especiales: persona jurídica administradora exige representante físico permanente (art. 212 bis LSC); consejero delegado se inscribe con sus facultades concretas (art. 249).
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta tramitar nombramiento, cese o renovación de administrador (sl) con Managora?
El precio del servicio de Managora es 49,00 €. La tasa oficial del organismo es: Sin AJD ni ITP. Notaría 200-400 € + RM 80-150 €..
¿Cuánto tarda?
Tramitación total 3-6 semanas (Junta + escritura + RM 15-30 días).
¿Qué documentos necesito?
Necesita tener a mano: CIF de la sociedad y datos de inscripción en RM., Acta de Junta General que acordó el nombramiento/cese., Convocatoria publicada/notificada conforme art. 186 LSC., Aceptación expresa del cargo de cada administrador entrante (art. 214 LSC)., DNI / NIE / CIF de cada administrador entrante., Si persona jurídica administrador: identificación del representante físico., Estatutos vigentes (para verificar previsión de retribución y duración).. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.
¿Quién presenta el trámite?
Lo presenta Managora en su nombre ante Notario + Registro Mercantil + AEAT (modelo 036). Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.
¿Es válido legalmente?
Sí. Usted firma un mandato simple en pantalla que nos autoriza a actuar en su nombre. Recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez.
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Lo presentamos por usted, de principio a fin.
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