Rectificación de autoliquidación IRPF (modelo 100 rectificativo)

Rectificación de autoliquidación IRPF (modelo 100 rectificativo) se presenta ante Agencia Tributaria: rectificación de autoliquidación. Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Coste total orientativo: 84 €.

Tramitamos la corrección de su declaración de la Renta (modelo 100) cuando descubre un error que le perjudica (no aplicó una deducción a la que tenía derecho, declaró rendimientos que no correspondían, no aplicó el mínimo personal o familiar, omitió retenciones o gastos deducibles) y reclama la devolución del exceso ingresado. Desde la campaña de Renta 2023 la vía es la autoliquidación rectificativa: se presenta de nuevo el modelo 100 marcando la casilla de rectificativa, conforme al art. 120.3 LGT en la redacción dada por la Ley 13/2023. Para ejercicios anteriores presentamos la solicitud de rectificación de los arts. 126 a 129 del RGAT. Nosotros identificamos cuál de las dos vías corresponde a su ejercicio. Plazo: 4 años desde el fin del plazo de presentación, o desde la presentación si fue fuera de plazo (art. 66 LGT). Sin tasa: la Agencia Tributaria no cobra nada por corregir la Renta; usted solo paga nuestro honorario.

Guía práctica: La declaracion de la Renta (IRPF, modelo 100). Requisitos, plazos y pasos, explicados.

Coste total orientativo
84 €
Honorario Managora
84,00 € (IVA 21% incl.)
Tasa oficial
Sin tasa
Plazo de resolución
4 años desde el día siguiente al fin del plazo de presentación de la declaración que se corrige (art. 66 LGT). Si va por autoliquidación rectificativa (Renta 2023 en adelante), la Agencia Tributaria dispone de 6 meses desde la presentación para practicar la devolución antes de que empiecen a devengarse intereses de demora a su favor (art. 103 Ley 35/2006). Si va por solicitud de rectificación (ejercicios anteriores), la Agencia Tributaria resuelve en 6 meses y su silencio es desestimatorio (art. 128 RGAT).
Qué recibe
Solicitud

Desglose del coste: Gestión 84,00 € (IVA 21% incl.). La Agencia Tributaria no cobra tasa por corregir la declaración de la Renta, ni por la autoliquidación rectificativa ni por la solicitud de rectificación, así que no hay coste oficial añadido. Con la solicitud reclamamos la devolución del exceso ingresado..

Rectificación de autoliquidación IRPF (modelo 100 rectificativo): ¿cómo se tramita?

  1. 1Conteste las preguntas del chat (~10 minutos).
  2. 2Validamos plazo de prescripción y motivo.
  3. 3Pago de 84,00 € (IVA 21% incl.).
  4. 4Firma del mandato desde su móvil.
  5. 5Presentamos ante la Agencia Tributaria la autoliquidación rectificativa (Renta 2023 en adelante) o la solicitud de rectificación (ejercicios anteriores), según su caso.
  6. 6Le avisamos en cuanto la Agencia Tributaria se pronuncie y, si acuerda la devolución, la recibe por transferencia en el IBAN que nos indique. El sentido de la resolución lo decide la Agencia Tributaria, no nosotros.

¿Qué documentos necesita?

  • Autoliquidación original del IRPF que se rectifica (modelo 100).
  • Documentación que acredite el error o el derecho omitido (factura, certificado, sentencia, etc.).
  • Certificado bancario del IBAN para la devolución.

Base legal y a tener en cuenta

  • Plazo: 4 años desde fin del plazo de presentación o desde la presentación si fue fuera de plazo (art. 66 LGT).
  • En la solicitud de rectificación (ejercicios anteriores a Renta 2023), si la Agencia Tributaria no resuelve en 6 meses el silencio es desestimatorio (art. 128 RGAT): cabe recurso de reposición o reclamación económico-administrativa ante el TEAR, que también le tramitamos nosotros.
  • La rectificación solo procede si el error PERJUDICA al contribuyente. Si le BENEFICIA y la AEAT debe cobrar, no es vía: se presenta autoliquidación complementaria (art. 122 LGT).
  • Intereses de demora a su favor: si lo pagado se califica como ingreso indebido, se devengan desde la fecha en que usted lo ingresó (art. 32 LGT). Si se trata de una devolución derivada de la normativa del tributo, se devengan a partir de los 6 meses (art. 31 LGT y art. 103 Ley 35/2006). Los reclamamos en el escrito cuando proceden.
  • El plazo de 4 años se aplica también cuando la corrección se apoya en una sentencia del TJUE o del Tribunal Supremo: una sentencia posterior no reabre ejercicios ya prescritos. Antes de que pague nada comprobamos que su ejercicio sigue dentro de plazo.

Rectificación de autoliquidación IRPF (modelo 100 rectificativo): preguntas frecuentes

Rectificación de autoliquidación IRPF (modelo 100 rectificativo): ¿cuánto cuesta?

El coste total orientativo (gestión + tasas e impuestos oficiales) es 84 €: Gestión 84,00 € (IVA 21% incl.). La Agencia Tributaria no cobra tasa por corregir la declaración de la Renta, ni por la autoliquidación rectificativa ni por la solicitud de rectificación, así que no hay coste oficial añadido. Con la solicitud reclamamos la devolución del exceso ingresado.. El honorario de Managora es 84,00 €, IVA 21% incluido (69,42 € de base + 14,58 € de IVA). Este trámite no tiene tasa oficial del organismo.

Rectificación de autoliquidación IRPF (modelo 100 rectificativo): ¿cuánto tarda?

4 años desde el día siguiente al fin del plazo de presentación de la declaración que se corrige (art. 66 LGT). Si va por autoliquidación rectificativa (Renta 2023 en adelante), la Agencia Tributaria dispone de 6 meses desde la presentación para practicar la devolución antes de que empiecen a devengarse intereses de demora a su favor (art. 103 Ley 35/2006). Si va por solicitud de rectificación (ejercicios anteriores), la Agencia Tributaria resuelve en 6 meses y su silencio es desestimatorio (art. 128 RGAT).

Rectificación de autoliquidación IRPF (modelo 100 rectificativo): ¿qué documentos necesito?

Necesita tener a mano: Autoliquidación original del IRPF que se rectifica (modelo 100)., Documentación que acredite el error o el derecho omitido (factura, certificado, sentencia, etc.)., Certificado bancario del IBAN para la devolución.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.

¿Quién presenta el trámite?

Lo presenta Managora en su nombre ante Agencia Tributaria: rectificación de autoliquidación. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.

¿Se puede hacer online?

Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.

Trámites relacionados

Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Agencia Tributaria: rectificación de autoliquidación.

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