Régimen Beckham (impatriados) — Modelos 149 / 151

Tramitamos su acogida al régimen especial de impatriados (popularmente conocido como régimen Beckham): solicitud inicial mediante modelo 149 y declaración anual mediante modelo 151. Validamos los requisitos del art. 93 LIRPF (no residencia fiscal en España los 5 años anteriores, motivo del desplazamiento, sin actividad vía EP) tras la flexibilización de la Ley 28/2022 (Startup Law) que admite teletrabajadores con visa de nómada digital y profesionales en startups. Comparamos automáticamente la cuota Beckham (24 % hasta 600.000 € + 47 % exceso) con la del IRPF general progresivo para confirmar que merece la pena.

Precio Managora
29,00 €
Tasa oficial
Sin tasa
Plazo
Modelo 149: 6 meses desde el inicio de la actividad. Modelo 151: igual que el modelo 100 (aprox. 1 abril - 30 junio del año siguiente al ejercicio).
Dónde se presenta
Agencia Tributaria — modelos 149 (solicitud) y 151 (declaración anual)
Qué recibe
Solicitud

Cómo lo hacemos

  1. 1Conteste las preguntas del chat (~10-15 minutos).
  2. 2Validamos el cumplimiento de los requisitos del art. 93 LIRPF y comparamos la cuota Beckham con la del IRPF general progresivo. Si no le merece la pena, lo decimos honestamente.
  3. 3Pago de 29 €.
  4. 4Firma del mandato desde su móvil.
  5. 5Presentamos telemáticamente el modelo 149 (si solicitud) o el modelo 151 (si declaración anual) ante AEAT con su certificado / Cl@ve.
  6. 6Recibe la copia diligenciada con CSV de presentación. Si modelo 149: AEAT resolverá su acogida en los 10 días siguientes.

Qué necesita tener a mano

  • NIE en vigor.
  • Certificado de residencia fiscal de los 5 años previos al desplazamiento (acredita no residencia en España).
  • Si contrato laboral: contrato de trabajo + alta en Seguridad Social.
  • Si administrador: escritura de nombramiento + certificación del Registro Mercantil.
  • Si emprendedor: documentación del proyecto empresarial calificado.
  • Si startup: contrato con la empresa emergente y documentación de su calificación ENISA.
  • Si nómada digital: visa de teletrabajo internacional concedida.
  • Certificado de empadronamiento en municipio español.
  • Si renueva 151: copia del modelo 149 anterior con la opción ejercitada.

A tener en cuenta

  • Régimen aplicable durante el año del desplazamiento + 5 ejercicios siguientes (6 ejercicios totales).
  • Tipos: 24 % sobre los primeros 600.000 € de rendimientos del trabajo y actividades + 47 % sobre el exceso. Capital y ganancias: tipos del ahorro IRPF (19-28 %).
  • NO se aplican mínimos personales/familiares ni deducciones autonómicas.
  • Tras Ley 28/2022 (Startup Law, 1-ene-2023): años previos sin residencia fiscal pasan de 10 a 5; se admiten teletrabajadores con visa nómada digital y profesionales altamente cualificados en startups; cónyuge e hijos <25 también pueden acogerse.
  • Plazo modelo 149: 6 meses desde el inicio de la actividad. Pasado el plazo, NO se puede acoger por este desplazamiento.
  • Plazo modelo 151: igual que el modelo 100 IRPF (aprox. abril-junio del año siguiente).
  • Renuncia voluntaria: en el modelo 149 antes del 30 noviembre del año anterior al de aplicación.
  • Comparativa con IRPF general: el régimen Beckham suele compensar a partir de ~50.000-60.000 € de rendimientos del trabajo, dependiendo de las deducciones autonómicas perdidas.
  • Coordinar con NIE en vigor (use renovacion_tie si caducado).

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta tramitar régimen beckham (impatriados) — modelos 149 / 151 con Managora?

El precio del servicio de Managora es 29,00 €. Este trámite no tiene tasa oficial del organismo.

¿Cuánto tarda?

Modelo 149: 6 meses desde el inicio de la actividad. Modelo 151: igual que el modelo 100 (aprox. 1 abril - 30 junio del año siguiente al ejercicio).

¿Qué documentos necesito?

Necesita tener a mano: NIE en vigor., Certificado de residencia fiscal de los 5 años previos al desplazamiento (acredita no residencia en España)., Si contrato laboral: contrato de trabajo + alta en Seguridad Social., Si administrador: escritura de nombramiento + certificación del Registro Mercantil., Si emprendedor: documentación del proyecto empresarial calificado., Si startup: contrato con la empresa emergente y documentación de su calificación ENISA., Si nómada digital: visa de teletrabajo internacional concedida., Certificado de empadronamiento en municipio español., Si renueva 151: copia del modelo 149 anterior con la opción ejercitada.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.

¿Quién presenta el trámite?

Lo presenta Managora en su nombre ante Agencia Tributaria — modelos 149 (solicitud) y 151 (declaración anual). Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.

¿Es válido legalmente?

Sí. Usted firma un mandato simple en pantalla que nos autoriza a actuar en su nombre. Recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez.

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