Solicitud de subvención pública (Ley 38/2003 LGS + RD 887/2006)

Solicitud de subvención pública (Ley 38/2003 LGS + RD 887/2006) se presenta ante Organismo convocante (sede electrónica). Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Lo que le cobramos: 479 €. Tasa oficial: Sin tasa.

Le redactamos la solicitud para concurrir a una convocatoria de subvención pública (concurrencia competitiva, concesión directa nominativa, ayuda de oficio o régimen UE de minimis). Verificamos requisitos generales (estar al corriente con AEAT y SS, no estar incurso en las prohibiciones del art. 13 LGS), límites de la convocatoria, porcentaje máximo de cofinanciación y memoria técnica + plan económico-financiero.

Guía práctica: Subvenciones publicas para empresas y autónomos: como solicitarlas. Requisitos, plazos y pasos, explicados.

Lo que le cobramos
479 €
Honorario Managora
479,00 € (IVA 21% incl.)
Tasa oficial
Sin tasa.
Plazo de resolución
Resolución según convocatoria (3-6 meses habitual). Justificación posterior con plazo establecido.
Qué recibe
Solicitud

Desglose del coste: Gestión 479,00 € (IVA 21% incl.), sin tasa. La subvención es a su favor; no hay costes oficiales que abonar..

Solicitud de subvención pública (Ley 38/2003 LGS + RD 887/2006): ¿cómo se tramita?

  1. 1Conteste las preguntas (~10 minutos).
  2. 2Pago de 479,00 € (IVA 21% incl.).
  3. 3Le entregamos solicitud lista para sede del organismo.

¿Qué documentos necesita?

  • DNI/NIF/CIF del beneficiario.
  • Cert. AEAT y SS al corriente.
  • Declaración responsable art. 13 LGS.
  • Memoria técnica y plan económico.
  • Bases reguladoras y convocatoria publicada.

Requisitos previos que también hacemos nosotros

Para este trámite necesita documentos que también tramitamos. Si le falta alguno, pídanoslo aquí y vuelva cuando lo tenga:

Base legal y a tener en cuenta

  • Marco: Ley 38/2003 LGS + RD 887/2006 + bases + convocatoria.
  • Régimen UE de minimis: 300.000 € / 3 años (Reg. UE 2023/2831).
  • Justificación posterior obligatoria.
  • Conexiones naturales: modelo_036, alta_autonomo, constitucion_sl.

Solicitud de subvención pública (Ley 38/2003 LGS + RD 887/2006): preguntas frecuentes

Solicitud de subvención pública (Ley 38/2003 LGS + RD 887/2006): ¿cuánto cuesta?

Le cobramos 479 €: nuestra gestión y, si la hay, la tasa oficial fija que adelantamos. Gestión 479,00 € (IVA 21% incl.), sin tasa. La subvención es a su favor; no hay costes oficiales que abonar.. El honorario de Managora es 479,00 €, IVA 21% incluido (395,87 € de base + 83,13 € de IVA). La tasa oficial del organismo (suplido, sin IVA) es: Sin tasa..

Solicitud de subvención pública (Ley 38/2003 LGS + RD 887/2006): ¿cuánto tarda?

Resolución según convocatoria (3-6 meses habitual). Justificación posterior con plazo establecido.

Solicitud de subvención pública (Ley 38/2003 LGS + RD 887/2006): ¿qué documentos necesito?

Necesita tener a mano: DNI/NIF/CIF del beneficiario., Cert. AEAT y SS al corriente., Declaración responsable art. 13 LGS., Memoria técnica y plan económico., Bases reguladoras y convocatoria publicada.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.

¿Quién presenta el trámite?

Lo presenta Managora en su nombre ante Organismo convocante (sede electrónica). Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.

¿Se puede hacer online?

Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.

Trámites relacionados

Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Organismo convocante (sede electrónica).

Managora Gestion SL (CIF B88823893) es una empresa privada. No somos Organismo convocante (sede electrónica), ni estamos vinculados, autorizados ni aprobados por ningún organismo público, y este sitio no es una sede electrónica. Lo que usted paga en esta página es nuestro honorario por preparar, firmar y presentar el trámite en su nombre: es distinto de la tasa oficial, que cuando la hay es del organismo y se le muestra por separado. Puede realizar este trámite usted mismo, directamente ante Organismo convocante (sede electrónica).

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Lo presentamos por usted, de principio a fin.

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