Alta en el Registro Sanitario de Alimentos (RGSEAA)
Alta en el Registro Sanitario de Alimentos (RGSEAA) se presenta ante Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN). Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Coste total orientativo: 199 € a 199 €. Tasa oficial: Tasa oficial no confirmada en la fuente consultada. Se la comunicamos por escrito antes de que pague nada.
Tramitamos su alta obligatoria en el Registro General Sanitario para que pueda producir, envasar, importar o vender alimentos legalmente en España. Evite multas e inspecciones, y obtenga su número de registro sanitario para facturar sin problemas a clientes y plataformas.
- Coste total orientativo
- 199 € a 199 €
- Honorario Managora
- 240,79 € (IVA 21% incl.)
- Tasa oficial
- Tasa oficial no confirmada en la fuente consultada. Se la comunicamos por escrito antes de que pague nada. (suplido, sin IVA)
- Plazo de resolución
- La presentación de la comunicación previa permite iniciar la actividad simultáneamente. No se indica en la norma un plazo máximo para la resolución de la inscripción definitiva en el Registro.
- Dónde se presenta
- Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) ↗
- Qué recibe
- Solicitud
Desglose del coste: Gestión 199 €. (Posibles tasas autonómicas o redacción de APPCC no incluidas en este presupuesto inicial)..
¿Cómo se tramita alta en el registro sanitario de alimentos (rgseaa)?
- 1Complete el formulario con los datos de su empresa y seleccione las categorías que mejor describan su actividad alimentaria.
- 2Un experto revisará la información y determinará las claves correspondientes en el RGSEAA para su negocio.
- 3Presentaremos la comunicación previa ante la autoridad competente, lo que le permitirá iniciar su actividad legalmente de forma simultánea.
- 4Le guiaremos durante el procedimiento por si la administración requiere memoria técnica o plan APPCC específico.
¿Qué documentos necesita?
- •Copia del DNI, NIE o CIF
- •Memoria descriptiva de la actividad y/o Plan de Autocontrol (APPCC) (requerido a nivel autonómico tras la presentación)
Base legal y a tener en cuenta
- La presentación de la comunicación previa es condición suficiente para iniciar la actividad simultáneamente (Art. 6 del RD 191/2011).
- El registro es unificado de ámbito estatal pero se gestiona coordinadamente con los registros de los órganos competentes de las comunidades autónomas.
Preguntas frecuentes sobre alta en el registro sanitario de alimentos (rgseaa)
¿Cuánto cuesta alta en el registro sanitario de alimentos (rgseaa)?
El coste total orientativo (gestión + tasas e impuestos oficiales) es 199 € a 199 €: Gestión 199 €. (Posibles tasas autonómicas o redacción de APPCC no incluidas en este presupuesto inicial).. El honorario de Managora es 240,79 €, IVA 21% incluido (199,00 € de base + 41,79 € de IVA). La tasa oficial del organismo (suplido, sin IVA) es: Tasa oficial no confirmada en la fuente consultada. Se la comunicamos por escrito antes de que pague nada..
¿Cuánto tarda alta en el registro sanitario de alimentos (rgseaa)?
La presentación de la comunicación previa permite iniciar la actividad simultáneamente. No se indica en la norma un plazo máximo para la resolución de la inscripción definitiva en el Registro.
¿Qué documentos necesito?
Necesita tener a mano: Copia del DNI, NIE o CIF, Memoria descriptiva de la actividad y/o Plan de Autocontrol (APPCC) (requerido a nivel autonómico tras la presentación). No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.
¿Quién presenta el trámite?
Lo presenta Managora en su nombre ante Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN). Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.
¿Se puede hacer online?
Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.
Trámites relacionados
- Alta como autónomo (Hacienda y Seguridad Social)
- Baja como autónomo (Hacienda + RETA)
- Alta o renovación de certificado digital FNMT (CERES)
- Aplazamiento de deuda con la Seguridad Social (LGSS art. 23 + RD 1415/2004)
- Aplazamiento o fraccionamiento de deuda con la AEAT (art. 65 LGT)
- Solicitud de devolución de ingresos indebidos (LGT art. 221 + RD 520/2005)
Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) ↗.
¿Empezamos con alta en el registro sanitario de alimentos (rgseaa)?
Lo presentamos por usted, de principio a fin.
Empezar ahora →