Certificado Internacional de Importación (CII): el documento oficial español que pide su proveedor extranjero para exportarle

Certificado Internacional de Importación (CII): el documento oficial español que pide su proveedor extranjero para exportarle se presenta ante Secretaría de Estado de Comercio (Ministerio de Economía, Comercio y Empresa), por el Registro Electrónico Común. Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Lo que le cobramos: 279 €. Tasa oficial: No consta ninguna tasa: ni el RD 679/2014 ni el Manual del Operador de la Secretaría de Estado de Comercio prevén ninguna por expedir el CII, así que el precio no lleva suplidos. La licencia de exportación la pide su proveedor ante la autoridad de su país y no forma parte de este encargo ni de su precio.

Cuando la autoridad del país de su proveedor exige un certificado oficial español para concederle la licencia de exportación (China puede pedirlo, por ejemplo, para tierras raras e imanes), la Secretaría de Estado de Comercio expide a su empresa el Certificado Internacional de Importación (CII). Le preparamos la solicitud con los datos del contrato y del producto. El procedimiento pide el formulario firmado electrónicamente: lo firma el representante legal de su empresa (o usted, si es autónomo) con su propio certificado, que nunca nos da. Nosotros lo presentamos por el Registro Electrónico Común como representantes de su empresa, con el mandato que usted firma, avisamos a la JIMDDU y seguimos la solicitud hasta que se expide.

Guía práctica: Licencia de exportación de doble uso en España: cómo saber si su producto está controlado, inscripción en el REOCE, JIMDDU y plazos. Requisitos, plazos y pasos, explicados.

Lo que le cobramos
279 €
Honorario Managora
279,00 € (IVA 21% incl.)
Tasa oficial
No consta ninguna tasa: ni el RD 679/2014 ni el Manual del Operador de la Secretaría de Estado de Comercio prevén ninguna por expedir el CII, así que el precio no lleva suplidos. La licencia de exportación la pide su proveedor ante la autoridad de su país y no forma parte de este encargo ni de su precio.
Plazo de resolución
No hay un plazo publicado para que la Secretaría de Estado de Comercio expida el CII, así que no le prometemos días: lo presentamos en cuanto tenemos sus datos, sus documentos, el mandato firmado y el formulario firmado electrónicamente. Una vez expedido, vale 6 meses para presentarlo ante las autoridades del país exportador.
Qué recibe
Solicitud

Desglose del coste: Certificado Internacional de Importación (CII) 279 € (IVA incluido): preparación de la solicitud con los datos de la operación, presentación por el Registro Electrónico Común como representantes de su empresa, aviso a la JIMDDU y seguimiento hasta la expedición. Sin tasa conocida..

Certificado Internacional de Importación (CII): el documento oficial español que pide su proveedor extranjero para exportarle: ¿cómo se tramita?

  1. 1Conteste las preguntas (unos 10 minutos) y suba el contrato o pedido, la ficha técnica del producto y lo que le ha pedido su proveedor.
  2. 2Si sus respuestas muestran que lo que le piden no es un CII, se lo decimos antes de pagar y le indicamos qué documento es.
  3. 3Pago: 279 € (IVA incluido). Sin tasa conocida.
  4. 4Firme en la web el mandato con el que su empresa nos autoriza a presentar la solicitud en su nombre.
  5. 5Preparamos la solicitud del CII con los datos de la operación (proveedor, producto, cantidad, valor, usuario final y uso final) y se la enviamos para que el representante legal de su empresa (o usted, si es autónomo) firme electrónicamente el formulario con su propio certificado. Con el formulario firmado, lo presentamos por el Registro Electrónico Común ante la Secretaría de Estado de Comercio y enviamos el justificante del registro a la JIMDDU, como pide el procedimiento. Nunca le pedimos su certificado digital.
  6. 6Le avisamos si la Administración pide algo más y seguimos la solicitud hasta que se expide el CII. Desde ese momento vale 6 meses para presentarlo ante la autoridad del país exportador.

¿Qué documentos necesita?

  • •Contrato, pedido o factura proforma de la operación con el proveedor extranjero.
  • •Ficha técnica o especificaciones del producto.
  • •Lo que le ha pedido su proveedor o la autoridad de su país (correo, carta o modelo).
  • •Mandato con el que su empresa nos autoriza a presentar la solicitud, que firma en la web después de pagar, y el formulario de solicitud del CII, que le dejamos preparado y firma electrónicamente el representante legal de su empresa (o usted, si es autónomo) con su propio certificado.

Requisitos previos que también hacemos nosotros

Y lo que preste un tercero, se lo organizamos

  • Traducción jurada al español
  • Apostilla o legalización de un documento extranjero

No tiene que buscar a nadie: lo coordinamos nosotros. Al prestarlo un tercero se presupuesta aparte y no va dentro del precio de este trámite, y le decimos el importe antes de encargarlo.

Base legal y a tener en cuenta

  • La Secretaría de Estado de Comercio expide el Certificado Internacional de Importación al importador cuando las autoridades de otro país lo requieren para controlar sus exportaciones de productos de doble uso (art. 31.2 y anexo VI.17 del RD 679/2014). Desde el 1 de marzo de 2026 su Manual del Operador recoge también la solicitud para justificar que una mercancía no sometida a control puede introducirse en España.
  • El CII vale 6 meses para presentarlo ante las autoridades del país de origen y no puede cederse a terceros: se expide a nombre de su empresa y no sirve para otra.
  • En China, el Anuncio 18/2025 de MOFCOM sigue exigiendo licencia para exportar samario, gadolinio, terbio, disprosio, lutecio, escandio e itrio y los imanes de samario-cobalto y de NdFeB con terbio o disprosio; también exportan con licencia determinados productos de galio, germanio, grafito y antimonio. La licencia la pide el exportador chino ante MOFCOM con el certificado de usuario final que emite el propio usuario final, y MOFCOM puede exigir además un documento emitido o certificado por un organismo público del país del usuario final.
  • MOFCOM resuelve en 45 días hábiles desde que admite la solicitud de su proveedor, sin contar el tiempo de las verificaciones. El usuario final se compromete a no cambiar el uso final ni transferir la mercancía a terceros sin permiso de MOFCOM, lo que afecta a la reventa y a la reexportación. Los anuncios chinos del 9 de octubre de 2025 (55 a 58, 61 y 62) siguen suspendidos hasta el 10 de noviembre de 2026.
  • No es el Certificado de Último Destino que expide el Ministerio de Defensa (DGAM), que es solo para material de defensa, ni la Declaración de Último Destino que firma el destinatario final cuando se exporta desde España.
  • La expedición del CII y la licencia del país exportador las deciden sus autoridades: no las garantizamos. La declaración en aduana de la importación la presenta su empresa o un representante aduanero inscrito; nosotros le dejamos preparados el certificado y los datos de la operación.

Certificado Internacional de Importación (CII): el documento oficial español que pide su proveedor extranjero para exportarle: preguntas frecuentes

Certificado Internacional de Importación (CII): el documento oficial español que pide su proveedor extranjero para exportarle: ¿cuánto cuesta?

Le cobramos 279 €: nuestra gestión y, si la hay, la tasa oficial fija que adelantamos. Certificado Internacional de Importación (CII) 279 € (IVA incluido): preparación de la solicitud con los datos de la operación, presentación por el Registro Electrónico Común como representantes de su empresa, aviso a la JIMDDU y seguimiento hasta la expedición. Sin tasa conocida.. El honorario de Managora es 279,00 €, IVA 21% incluido (230,58 € de base + 48,42 € de IVA). La tasa oficial del organismo (suplido, sin IVA) es: No consta ninguna tasa: ni el RD 679/2014 ni el Manual del Operador de la Secretaría de Estado de Comercio prevén ninguna por expedir el CII, así que el precio no lleva suplidos. La licencia de exportación la pide su proveedor ante la autoridad de su país y no forma parte de este encargo ni de su precio..

Certificado Internacional de Importación (CII): el documento oficial español que pide su proveedor extranjero para exportarle: ¿cuánto tarda?

No hay un plazo publicado para que la Secretaría de Estado de Comercio expida el CII, así que no le prometemos días: lo presentamos en cuanto tenemos sus datos, sus documentos, el mandato firmado y el formulario firmado electrónicamente. Una vez expedido, vale 6 meses para presentarlo ante las autoridades del país exportador.

Certificado Internacional de Importación (CII): el documento oficial español que pide su proveedor extranjero para exportarle: ¿qué documentos necesito?

Necesita tener a mano: Contrato, pedido o factura proforma de la operación con el proveedor extranjero., Ficha técnica o especificaciones del producto., Lo que le ha pedido su proveedor o la autoridad de su país (correo, carta o modelo)., Mandato con el que su empresa nos autoriza a presentar la solicitud, que firma en la web después de pagar, y el formulario de solicitud del CII, que le dejamos preparado y firma electrónicamente el representante legal de su empresa (o usted, si es autónomo) con su propio certificado.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.

¿Quién presenta el trámite?

Lo presenta Managora en su nombre ante Secretaría de Estado de Comercio (Ministerio de Economía, Comercio y Empresa), por el Registro Electrónico Común. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.

¿Se puede hacer online?

Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.

Trámites relacionados

Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Secretaría de Estado de Comercio (Ministerio de Economía, Comercio y Empresa), por el Registro Electrónico Común ↗.

Managora Gestion SL (CIF B88823893) es una empresa privada. No somos Secretaría de Estado de Comercio (Ministerio de Economía, Comercio y Empresa), por el Registro Electrónico Común, ni estamos vinculados, autorizados ni aprobados por ningún organismo público, y este sitio no es una sede electrónica. Lo que usted paga en esta página es nuestro honorario por preparar, firmar y presentar el trámite en su nombre: es distinto de la tasa oficial, que cuando la hay es del organismo y se le muestra por separado. Puede realizar este trámite usted mismo, directamente ante Secretaría de Estado de Comercio (Ministerio de Economía, Comercio y Empresa), por el Registro Electrónico Común.

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