Modelo 111 trimestral (retenciones IRPF a empleados y profesionales)
Modelo 111 trimestral (retenciones IRPF a empleados y profesionales) se presenta ante Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Coste total orientativo: 23 €.
Le calculamos y presentamos su modelo 111 trimestral. Recoge las retenciones que ha practicado a empleados, asesoría, abogado, médico u otros profesionales en el trimestre. Si tiene retenciones a ingresar, le domiciliamos el pago. Si no tuvo, presentamos negativa (igualmente obligatoria).
Guía práctica: IRPF del autonomo: pagos fraccionados y retenciones. Requisitos, plazos y pasos, explicados.
- Coste total orientativo
- 23 €
- Honorario Managora
- 23,00 € (IVA 21% incl.)
- Tasa oficial
- Sin tasa
- Plazo de resolución
- Plazos de presentación: 1T del 1 al 20 de abril, 2T del 1 al 20 de julio, 3T del 1 al 20 de octubre, 4T del 1 al 20 de enero (atención: NO el 30 como el 303/130). Domiciliación bancaria: hasta 5 días antes del fin de plazo.
- Dónde se presenta
- Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) ↗
- Qué recibe
- Solicitud
Desglose del coste: Gestión 23,00 € (IVA 21% incl.), más el importe de las retenciones de IRPF que resulte de su autoliquidación (variable según nóminas y facturas del trimestre)..
Modelo 111 trimestral (retenciones IRPF a empleados y profesionales): ¿cómo se tramita?
- 1Conteste las preguntas del chat (~5 minutos).
- 2Sumamos las retenciones de empleados y profesionales y calculamos el total a ingresar.
- 3Pago de 23,00 € (IVA 21% incl.).
- 4Firma del mandato desde su móvil.
- 5Presentamos el modelo 111 en sede.agenciatributaria.gob.es por usted.
- 6Si sale a ingresar, le tramitamos la domiciliación. Si elige NRC, le pasamos el código.
¿Qué documentos necesita?
- •Listado de nóminas pagadas en el trimestre y retenciones aplicadas (si tiene empleados).
- •Facturas de profesionales recibidas con retención IRPF.
Base legal y a tener en cuenta
- El 111 es OBLIGATORIO presentarlo si en cualquier momento del trimestre tuvo a alguien con retención. Aunque no haya retenciones que ingresar, hay que presentar declaración negativa.
- Plazo del 4T: del 1 al 20 de enero (a diferencia del 303 y 130, que tienen hasta el 30).
- El 4T trimestral va acompañado del modelo 190 RESUMEN ANUAL, que es donde se identifica nominalmente a cada perceptor. Le ofrecemos también ese servicio.
- Si paga a un profesional autónomo y no le practica retención, está incumpliendo. La obligación es del pagador (no del perceptor). Lo verificamos.
Modelo 111 trimestral (retenciones IRPF a empleados y profesionales): preguntas frecuentes
Modelo 111 trimestral (retenciones IRPF a empleados y profesionales): ¿cuánto cuesta?
El coste total orientativo (gestión + tasas e impuestos oficiales) es 23 €: Gestión 23,00 € (IVA 21% incl.), más el importe de las retenciones de IRPF que resulte de su autoliquidación (variable según nóminas y facturas del trimestre).. El honorario de Managora es 23,00 €, IVA 21% incluido (19,01 € de base + 3,99 € de IVA). Este trámite no tiene tasa oficial del organismo.
Modelo 111 trimestral (retenciones IRPF a empleados y profesionales): ¿cuánto tarda?
Plazos de presentación: 1T del 1 al 20 de abril, 2T del 1 al 20 de julio, 3T del 1 al 20 de octubre, 4T del 1 al 20 de enero (atención: NO el 30 como el 303/130). Domiciliación bancaria: hasta 5 días antes del fin de plazo.
Modelo 111 trimestral (retenciones IRPF a empleados y profesionales): ¿qué documentos necesito?
Necesita tener a mano: Listado de nóminas pagadas en el trimestre y retenciones aplicadas (si tiene empleados)., Facturas de profesionales recibidas con retención IRPF.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.
¿Quién presenta el trámite?
Lo presenta Managora en su nombre ante Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.
¿Se puede hacer online?
Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.
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- Alta como autónomo (Hacienda y Seguridad Social)
- Baja como autónomo (Hacienda + RETA)
- Aplazamiento de deuda con la Seguridad Social (LGSS art. 23 + RD 1415/2004)
- Aplazamiento o fraccionamiento de deuda con la AEAT (art. 65 LGT)
- Solicitud de devolución de ingresos indebidos (LGT art. 221 + RD 520/2005)
- Tarifa Plana de autónomos: solicitud de bonificación
Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) ↗.
¿Empezamos con «Modelo 111 trimestral (retenciones IRPF a empleados y profesionales)»?
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