Modelo 210 — IRNR no residentes

Presentamos su modelo 210 ante AEAT para tributar las rentas obtenidas en España como no residente sin establecimiento permanente: imputación de inmueble urbano sin alquilar, alquileres trimestrales, ganancia por venta de inmueble, pensiones de origen español o intereses y dividendos. Aplicamos el tipo correcto (19 % UE/EEE o 24 % resto del mundo), descontamos retenciones del modelo 211 (3 % en ventas) y del 216 (sobre rendimientos), y detectamos exención por CDI bilateral cuando proceda.

Precio Managora
29,00 €
Tasa oficial
Sin tasa
Plazo
Imputación inmobiliaria sin alquiler: 1 ene - 31 dic del año siguiente. Alquileres y pensiones: trimestral (20 abr / 20 jul / 20 oct / 20 ene). Venta inmueble: 4 meses desde la transmisión. Devoluciones: hasta 4 años.
Dónde se presenta
Agencia Tributaria — modelo 210
Qué recibe
Solicitud

Cómo lo hacemos

  1. 1Conteste las preguntas del chat (~10 minutos).
  2. 2Detectamos el tipo de renta y el plazo correspondiente. Aplicamos el tipo (19 % UE/EEE / 24 % resto), validamos certificado de residencia para tipo reducido y detectamos exención por CDI cuando proceda.
  3. 3Pago de 29 €.
  4. 4Firma del mandato desde su móvil.
  5. 5Presentamos telemáticamente el modelo 210 en sede AEAT con su certificado / Cl@ve / código de identificación. Domiciliación bancaria SEPA aceptada.
  6. 6Recibe la copia diligenciada con CSV de presentación. Si hay devolución, AEAT ingresará en el IBAN indicado.

Qué necesita tener a mano

  • NIE en vigor (sin él hay que solicitarlo previamente).
  • Certificado de residencia fiscal del país de residencia (sello de la administración tributaria).
  • Si inmueble: nota simple registral o consulta catastral con valor catastral.
  • Si alquiler: contrato de arrendamiento + justificante de cobros.
  • Si venta: escritura de venta + escritura de adquisición original + modelo 211 sellado del comprador (3 % retención).
  • Si pensiones / rendimientos del trabajo: certificado del pagador.
  • Si capital mobiliario: certificado del banco emisor con retenciones soportadas.

A tener en cuenta

  • Sujeto: persona física o jurídica NO residente que actúa SIN establecimiento permanente. Si actúa con EP, se aplica IS o IRPF, no IRNR.
  • Tipo general: 19 % residentes UE/EEE con certificado de residencia fiscal. 24 % resto del mundo. Pensiones tienen escala progresiva 8-40 %.
  • Imputación inmobiliaria (sin alquiler): 1,1 % del valor catastral si revisado en últimos 10 años, o 2 % si no. Plazo hasta 31 dic del año siguiente.
  • Alquileres: trimestral. UE/EEE puede deducir gastos. Resto del mundo tributa por ingresos íntegros.
  • Venta inmueble: comprador retiene 3 % del precio (modelo 211) que se descuenta de la cuota del 210. Plazo 4 meses desde la venta. Si la cuota es menor, se solicita devolución.
  • Devoluciones por exceso retención: hasta 4 años desde el fin del periodo de declaración.
  • CDI bilateral: si asigna potestad exclusiva al país de residencia, la renta NO tributa en España. Aplicar por solicitud de devolución si ya hubo retención.
  • Coordinar con NIE en vigor (renueve si caducado, use renovacion_tie o solicitud específica).

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta tramitar modelo 210 — irnr no residentes con Managora?

El precio del servicio de Managora es 29,00 €. Este trámite no tiene tasa oficial del organismo.

¿Cuánto tarda?

Imputación inmobiliaria sin alquiler: 1 ene - 31 dic del año siguiente. Alquileres y pensiones: trimestral (20 abr / 20 jul / 20 oct / 20 ene). Venta inmueble: 4 meses desde la transmisión. Devoluciones: hasta 4 años.

¿Qué documentos necesito?

Necesita tener a mano: NIE en vigor (sin él hay que solicitarlo previamente)., Certificado de residencia fiscal del país de residencia (sello de la administración tributaria)., Si inmueble: nota simple registral o consulta catastral con valor catastral., Si alquiler: contrato de arrendamiento + justificante de cobros., Si venta: escritura de venta + escritura de adquisición original + modelo 211 sellado del comprador (3 % retención)., Si pensiones / rendimientos del trabajo: certificado del pagador., Si capital mobiliario: certificado del banco emisor con retenciones soportadas.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.

¿Quién presenta el trámite?

Lo presenta Managora en su nombre ante Agencia Tributaria — modelo 210. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.

¿Es válido legalmente?

Sí. Usted firma un mandato simple en pantalla que nos autoriza a actuar en su nombre. Recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez.

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Lo presentamos por usted, de principio a fin.

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