Modelo 720: Bienes y derechos en el extranjero

Modelo 720: Bienes y derechos en el extranjero se presenta ante Agencia Tributaria, modelo 720. Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Coste total orientativo: 98 €.

Presentamos su declaración informativa anual sobre bienes y derechos situados en el extranjero (cuentas, valores/seguros/rentas, inmuebles). Detectamos automáticamente si está obligado según los umbrales de 50.000 € por bloque y, si ya declaró antes, comprobamos el incremento de >20.000 € que activa la obligación de re-presentar. Plazo: 1 ene - 31 mar del año siguiente.

Guía práctica: Declaraciones informativas de Hacienda: 347, 349, 720 y 721. Requisitos, plazos y pasos, explicados.

Coste total orientativo
98 €
Honorario Managora
98,00 € (IVA 21% incl.)
Tasa oficial
Sin tasa
Plazo de resolución
1 enero a 31 marzo del año siguiente al ejercicio (Orden HAP/72/2013).
Qué recibe
Solicitud

Desglose del coste: Gestión 98,00 € (IVA 21% incl.). El modelo 720 es informativo, no genera cuota a pagar ni tasa. Coste total cerrado..

Modelo 720: Bienes y derechos en el extranjero: ¿cómo se tramita?

  1. 1Conteste las preguntas del chat (~10 minutos).
  2. 2Detectamos automáticamente si está obligado según los umbrales por bloque y, si ya declaró antes, comprobamos el incremento >20.000 € que reactiva la obligación.
  3. 3Pago de 98,00 € (IVA 21% incl.).
  4. 4Firma del mandato desde su móvil.
  5. 5Presentamos telemáticamente el modelo 720 en sede AEAT con su certificado / Cl@ve. Comprobamos coherencia con su IRPF e IP para evitar regularizaciones cruzadas.
  6. 6Recibe la copia diligenciada con CSV de presentación.

¿Qué documentos necesita?

  • Certificado de saldos a 31 de diciembre y saldo medio del 4º trimestre de cada cuenta en el extranjero.
  • Extractos del broker o entidad gestora de valores con la cotización a 31 de diciembre.
  • Pólizas de seguros y rentas con valor de rescate / capital constituido.
  • Escritura de adquisición de los inmuebles en el extranjero (valor de adquisición).
  • Certificado fiscal de residencia (si aplica).
  • Si re-presentación: copia del último modelo 720 presentado.

Base legal y a tener en cuenta

  • Naturaleza: declaración INFORMATIVA (sin cuota a ingresar). 3 bloques con umbrales independientes de 50.000 € (cuentas, valores/seguros/rentas, inmuebles).
  • Cuentas: el umbral aplica al saldo a 31-dic O al saldo medio del último trimestre (lo que sea mayor).
  • Re-presentación: solo obligado si en años posteriores el total de algún bloque INCREMENTA >20.000 € respecto a la última declaración o si deja de tener un bien que sí constaba.
  • Plazo: 1 enero a 31 marzo del año siguiente al ejercicio. Sin posibilidad de prórroga.
  • Régimen sancionador TRAS Ley 5/2022 (post STJUE C-788/19): aplica el régimen ordinario LGT (~150-200 €/dato omitido). YA NO se aplica el régimen del 150 % sobre el valor del bien ni la imprescriptibilidad.
  • Sujetos: residentes en territorio español (personas físicas y jurídicas), establecimientos permanentes y herencias yacentes.
  • Coordinar con IRPF (rendimientos del capital extranjero) e Impuesto sobre el Patrimonio cuando aplique para evitar regularizaciones cruzadas.

Modelo 720: Bienes y derechos en el extranjero: preguntas frecuentes

Modelo 720: Bienes y derechos en el extranjero: ¿cuánto cuesta?

El coste total orientativo (gestión + tasas e impuestos oficiales) es 98 €: Gestión 98,00 € (IVA 21% incl.). El modelo 720 es informativo, no genera cuota a pagar ni tasa. Coste total cerrado.. El honorario de Managora es 98,00 €, IVA 21% incluido (80,99 € de base + 17,01 € de IVA). Este trámite no tiene tasa oficial del organismo.

Modelo 720: Bienes y derechos en el extranjero: ¿cuánto tarda?

1 enero a 31 marzo del año siguiente al ejercicio (Orden HAP/72/2013).

Modelo 720: Bienes y derechos en el extranjero: ¿qué documentos necesito?

Necesita tener a mano: Certificado de saldos a 31 de diciembre y saldo medio del 4º trimestre de cada cuenta en el extranjero., Extractos del broker o entidad gestora de valores con la cotización a 31 de diciembre., Pólizas de seguros y rentas con valor de rescate / capital constituido., Escritura de adquisición de los inmuebles en el extranjero (valor de adquisición)., Certificado fiscal de residencia (si aplica)., Si re-presentación: copia del último modelo 720 presentado.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.

¿Quién presenta el trámite?

Lo presenta Managora en su nombre ante Agencia Tributaria, modelo 720. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.

¿Se puede hacer online?

Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.

Trámites relacionados

Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Agencia Tributaria, modelo 720.

¿Empezamos con «Modelo 720: Bienes y derechos en el extranjero»?

Lo presentamos por usted, de principio a fin.

Empezar ahora →