Modelo 720: Bienes y derechos en el extranjero
Modelo 720: Bienes y derechos en el extranjero se presenta ante Agencia Tributaria, modelo 720. Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Coste total orientativo: 98 €.
Presentamos su declaración informativa anual sobre bienes y derechos situados en el extranjero (cuentas, valores/seguros/rentas, inmuebles). Detectamos automáticamente si está obligado según los umbrales de 50.000 € por bloque y, si ya declaró antes, comprobamos el incremento de >20.000 € que activa la obligación de re-presentar. Plazo: 1 ene - 31 mar del año siguiente.
Guía práctica: Declaraciones informativas de Hacienda: 347, 349, 720 y 721. Requisitos, plazos y pasos, explicados.
- Coste total orientativo
- 98 €
- Honorario Managora
- 98,00 € (IVA 21% incl.)
- Tasa oficial
- Sin tasa
- Plazo de resolución
- 1 enero a 31 marzo del año siguiente al ejercicio (Orden HAP/72/2013).
- Dónde se presenta
- Agencia Tributaria, modelo 720 ↗
- Qué recibe
- Solicitud
Desglose del coste: Gestión 98,00 € (IVA 21% incl.). El modelo 720 es informativo, no genera cuota a pagar ni tasa. Coste total cerrado..
Modelo 720: Bienes y derechos en el extranjero: ¿cómo se tramita?
- 1Conteste las preguntas del chat (~10 minutos).
- 2Detectamos automáticamente si está obligado según los umbrales por bloque y, si ya declaró antes, comprobamos el incremento >20.000 € que reactiva la obligación.
- 3Pago de 98,00 € (IVA 21% incl.).
- 4Firma del mandato desde su móvil.
- 5Presentamos telemáticamente el modelo 720 en sede AEAT con su certificado / Cl@ve. Comprobamos coherencia con su IRPF e IP para evitar regularizaciones cruzadas.
- 6Recibe la copia diligenciada con CSV de presentación.
¿Qué documentos necesita?
- •Certificado de saldos a 31 de diciembre y saldo medio del 4º trimestre de cada cuenta en el extranjero.
- •Extractos del broker o entidad gestora de valores con la cotización a 31 de diciembre.
- •Pólizas de seguros y rentas con valor de rescate / capital constituido.
- •Escritura de adquisición de los inmuebles en el extranjero (valor de adquisición).
- •Certificado fiscal de residencia (si aplica).
- •Si re-presentación: copia del último modelo 720 presentado.
Base legal y a tener en cuenta
- Naturaleza: declaración INFORMATIVA (sin cuota a ingresar). 3 bloques con umbrales independientes de 50.000 € (cuentas, valores/seguros/rentas, inmuebles).
- Cuentas: el umbral aplica al saldo a 31-dic O al saldo medio del último trimestre (lo que sea mayor).
- Re-presentación: solo obligado si en años posteriores el total de algún bloque INCREMENTA >20.000 € respecto a la última declaración o si deja de tener un bien que sí constaba.
- Plazo: 1 enero a 31 marzo del año siguiente al ejercicio. Sin posibilidad de prórroga.
- Régimen sancionador TRAS Ley 5/2022 (post STJUE C-788/19): aplica el régimen ordinario LGT (~150-200 €/dato omitido). YA NO se aplica el régimen del 150 % sobre el valor del bien ni la imprescriptibilidad.
- Sujetos: residentes en territorio español (personas físicas y jurídicas), establecimientos permanentes y herencias yacentes.
- Coordinar con IRPF (rendimientos del capital extranjero) e Impuesto sobre el Patrimonio cuando aplique para evitar regularizaciones cruzadas.
Modelo 720: Bienes y derechos en el extranjero: preguntas frecuentes
Modelo 720: Bienes y derechos en el extranjero: ¿cuánto cuesta?
El coste total orientativo (gestión + tasas e impuestos oficiales) es 98 €: Gestión 98,00 € (IVA 21% incl.). El modelo 720 es informativo, no genera cuota a pagar ni tasa. Coste total cerrado.. El honorario de Managora es 98,00 €, IVA 21% incluido (80,99 € de base + 17,01 € de IVA). Este trámite no tiene tasa oficial del organismo.
Modelo 720: Bienes y derechos en el extranjero: ¿cuánto tarda?
1 enero a 31 marzo del año siguiente al ejercicio (Orden HAP/72/2013).
Modelo 720: Bienes y derechos en el extranjero: ¿qué documentos necesito?
Necesita tener a mano: Certificado de saldos a 31 de diciembre y saldo medio del 4º trimestre de cada cuenta en el extranjero., Extractos del broker o entidad gestora de valores con la cotización a 31 de diciembre., Pólizas de seguros y rentas con valor de rescate / capital constituido., Escritura de adquisición de los inmuebles en el extranjero (valor de adquisición)., Certificado fiscal de residencia (si aplica)., Si re-presentación: copia del último modelo 720 presentado.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.
¿Quién presenta el trámite?
Lo presenta Managora en su nombre ante Agencia Tributaria, modelo 720. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.
¿Se puede hacer online?
Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.
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- Aplazamiento o fraccionamiento de deuda con la AEAT (art. 65 LGT)
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- Tarifa Plana de autónomos: solicitud de bonificación
Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Agencia Tributaria, modelo 720 ↗.
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