Modificación del tipo de autorización (estudios → trabajo) — Extranjería

Le tramitamos el cambio de su autorización vigente (estancia por estudios, investigación, prácticas, residencia no lucrativa) a una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena o propia, residencia altamente cualificada o familiar. Marco: LO 4/2000 art. 37 + RD 557/2011 arts. 199-200. Validamos 3 años de residencia previa o aprovechamiento académico, oferta de trabajo relacionada con los estudios, salario ≥ SMI y antecedentes limpios. Plazo resolución: 1 mes, silencio NEGATIVO.

Precio Managora
29,00 €
Tasa oficial
Tasa modelo 790-052 (autorización inicial residencia y trabajo) ~10-19 €.
Plazo
1 mes para resolver desde presentación; silencio negativo (art. 200.3 RD 557/2011).
Dónde se presenta
Oficina de Extranjería / Subdelegación del Gobierno
Qué recibe
Solicitud

Cómo lo hacemos

  1. 1Conteste las preguntas (~9 minutos).
  2. 2Validamos requisitos artículos 199-200 RD 557/2011.
  3. 3Pago 349 €.
  4. 4Le entregamos solicitud personalizada según modalidad destino.

Qué necesita tener a mano

  • Autorización origen vigente (TIE).
  • Pasaporte vigente.
  • Antecedentes penales país origen apostillados.
  • Antecedentes penales España.
  • Contrato de trabajo firmado (cuenta ajena) o proyecto empresarial (cuenta propia).
  • Certificado AEAT/TGSS de estar al corriente.
  • Titulación obtenida / aprovechamiento académico (si aplica).
  • Tasa 790-052.

A tener en cuenta

  • Marco: LO 4/2000 art. 37 + RD 557/2011 arts. 199-200.
  • Silencio NEGATIVO 1 mes.
  • Tras concesión: nueva TIE en 1 mes con tasa 790-012.
  • Conexiones naturales: estancia_estudios_extranjeria, primera_tie_extranjeria.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta tramitar modificación del tipo de autorización (estudios → trabajo) — extranjería con Managora?

El precio del servicio de Managora es 29,00 €. La tasa oficial del organismo es: Tasa modelo 790-052 (autorización inicial residencia y trabajo) ~10-19 €..

¿Cuánto tarda?

1 mes para resolver desde presentación; silencio negativo (art. 200.3 RD 557/2011).

¿Qué documentos necesito?

Necesita tener a mano: Autorización origen vigente (TIE)., Pasaporte vigente., Antecedentes penales país origen apostillados., Antecedentes penales España., Contrato de trabajo firmado (cuenta ajena) o proyecto empresarial (cuenta propia)., Certificado AEAT/TGSS de estar al corriente., Titulación obtenida / aprovechamiento académico (si aplica)., Tasa 790-052.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.

¿Quién presenta el trámite?

Lo presenta Managora en su nombre ante Oficina de Extranjería / Subdelegación del Gobierno. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.

¿Es válido legalmente?

Sí. Usted firma un mandato simple en pantalla que nos autoriza a actuar en su nombre. Recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez.

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