Reducción de capital en Sociedad Limitada (SL)
Tramitamos la reducción del capital social en su SL (LSC arts. 317-342) en sus 4 finalidades: RESTABLECIMIENTO del equilibrio capital-patrimonio (pérdidas), CONSTITUCIÓN DE RESERVAS legales o voluntarias, DEVOLUCIÓN DE APORTACIONES a socios (con tutela de acreedores - responsabilidad SOLIDARIA 5 años art. 331 o reserva indisponible alternativa art. 332), u OPERACIÓN ACORDEÓN (reducción a cero + aumento simultáneo para reflotar). Validamos balance < 6 meses (art. 323), mayoría legal, publicación BORME y, si devolución, ITP/AJD OS al 1 % sobre el importe restituido.
- Precio Managora
- 49,00 €
- Tasa oficial
- ITP/AJD OS 1 % si devolución a socios. AJD si inmuebles. Operaciones por pérdidas o reservas: sin OS.
- Plazo
- Tramitación total 6-10 semanas. BORME publicación inmediata + escritura + RM 15-30 días.
- Dónde se presenta
- Notario + Registro Mercantil + BORME
- Qué recibe
- Solicitud
Cómo lo hacemos
- 1Conteste las preguntas del chat (~10 minutos).
- 2Detectamos finalidad y validamos requisitos: balance < 6 meses, mayoría legal, BORME, tutela de acreedores en SL.
- 3Si devolución: le recomendamos opción reserva indisponible para liberar responsabilidad solidaria de 5 años.
- 4Si pérdidas + reducción obligatoria art. 327: configuramos el procedimiento adecuado.
- 5Pago de 49 € por la gestión + ~320-500 € notaría + ~200 € RM + ~50 € BORME + OS si devolución.
- 6Firma del mandato desde su móvil.
- 7Le redactamos la escritura con todos los requisitos formales.
- 8Coordinamos cita notarial.
- 9Tramitamos modelo 600 OS si aplica + inscripción RM. Eficaz desde la inscripción (art. 318 LSC).
Qué necesita tener a mano
- •CIF de la sociedad y datos de inscripción RM.
- •Acta de Junta General que acordó la reducción.
- •Convocatoria publicada/notificada conforme art. 186 LSC.
- •Balance verificado a fecha máxima 6 meses anteriores al acuerdo (auditado en sociedades obligadas).
- •Si devolución: detalle de los socios receptores y modalidad de pago.
- •Si operación acordeón: documentación del aumento simultáneo.
- •Publicación en BORME del acuerdo.
A tener en cuenta
- Marco: LSC arts. 317-342 + ITP-AJD art. 19.1.1 (OS 1 % en devolución, no exento).
- 4 finalidades (art. 317 LSC): restablecimiento equilibrio (pérdidas), reservas, devolución a socios, acordeón.
- TUTELA DE ACREEDORES en SL (art. 331 LSC): si hay devolución, los socios que reciban aportaciones responden SOLIDARIAMENTE con la sociedad de las deudas anteriores durante 5 AÑOS desde la inscripción.
- ALTERNATIVA art. 332 LSC: dotar reserva indisponible por igual importe libera la responsabilidad solidaria. Es la opción habitual cuando los socios quieren protección.
- REDUCCIÓN OBLIGATORIA (art. 327 LSC): si las pérdidas reducen el patrimonio neto por debajo de 2/3 del capital y transcurre 1 ejercicio sin restablecer, hay que reducir capital.
- OPERACIÓN ACORDEÓN (arts. 343-345 LSC): reducción a cero + aumento simultáneo. Permite reflotar sociedades en pérdidas. La reducción a cero requiere cumplir con la tutela de acreedores.
- Balance: art. 323 LSC exige balance referido a fecha máxima 6 meses anteriores al acuerdo, verificado por administrador o auditado en sociedades obligadas.
- Mayoría: art. 199 LSC - más del 50 % del capital.
- BORME: publicación obligatoria del acuerdo (art. 319 LSC) salvo en algunas reducciones puntuales.
- ITP/AJD OS al 1 % si hay devolución a socios. NO está exento como la ampliación. Se calcula sobre el valor de los bienes restituidos.
- Conexiones naturales: ampliacion_capital_sl (operación inversa), disolucion_liquidacion_sl, deposito_cuentas_anuales, modificacion_estatutos_sl.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta tramitar reducción de capital en sociedad limitada (sl) con Managora?
El precio del servicio de Managora es 49,00 €. La tasa oficial del organismo es: ITP/AJD OS 1 % si devolución a socios. AJD si inmuebles. Operaciones por pérdidas o reservas: sin OS..
¿Cuánto tarda?
Tramitación total 6-10 semanas. BORME publicación inmediata + escritura + RM 15-30 días.
¿Qué documentos necesito?
Necesita tener a mano: CIF de la sociedad y datos de inscripción RM., Acta de Junta General que acordó la reducción., Convocatoria publicada/notificada conforme art. 186 LSC., Balance verificado a fecha máxima 6 meses anteriores al acuerdo (auditado en sociedades obligadas)., Si devolución: detalle de los socios receptores y modalidad de pago., Si operación acordeón: documentación del aumento simultáneo., Publicación en BORME del acuerdo.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.
¿Quién presenta el trámite?
Lo presenta Managora en su nombre ante Notario + Registro Mercantil + BORME. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.
¿Es válido legalmente?
Sí. Usted firma un mandato simple en pantalla que nos autoriza a actuar en su nombre. Recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez.
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¿Empezamos con reducción de capital en sociedad limitada (sl)?
Lo presentamos por usted, de principio a fin.
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