Alta en el registro sanitario de establecimientos alimentarios de su comunidad

Alta en el registro sanitario de establecimientos alimentarios de su comunidad se presenta ante Consejería de Sanidad de su comunidad autónoma. Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Coste total orientativo: desde 149 €. Tasa oficial: Depende de la comunidad y no hay una cifra única nacional. En la Comunidad de Madrid es SIN TASA. En la Comunitat Valenciana ronda los 31 euros (modelo 046). En Andalucía, la tasa del modelo 046 se actualiza cada año en la ley de presupuestos. En Cataluña, la fija la ordenanza fiscal de su ayuntamiento. Confirmamos el importe vigente de la suya antes de presentar.

Su bar NO va al registro sanitario estatal, y si alguien se lo está cobrando, le cobra por un trámite que no le corresponde: el art. 2.2 del RD 191/2011 excluye expresamente del registro estatal a los establecimientos que sirven al consumidor final. Lo que sí necesita es el registro de su comunidad autónoma. Presentamos la comunicación o declaración responsable que le toque y le dejamos inscrito.

Coste total orientativo
desde 149 €
Honorario Managora
180,29 € (IVA 21% incl.)
Tasa oficial
Depende de la comunidad y no hay una cifra única nacional. En la Comunidad de Madrid es SIN TASA. En la Comunitat Valenciana ronda los 31 euros (modelo 046). En Andalucía, la tasa del modelo 046 se actualiza cada año en la ley de presupuestos. En Cataluña, la fija la ordenanza fiscal de su ayuntamiento. Confirmamos el importe vigente de la suya antes de presentar. (suplido, sin IVA)
Plazo de resolución
La comunicación o declaración responsable NO es habilitante y permite iniciar la actividad desde su presentación; la inscripción es censal y se practica después. IMPORTANTE: no sustituye a la licencia o declaración responsable de apertura del ayuntamiento, que es otra cosa.
Qué recibe
Solicitud

Desglose del coste: Gestión 149 euros más la tasa autonómica, que en varias comunidades es cero y en otras ronda las decenas de euros..

¿Cómo se tramita alta en el registro sanitario de establecimientos alimentarios de su comunidad?

  1. 1Le decimos qué registro le corresponde de verdad: el de su comunidad, no el estatal.
  2. 2Pago de 149 euros más la tasa de su comunidad, que en varias es cero.
  3. 3Presentamos la comunicación o declaración responsable y le dejamos inscrito.

¿Qué documentos necesita?

  • NIF o CIF del titular.
  • Licencia o declaración responsable de apertura del local.
  • Datos del establecimiento y de la actividad alimentaria.

Base legal y a tener en cuenta

  • NO ES EL RGSEAA. El art. 2.2 del RD 191/2011 (redacción del RD 1021/2022) EXCLUYE del registro estatal a los establecimientos de restauración que sirven al consumidor final. Cobrarle a un bar un alta en el RGSEAA sería cobrarle por un trámite que no le corresponde: hay quien lo hace.
  • SÍ necesita el registro ESTATAL (y entonces es otro trámite) el que elabora o suministra a otros establecimientos, hace catering o vende a distancia. Por eso lo preguntamos.
  • VENTANA EN MADRID: el Decreto 26/2026 creó el registro autonómico en marzo de 2026 y dio un año a los establecimientos ya abiertos para inscribirse. Hay una cola de locales en marcha que tienen que hacerlo.
  • Esta comunicación NO sustituye a la licencia de apertura del ayuntamiento. Son dos cosas distintas y el cliente las confunde constantemente.
  • Marco verificado: RD 191/2011 art. 2.2 (redacción de la DF 1.1 del RD 1021/2022); RD 1021/2022 art. 2.2.a).

Preguntas frecuentes sobre alta en el registro sanitario de establecimientos alimentarios de su comunidad

¿Cuánto cuesta alta en el registro sanitario de establecimientos alimentarios de su comunidad?

El coste total orientativo (gestión + tasas e impuestos oficiales) es desde 149 €: Gestión 149 euros más la tasa autonómica, que en varias comunidades es cero y en otras ronda las decenas de euros.. El honorario de Managora es 180,29 €, IVA 21% incluido (149,00 € de base + 31,29 € de IVA). La tasa oficial del organismo (suplido, sin IVA) es: Depende de la comunidad y no hay una cifra única nacional. En la Comunidad de Madrid es SIN TASA. En la Comunitat Valenciana ronda los 31 euros (modelo 046). En Andalucía, la tasa del modelo 046 se actualiza cada año en la ley de presupuestos. En Cataluña, la fija la ordenanza fiscal de su ayuntamiento. Confirmamos el importe vigente de la suya antes de presentar..

¿Cuánto tarda alta en el registro sanitario de establecimientos alimentarios de su comunidad?

La comunicación o declaración responsable NO es habilitante y permite iniciar la actividad desde su presentación; la inscripción es censal y se practica después. IMPORTANTE: no sustituye a la licencia o declaración responsable de apertura del ayuntamiento, que es otra cosa.

¿Qué documentos necesito?

Necesita tener a mano: NIF o CIF del titular., Licencia o declaración responsable de apertura del local., Datos del establecimiento y de la actividad alimentaria.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.

¿Quién presenta el trámite?

Lo presenta Managora en su nombre ante Consejería de Sanidad de su comunidad autónoma. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.

¿Se puede hacer online?

Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.

Trámites relacionados

Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Consejería de Sanidad de su comunidad autónoma.

¿Empezamos con alta en el registro sanitario de establecimientos alimentarios de su comunidad?

Lo presentamos por usted, de principio a fin.

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