Visado y residencia de emprendedor con informe de ENISA
Visado y residencia de emprendedor con informe de ENISA se presenta ante Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE), con informe de ENISA. Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Lo que le cobramos: desde 1273 €. Tasa oficial: Autorización inicial: tasa modelo 790-038 (73,26 € en 2026), incluida en el precio; la adelantamos nosotros como suplido. Renovación: la tasa modelo 790-038 de la autorización renovada también va incluida en el precio y la adelantamos nosotros. Fuera del precio y a su cargo: si está fuera de España, la tasa del visado, que paga usted en el consulado; la tasa de la TIE (modelo 790-012), que paga usted al pedirla; y las traducciones juradas y apostillas que hagan falta, que gestionamos y cobramos aparte.
Preparamos con usted el formulario de ENISA y presentamos su solicitud de residencia de emprendedor ante la UGE-CE, tanto si está en España como si está fuera. Pagamos la tasa, le preparamos el formulario MIT para que lo firme y seguimos el expediente hasta la resolución: hay un plazo máximo de 20 días hábiles para resolver y, si no se resuelve en ese plazo, la autorización se entiende concedida. Si está fuera de España, concedida la autorización le preparamos la solicitud del visado, que usted presenta en su consulado.
Guía práctica: Visado de emprendedor en España: el informe de ENISA, el formulario por tablas y la solicitud ante la UGE paso a paso. Requisitos, plazos y pasos, explicados.
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Cómo elegir asesor para ENISA: préstamo, certificación de empresa emergente y visado de emprendedor (2026): cómo elegir, punto por punto.
- Lo que le cobramos
- desde 1273 €
- Honorario Managora
- 1199,00 € (IVA 21% incl.)
- Tasa oficial
- Autorización inicial: tasa modelo 790-038 (73,26 € en 2026), incluida en el precio; la adelantamos nosotros como suplido. Renovación: la tasa modelo 790-038 de la autorización renovada también va incluida en el precio y la adelantamos nosotros. Fuera del precio y a su cargo: si está fuera de España, la tasa del visado, que paga usted en el consulado; la tasa de la TIE (modelo 790-012), que paga usted al pedirla; y las traducciones juradas y apostillas que hagan falta, que gestionamos y cobramos aparte. (suplido, sin IVA)
- Plazo de resolución
- La UGE-CE tramita la solicitud y la resuelve la Dirección General de Migraciones, en un plazo máximo de 20 días hábiles desde la presentación electrónica; si no resuelve en ese plazo, la autorización se entiende concedida (silencio positivo). El informe de ENISA lo pide la propia UGE-CE dentro del procedimiento. Si está fuera de España, el visado se pide después en el consulado, que tiene 10 días hábiles para resolver, salvo en los casos sometidos a consulta previa, que tienen otro plazo.
- Dónde se presenta
- Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE), con informe de ENISA ↗
- Qué recibe
- Solicitud
Desglose del coste: Autorización inicial 1.273 €: nuestro trabajo (formulario de ENISA, solicitud ante la UGE-CE, seguimiento hasta la resolución y, si está fuera de España, la preparación de su solicitud de visado) 1.199,74 € con IVA más la tasa modelo 790-038 (73,26 €), que adelantamos como suplido. Renovación 1.299 € todo incluido, con la tasa dentro. Si no tiene plan de negocio ni datos del proyecto por escrito y hay que construir con usted el contenido de las tablas de ENISA, se suman 299,00 €. No incluye las traducciones juradas ni las apostillas (se gestionan y se cobran aparte), la tasa del visado en el consulado ni la tasa de la TIE..
Visado y residencia de emprendedor con informe de ENISA: ¿cómo se tramita?
- 1Conteste las preguntas y suba sus documentos (unos 15 minutos). La primera pregunta es si cumple alguno de los cinco méritos que aprueban directamente la innovación ante ENISA.
- 2Pago único según su caso: Autorización inicial 1.273 € o Renovación 1.299 €, con la tasa dentro. Si no tiene nada por escrito del proyecto y hay que construirlo con usted, se suman 299 €.
- 3Comprobamos el encaje y preparamos con usted el contenido del formulario de ENISA por tablas (competidores, equipo, socios, proveedores, clientes, inversiones a 18-24 meses y previsiones a 4 años). El formulario se envía desde el Área privada de ENISA, en una cuenta abierta con su correo.
- 4Pagamos la tasa modelo 790-038, le preparamos el formulario MIT para que lo firme (vale a mano y escaneado) y presentamos la solicitud ante la UGE-CE como persona autorizada, sin esperar el informe de ENISA: lo pide la propia UGE-CE.
- 5Seguimos el expediente hasta la resolución y contestamos los requerimientos. Si está fuera de España, concedida la autorización le preparamos el expediente del visado, que usted presenta en su consulado. Concedida, le indicamos cómo pedir la TIE.
¿Qué documentos necesita?
- •Pasaporte completo y en vigor: todas las páginas, tengan o no sellos.
- •Si está en España como turista o con una estancia de hasta 6 meses: certificados de antecedentes penales de los países donde haya residido los 2 últimos años. La declaración responsable de los 5 últimos años la preparamos nosotros y usted la firma. Si está fuera de España, esos certificados se aportan después en el consulado, con la solicitud del visado.
- •En la autorización inicial: prueba de recursos económicos suficientes para usted y su familia.
- •En la autorización inicial: seguro público o privado de enfermedad con una aseguradora autorizada para operar en España (si no lo tiene, le ayudamos a contratarlo).
- •Su plan de negocio o la presentación del proyecto, si lo tiene (opcional): lo volcamos en el formulario de ENISA.
- •La prueba de un mérito de innovación, si lo tiene (opcional): ayuda pública de I+D+i, premio, informe motivado, bonificación por investigadores, sello o certificación.
- •El formulario MIT y las declaraciones responsables los preparamos nosotros; usted solo los firma (el MIT vale firmado a mano y escaneado).
Requisitos previos que también hacemos nosotros
Este trámite puede exigirle documentos que también tramitamos. Si su caso pide alguno y no lo tiene, pídanoslo aquí y vuelva cuando lo tenga:
Y lo que preste un tercero, se lo organizamos
- Traducción jurada al español
- Apostilla o legalización de un documento extranjero
No tiene que buscar a nadie: lo coordinamos nosotros. Al prestarlo un tercero se presupuesta aparte y no va dentro del precio de este trámite, y le decimos el importe antes de encargarlo.
Base legal y a tener en cuenta
- El informe sobre su actividad lo emite solo ENISA y lo pide la UGE-CE de oficio dentro del procedimiento; ENISA tiene 10 días hábiles para emitirlo. Usted no tiene que esperarlo ni aportarlo: lo que sí hace falta es haber rellenado antes el formulario del Área privada de ENISA.
- ENISA valora el grado de innovación y el de escalabilidad del proyecto. Basta con que la actividad sea innovadora o de especial interés económico para España, y no hay mínimos de inversión ni de creación de empleo.
- La UGE-CE tramita la solicitud y la resuelve la Dirección General de Migraciones, en un plazo máximo de 20 días hábiles desde la presentación electrónica; si no contesta, la autorización se entiende concedida. Presentar la solicitud prorroga su estancia o residencia hasta que se resuelva: si está en España como turista, hay que presentarla antes de que se le acabe la estancia.
- La autorización vale 3 años en toda España y se renueva por periodos de 2 años si se mantienen las condiciones. En la renovación hay que volver a rellenar el formulario de ENISA con los datos de la empresa. Presentada hasta 90 días después de la caducidad, la autorización aún se prorroga, pero puede abrirse un expediente sancionador.
- Desde fuera de España también se pide primero la autorización ante la UGE-CE; concedida, usted solicita el visado de residencia en su consulado, que tiene 10 días hábiles para resolver, salvo en los casos sometidos a consulta previa, que tienen otro plazo. El visado vale 1 año (o lo que dure la autorización, si es menos) y le permite residir sin TIE.
- Su plan de negocio es confidencial: solo lo usamos para el formulario de ENISA y la solicitud ante la UGE-CE. Su familia (cónyuge o pareja, hijos menores o mayores a su cargo y ascendientes a cargo) puede pedir la residencia a la vez o después, con nuestra reagrupación familiar de titulares de visados.
- Si se deniega la autorización, la resolución se puede recurrir en alzada en el plazo de un mes desde su notificación.
Visado y residencia de emprendedor con informe de ENISA: preguntas frecuentes
Visado y residencia de emprendedor con informe de ENISA: ¿cuánto cuesta?
Le cobramos desde 1273 €: nuestra gestión y, si la hay, la tasa oficial fija que adelantamos. Autorización inicial 1.273 €: nuestro trabajo (formulario de ENISA, solicitud ante la UGE-CE, seguimiento hasta la resolución y, si está fuera de España, la preparación de su solicitud de visado) 1.199,74 € con IVA más la tasa modelo 790-038 (73,26 €), que adelantamos como suplido. Renovación 1.299 € todo incluido, con la tasa dentro. Si no tiene plan de negocio ni datos del proyecto por escrito y hay que construir con usted el contenido de las tablas de ENISA, se suman 299,00 €. No incluye las traducciones juradas ni las apostillas (se gestionan y se cobran aparte), la tasa del visado en el consulado ni la tasa de la TIE.. El honorario de Managora es 1199,00 €, IVA 21% incluido (990,91 € de base + 208,09 € de IVA). La tasa oficial del organismo (suplido, sin IVA) es: Autorización inicial: tasa modelo 790-038 (73,26 € en 2026), incluida en el precio; la adelantamos nosotros como suplido. Renovación: la tasa modelo 790-038 de la autorización renovada también va incluida en el precio y la adelantamos nosotros. Fuera del precio y a su cargo: si está fuera de España, la tasa del visado, que paga usted en el consulado; la tasa de la TIE (modelo 790-012), que paga usted al pedirla; y las traducciones juradas y apostillas que hagan falta, que gestionamos y cobramos aparte..
Visado y residencia de emprendedor con informe de ENISA: ¿cuánto tarda?
La UGE-CE tramita la solicitud y la resuelve la Dirección General de Migraciones, en un plazo máximo de 20 días hábiles desde la presentación electrónica; si no resuelve en ese plazo, la autorización se entiende concedida (silencio positivo). El informe de ENISA lo pide la propia UGE-CE dentro del procedimiento. Si está fuera de España, el visado se pide después en el consulado, que tiene 10 días hábiles para resolver, salvo en los casos sometidos a consulta previa, que tienen otro plazo.
Visado y residencia de emprendedor con informe de ENISA: ¿qué documentos necesito?
Necesita tener a mano: Pasaporte completo y en vigor: todas las páginas, tengan o no sellos., Si está en España como turista o con una estancia de hasta 6 meses: certificados de antecedentes penales de los países donde haya residido los 2 últimos años. La declaración responsable de los 5 últimos años la preparamos nosotros y usted la firma. Si está fuera de España, esos certificados se aportan después en el consulado, con la solicitud del visado., En la autorización inicial: prueba de recursos económicos suficientes para usted y su familia., En la autorización inicial: seguro público o privado de enfermedad con una aseguradora autorizada para operar en España (si no lo tiene, le ayudamos a contratarlo)., Su plan de negocio o la presentación del proyecto, si lo tiene (opcional): lo volcamos en el formulario de ENISA., La prueba de un mérito de innovación, si lo tiene (opcional): ayuda pública de I+D+i, premio, informe motivado, bonificación por investigadores, sello o certificación., El formulario MIT y las declaraciones responsables los preparamos nosotros; usted solo los firma (el MIT vale firmado a mano y escaneado).. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.
¿Quién presenta el trámite?
Lo presenta Managora en su nombre ante Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE), con informe de ENISA. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.
¿Se puede hacer online?
Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.
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Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE), con informe de ENISA ↗.
Managora Gestion SL (CIF B88823893) es una empresa privada. No somos Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE), con informe de ENISA, ni estamos vinculados, autorizados ni aprobados por ningún organismo público, y este sitio no es una sede electrónica. Lo que usted paga en esta página es nuestro honorario por preparar, firmar y presentar el trámite en su nombre: es distinto de la tasa oficial, que cuando la hay es del organismo y se le muestra por separado. Puede realizar este trámite usted mismo, directamente ante Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE), con informe de ENISA.
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