Guías de la gestoría

Abrir un local: licencia de apertura, actividad y obras

Actualizada el 16 de julio de 2026 · Revisado por Jaime Piñeira Pardo, colegiado ICAM nº 138826

La respuesta corta

Para abrir un local comercial en España a menudo basta con presentar una declaración responsable o comunicación previa, que le permite iniciar la actividad el mismo día. La licencia municipal solo es exigible en ciertos casos (actividad clasificada, superficie mayor o según la ordenanza). Si hace reformas, necesitara además el trámite de obras. Managora lo prepara y lo presenta por usted.

Se lo tramitamos nosotros de principio a fin.

Usted lo describe en un chat y firma; nosotros lo presentamos ante la Administración. Precio fijo desde 98,00 € (IVA incluido), más la tasa oficial si la hay.

Ver el trámite

Declaración responsable o licencia de apertura: como saber cual le corresponde

La regla general hoy es la liberalización: para muchas actividades comerciales minoristas y de servicios, la Ley 12/2012 sustituyo la antigua licencia de apertura por una declaración responsable o una comunicación previa. Esto significa que usted no espera a que el ayuntamiento le autorice, sino que declara que cumple los requisitos y puede empezar a operar.

Esta vía se aplica, con carácter general, a los establecimientos cuya superficie útil de exposición y venta al público no supera el umbral fijado por la ley (actualmente 750 metros cuadrados) y cuya actividad figura en el catalogo de la propia Ley 12/2012. Las comunidades autónomas pueden ampliar tanto ese umbral como el listado de actividades, y cada ayuntamiento concreta el procedimiento en su ordenanza.

La diferencia entre declaración responsable y comunicación previa es técnica: la declaración responsable manifiesta que se cumplen y se pueden acreditar unos requisitos; la comunicación se limita a poner en conocimiento del ayuntamiento el inicio de la actividad. En ambos casos el efecto habilitante nace desde la presentación. Managora determina cual encaja con su caso y su municipio.

Qué es la declaración responsable y que efecto tiene (Ley 12/2012 y LPACAP)

La declaración responsable esta regulada con carácter general en el artículo 69 de la Ley 39/2015 (LPACAP). Es el documento por el que usted manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos para ejercer la actividad, que dispone de la documentación que lo acredita y que se compromete a mantener ese cumplimiento.

Su gran ventaja es el efecto inmediato: permite iniciar la actividad desde el mismo día de su presentación, sin necesidad de resolución expresa previa del ayuntamiento. Ahora bien, ese inicio no prejuzga nada: la administración conserva en todo momento sus facultades de comprobación, inspección y control, y puede requerirle la documentación que acredite lo declarado.

Conviene tomarse en serio lo que se firma. Según el artículo 69 de la LPACAP, la inexactitud, falsedad u omisión de carácter esencial, o la falta de presentación de la declaración o de la documentación requerida, determina que no se pueda continuar con la actividad desde que la administración tenga constancia, y puede acarrear responsabilidades y la obligación de restituir la situación. Por eso Managora prepara la declaración con la documentación completa detras.

Cuando sigue siendo obligatoria la licencia municipal de apertura

La declaración responsable no cubre todos los negocios. Sigue siendo exigible la licencia municipal previa cuando la actividad no encaja en el régimen liberalizado: por ejemplo, actividades clasificadas o con impacto ambiental, de seguridad o de salud pública relevante (locales de ocio y espectaculos, hosteleria con determinadas caracteristicas, industrias, o las actividades que las normas autonomicas de actividades clasificadas siguen calificando como molestas, insalubres, nocivas o peligrosas), o cuando se supera el umbral de superficie o la actividad no figura en el catalogo aplicable.

En esos supuestos, el ayuntamiento examina el proyecto antes de autorizar la apertura, y puede exigir informes sectoriales, licencia ambiental o de actividad y medidas correctoras. El plazo, a diferencia de la declaración responsable, depende de la tramitación municipal, porque hay que esperar a la resolución.

Como el reparto entre declaración responsable y licencia depende de la comunidad autónoma y de la ordenanza de cada municipio, no es prudente decidirlo de oido. Managora verifica el epigrafe de la actividad, la superficie y la normativa local de su ayuntamiento antes de elegir la vía, para no presentar el trámite equivocado.

Licencia de obras: obra mayor, obra menor y declaración responsable de obra

Abrir el local es un trámite; reformarlo es otro distinto. Si va a acondicionar el local, puede necesitar además un trámite de obras ante el ayuntamiento, con su propia documentación y sus propios tributos (habitualmente una tasa urbanistica y el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, el ICIO).

La clave es si la obra necesita proyecto técnico. La obra mayor (la que afecta a la estructura, a la fachada, al conjunto del edificio o supone cambio de uso) exige proyecto y licencia de obras. La obra menor y las obras de simple acondicionamiento que no requieren proyecto suelen tramitarse por licencia de obra menor o por declaración responsable de obra, según lo que admita la ordenanza municipal.

La propia Ley 12/2012 aclara que no requieren licencia previa las obras ligadas al acondicionamiento del local para la actividad comercial cuando no necesitan proyecto conforme a la Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación. Si duda de en que categoría cae su reforma, Managora la clasifica y encamina el trámite de obras correcto junto con el de apertura.

Documentación que suele pedir el ayuntamiento

Aunque cada municipio tiene su modelo, el nucleo documental es bastante estable. Para la apertura por declaración responsable o comunicación suele pedirse: el impreso oficial firmado, los datos identificativos del titular y del local (referencia catastral y dirección), el epigrafe de la actividad (alta censal y, en su caso, IAE), el título que le habilita a usar el local (contrato de arrendamiento o escritura), y la acreditación de que el local cumple las condiciones técnicas (proyecto o memoria técnica, certificados de instalaciones y, cuando proceda, medidas contra incendios y accesibilidad).

Si hay reforma, se anade la documentación de obras: memoria o proyecto según sea obra menor o mayor, presupuesto (base del ICIO) y las certificaciones técnicas correspondientes. Cuando la actividad es clasificada, pueden requerirse informes ambientales o sanitarios adicionales.

No hace falta que reuna todo esto por su cuenta ni que interprete que documento pide su ayuntamiento. Managora revisa el expediente completo, prepara los impresos oficiales y monta la documentación técnica y administrativa antes de presentar.

Cómo lo hace Managora por usted

Managora es una gestoría online que tramita la apertura de su local de principio a fin. Usted responde a un formulario guiado con los datos del negocio y del local; nosotros identificamos la vía correcta (declaración responsable, comunicación previa o licencia), preparamos los documentos y los presentamos ante el ayuntamiento en su nombre.

Puede consultar las tres fichas de trámite según su caso: la licencia de apertura y actividad, la declaración responsable de apertura de local y la licencia de obras municipal. En cada ficha vera el importe actualizado del servicio y lo que incluye, sin sorpresas.

Si necesita reforma y apertura a la vez, coordinamos ambos trámites. Cuando la actividad exige un paso ante notario o un informe sectorial, se lo indicamos y lo integramos en el expediente, sin que usted tenga que buscar a nadie por su cuenta.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tardo en poder abrir el local?

Si su actividad va por declaración responsable o comunicación previa, puede iniciarla desde el mismo día en que se presenta el trámite, sin esperar autorización previa (artículo 69 de la LPACAP). Si su caso exige licencia municipal, hay que esperar a la resolución del ayuntamiento, cuyo plazo depende de cada municipio.

¿Qué papeles necesito para abrir?

Lo habitual: el impreso oficial firmado, sus datos y los del local (referencia catastral y dirección), el alta de la actividad (censal e IAE cuando proceda), el título de uso del local (arrendamiento o escritura) y la documentación técnica que acredita que el local cumple (proyecto o memoria y certificados de instalaciones). Si hay obra, se anade su documentación. Managora reune y prepara todo por usted.

¿Necesito licencia de obras si solo pinto y coloco mobiliario?

Las obras de simple acondicionamiento que no requieren proyecto técnico suelen tramitarse por obra menor o por declaración responsable de obra, y la propia Ley 12/2012 no las sujeta a licencia previa. Si la reforma toca estructura, fachada o cambia el uso, es obra mayor y exige proyecto y licencia. Managora clasifica su reforma y encamina el trámite correcto.

¿Qué pasa si abro sin presentar nada o con datos falsos?

Según el artículo 69 de la LPACAP, la inexactitud, falsedad u omisión esencial, o no presentar la declaración o la documentación exigida, obliga a cesar la actividad desde que el ayuntamiento lo constata, y puede conllevar sanciones y la obligación de reponer la situación. Por eso conviene presentar el trámite bien hecho y con la documentación detras.

¿La declaración responsable vale igual en toda España?

La figura es estatal (Ley 12/2012 y LPACAP), pero las comunidades autónomas pueden ampliar el umbral de superficie y el catalogo de actividades, y cada ayuntamiento fija el procedimiento en su ordenanza. Por eso Managora verifica siempre la normativa del municipio concreto antes de elegir entre declaración responsable y licencia.

¿Cuánto cuesta el trámite?

El coste depende de la vía y del municipio, e incluye normalmente una tasa municipal y, si hay obra, el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO). Puede ver el importe actualizado del servicio de Managora en la ficha del trámite correspondiente (licencia de apertura, declaración responsable de apertura o licencia de obras).

Se lo tramitamos nosotros de principio a fin.

Usted lo describe en un chat y firma; nosotros lo presentamos ante la Administración. Precio fijo desde 98,00 € (IVA incluido), más la tasa oficial si la hay.

Ver el trámite

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El precio, la tasa oficial y los plazos actualizados están en cada ficha.

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