Licencia y registro de un perro potencialmente peligroso (PPP)

Actualizada el 16 de julio de 2026 · Revisado por Jaime Piñeira Pardo, colegiado ICAM138826

La licencia de perro potencialmente peligroso (PPP) es la autorización municipal obligatoria para tener razas como pit bull, rottweiler o dogo argentino. La concede su ayuntamiento y exige certificado de capacidad física y aptitud psicológica, antecedentes penales y seguro de responsabilidad civil. Es válida cinco años. Managora reúne los certificados, tramita la licencia y la inscripción en el registro municipal por usted.

Se lo tramitamos nosotros de principio a fin.

Usted lo describe en un chat y firma; nosotros lo presentamos ante la Administración. Precio fijo desde 11,00 € (IVA incluido), más la tasa oficial si la hay.

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Novedades y normativa aplicable

  • Marco vigente a 17/07/2026: Ley 50/1999 y Real Decreto 287/2002, plenamente en vigor para los PPP (seguro mínimo 120.000 €).
  • Ley 7/2023, de 28 de marzo, de bienestar animal, en vigor desde el 29/09/2023: crea un seguro de responsabilidad civil obligatorio para todos los perros y un curso de formación, pero ambos siguen pendientes de desarrollo reglamentario y no son exigibles con carácter general.
  • Borrador de nuevo Real Decreto (aún no aprobado): plantea dejar de clasificar los PPP solo por raza y sustituirlo por una prueba de aptitud a los 12 meses, con seguro de 100.000 €. Es solo un proyecto y no está en vigor.
  • Varias comunidades autónomas mantienen normativa propia más estricta (cobertura del seguro, longitud de la correa, curso de adiestramiento).

¿Qué es un perro potencialmente peligroso (PPP) y qué razas incluye?

Un perro potencialmente peligroso (PPP) es aquel que la ley considera capaz de causar daños por sus características o su comportamiento. El marco vigente a 17 de julio de 2026 es la Ley 50/1999 y su Real Decreto 287/2002, que siguen plenamente en vigor para los PPP.

Un perro es PPP por tres vías. Primera, por raza: las ocho razas del Anexo I del RD 287/2002 y sus cruces (pit bull terrier, staffordshire bull terrier, american staffordshire terrier, rottweiler, dogo argentino, fila brasileiro, tosa inu y akita inu). Segunda, por características físicas del Anexo II (fuerte musculatura, peso superior a 20 kg, pecho macizo, etc.). Tercera, por comportamiento: cualquier perro que haya mostrado agresividad marcada o protagonizado agresiones, previa declaración de la autoridad competente.

Por eso un perro mestizo o de una raza no listada también puede ser PPP si reúne las características del Anexo II o si es declarado agresivo. Todo PPP debe estar identificado con microchip.

¿Quién necesita la licencia y qué requisitos exige?

Necesita la licencia toda persona que sea propietaria o que conduzca por la vía pública un perro potencialmente peligroso. La expide el ayuntamiento del municipio donde reside el titular.

Los requisitos del artículo 3 del RD 287/2002 son: ser mayor de edad; no haber sido condenado por delitos de homicidio, lesiones, torturas, contra la libertad, la integridad moral, la libertad sexual o la salud pública, ni por asociación con banda armada o narcotráfico, ni estar privado judicialmente del derecho a la tenencia; no haber sido sancionado por infracciones graves o muy graves de la Ley 50/1999; disponer de capacidad física y aptitud psicológica; y tener contratado un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros.

La cobertura mínima estatal del seguro es de 120.000 euros, pero algunas comunidades autónomas exigen una cuantía superior (Andalucía, por ejemplo, exige 175.000 euros). Managora comprueba el importe que le corresponde según su comunidad y su municipio.

¿Qué documentación hay que reunir?

Para solicitar la licencia debe aportar: documento de identidad (DNI, NIE o pasaporte); certificado de capacidad física y de aptitud psicológica emitido por un centro de reconocimiento autorizado (los mismos que examinan a los conductores); certificado de antecedentes penales, que se solicita mediante el modelo 790 código 006 del Ministerio de Justicia (impreso de autoliquidación de la tasa); acreditación de no haber sido sancionado por infracciones graves o muy graves; y la póliza del seguro de responsabilidad civil.

El certificado de capacidad física y aptitud psicológica tiene una vigencia de un año desde su expedición, según el artículo 7 del RD 287/2002, por lo que conviene reunir toda la documentación en el mismo plazo.

Managora se encarga de solicitar el certificado de antecedentes penales, coordinar el reconocimiento físico y psicológico, contratar el seguro con la cobertura correcta y presentar la solicitud ante su ayuntamiento. Puede ver el importe actualizado del servicio en la ficha del trámite.

¿Cómo se inscribe el perro en el Registro Municipal de PPP?

Obtener la licencia y registrar al animal son dos pasos distintos. Una vez concedida la licencia, el propietario debe inscribir al perro en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos de su ayuntamiento.

El RD 287/2002 no fija un plazo estatal único para esta inscripción inicial: lo determina la ordenanza municipal, y lo habitual es que se exija en los quince días siguientes a la obtención de la licencia. Cualquier variación posterior de los datos de la licencia también debe comunicarse al ayuntamiento, en el plazo que establezca la ordenanza municipal (habitualmente quince días); el RD 287/2002 no fija un plazo estatal cerrado para ello.

La inscripción deja constancia del animal, su microchip, su titular y el seguro. Managora presenta la solicitud de inscripción y le entrega el certificado de inscripción, que es uno de los documentos que debe llevar consigo en la vía pública.

¿Qué obligaciones de tenencia tiene y qué sanciones hay por incumplir?

En lugares y espacios públicos, el PPP debe llevar bozal apropiado para su tipología racial y ser conducido con cadena o correa no extensible de menos de dos metros. No se puede llevar más de un perro potencialmente peligroso por persona. Algunas comunidades autónomas endurecen estas medidas (Andalucía limita la correa a un metro).

Quien conduzca al animal debe llevar consigo la licencia administrativa y el certificado de inscripción en el Registro Municipal. En una finca o terreno, el PPP debe estar atado salvo que haya un recinto cerrado adecuado. La pérdida o sustracción del animal se comunica al Registro Municipal en un plazo máximo de cuarenta y ocho horas.

Las sanciones de la Ley 50/1999 van desde 150,25 euros (leves) hasta 15.025,30 euros (muy graves). Tener un PPP sin licencia es infracción muy grave; circular sin bozal o sin la correa reglamentaria, o no inscribirlo en el registro, es infracción grave. La sanción puede acompañarse del decomiso del animal y de la retirada o suspensión de la licencia.

¿Qué cambia con la Ley 7/2023 en 2026?

La Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, está en vigor desde el 29 de septiembre de 2023. Introduce un seguro de responsabilidad civil obligatorio para todos los perros y un curso de formación para su tenencia.

A 17 de julio de 2026, ambas medidas dependen de un desarrollo reglamentario todavía pendiente, por lo que no son exigibles con carácter general. Mientras tanto, los perros potencialmente peligrosos siguen rigiéndose por la Ley 50/1999 y el RD 287/2002, con seguro mínimo de 120.000 euros.

Existe además un borrador de nuevo Real Decreto que plantea dejar de clasificar a los PPP solo por raza y sustituirlo por una prueba de aptitud a los doce meses de edad, con un seguro de 100.000 euros. Es solo un proyecto y no está en vigor. Managora vigila estos cambios y le avisa si le afectan.

Paso a paso

  1. 1

    Compruebe si su perro es PPP

    Verifique si pertenece a una de las ocho razas del Anexo I o a sus cruces, si reúne las características físicas del Anexo II, o si ha sido declarado agresivo por la autoridad.

  2. 2

    Identifique al animal y ponga la cartilla al día

    El perro debe estar identificado con microchip y con las vacunaciones y cartilla sanitaria en regla.

  3. 3

    Obtenga el certificado de capacidad física y aptitud psicológica(Vigencia 1 año)

    Se emite en un centro de reconocimiento autorizado (del tipo de los de conductores). Tiene una vigencia de un año.

  4. 4

    Solicite el certificado de antecedentes penales(Emisión inmediata o pocos días)

    Se solicita mediante el modelo 790 código 006 del Ministerio de Justicia (impreso de autoliquidación de la tasa). Acredite también no haber sido sancionado por infracciones graves o muy graves de PPP.

  5. 5

    Contrate el seguro de responsabilidad civil

    Póliza por daños a terceros con cobertura mínima de 120.000 euros, o la superior que exija su comunidad autónoma.

  6. 6

    Presente la solicitud de licencia en el ayuntamiento(Según el ayuntamiento)

    En el ayuntamiento de su domicilio, con toda la documentación. El ayuntamiento resuelve tras verificar los requisitos.

  7. 7

    Inscriba al perro en el Registro Municipal de PPP(El que fije la ordenanza, habitualmente 15 días)

    Una vez concedida la licencia, inscriba al animal en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos.

  8. 8

    Cumpla las obligaciones y renueve cada 5 años(Renovación cada 5 años)

    Lleve bozal y correa reglamentaria, porte la licencia y el certificado de inscripción, y renueve la licencia antes de que caduquen los cinco años.

Cuándo un perro se considera PPP (RD 287/2002)

VíaCriterio
Por raza (Anexo I)Pit Bull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American Staffordshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu y Akita Inu, y sus cruces
Por características (Anexo II)Fuerte musculatura y aspecto poderoso, pelo corto, perímetro torácico 60-80 cm, altura a la cruz 50-70 cm y peso superior a 20 kg, cabeza voluminosa, pecho macizo, extremidades robustas
Por comportamiento (art. 2.2)Cualquier perro con carácter marcadamente agresivo o que haya protagonizado agresiones a personas o animales, previa declaración de la autoridad competente

Requisitos y documentos de la licencia PPP

RequisitoCómo se acreditaCoste o importe
Ser mayor de edadDNI, NIE o pasaporteSin coste
Sin antecedentes penales relevantesCertificado de antecedentes penales (se solicita con el modelo 790 código 006)Tasa oficial (ver importe vigente en la ficha)
No sancionado por infracciones PPP graves o muy gravesCertificado del registro correspondiente o declaración responsableSegún municipio
Capacidad física y aptitud psicológicaCertificado de centro de reconocimiento autorizado (vigencia 1 año)Según el centro
Seguro de responsabilidad civilPóliza por daños a terceros, cobertura mínima 120.000 € (más si lo exige su CCAA)Prima del seguro

Régimen sancionador (Ley 50/1999)

InfracciónClasificaciónMulta
Tener un PPP sin licencia; abandonarloMuy grave2.404,06 € a 15.025,30 €
Circular sin bozal o sin correa reglamentaria; no inscribirlo en el registro; dejarlo suelto; no identificarloGrave300,52 € a 2.404,05 €
No llevar cartilla sanitaria o vacunación (sin peligro para personas o animales)Leve150,25 € a 300,51 €

Su perro es PPP: ¿por raza o por características y comportamiento?

Por raza (Anexo I)Por características o comportamiento
Cómo se determinaPertenece a una de las 8 razas del Anexo I o es cruce de ellasReúne las características físicas del Anexo II, o ha mostrado agresividad o protagonizado agresiones
Quién lo decideAutomático por la raza del animalLa autoridad competente, de oficio o tras denuncia, con informe veterinario
EjemplosPit bull, rottweiler, dogo argentino, akita inuMestizo musculoso de más de 20 kg, o cualquier perro declarado agresivo
ConsecuenciaLicencia y registro obligatoriosLicencia y registro obligatorios una vez declarado PPP

Formularios y dónde se presenta

Preguntas frecuentes

¿Cuánto dura la licencia PPP y hay que renovarla?

La licencia tiene una validez de cinco años y puede renovarse por periodos sucesivos de igual duración. Pierde vigencia si deja de cumplir cualquiera de los requisitos, por ejemplo si caduca el seguro.

¿Qué pasa si saco al perro sin bozal o sin licencia?

Circular con un PPP sin bozal o sin la correa reglamentaria es infracción grave (300,52 a 2.404,05 €). Tenerlo sin licencia es infracción muy grave (2.404,06 a 15.025,30 €), y puede llevar aparejado el decomiso del animal.

¿Un perro mestizo o de una raza no listada puede ser PPP?

Sí. Además de las ocho razas del Anexo I y sus cruces, es PPP cualquier perro que reúna las características físicas del Anexo II (musculatura fuerte, más de 20 kg, etc.) o que haya sido declarado agresivo por la autoridad.

¿Necesito licencia si solo paseo el perro de otra persona?

Sí. Quien conduzca y controle un PPP en la vía pública debe tener su propia licencia y llevar consigo la licencia y el certificado de inscripción en el Registro Municipal.

¿Me vale el seguro del hogar?

Por lo general no basta. El PPP exige un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros con la cobertura mínima que fije su comunidad (al menos 120.000 € a nivel estatal). Managora contrata la póliza con la cobertura correcta.

¿Puedo tener un PPP si tengo antecedentes penales?

Depende del delito. Determinadas condenas (homicidio, lesiones, torturas, contra la libertad, la libertad sexual, la salud pública, banda armada o narcotráfico) impiden obtener la licencia, igual que estar privado judicialmente del derecho a la tenencia.

Se lo tramitamos nosotros de principio a fin.

Usted lo describe en un chat y firma; nosotros lo presentamos ante la Administración. Precio fijo desde 11,00 € (IVA incluido), más la tasa oficial si la hay.

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El precio, la tasa oficial y los plazos actualizados están en cada ficha.

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