Licencias y tenencia de armas para particular (Reglamento de Armas)
Actualizada el 16 de julio de 2026 · Revisado por Jaime Piñeira Pardo, colegiado ICAM nº 138826
La tenencia legal de armas por un particular exige una licencia de la Guardia Civil según el uso: la B para defensa, la D y la E para caza y la F para tiro deportivo. Cada arma se ampara con su guía de pertenencia y las de aire comprimido con la tarjeta de armas. Hacen falta antecedentes penales limpios y aptitud psicofísica. Managora prepara y presenta su solicitud ante la Intervención de Armas.
Se lo tramitamos nosotros de principio a fin.
Usted lo describe en un chat y firma; nosotros lo presentamos ante la Administración. Precio fijo desde 36,00 € (IVA incluido), más la tasa oficial si la hay.
Novedades y normativa aplicable
- Norma vigente: Reglamento de Armas, Real Decreto 137/1993, de 29 de enero (BOE de 5 de marzo de 1993), en vigor y aplicable a 17 de julio de 2026.
- Última gran reforma: Real Decreto 726/2020, de 4 de agosto, que transpuso la Directiva de la UE sobre armas y ajustó los controles y el régimen de visado por edad (visado a los 3 años para los mayores de 67 años). No unificó con carácter general las vigencias de 3 a 5 años: las licencias B, D y E ya tenían 5 años de vigencia antes de esa reforma.
- Modificación previa relevante: Real Decreto 316/2000, de 3 de marzo, sobre licencias y revistas de armas.
- A 17 de julio de 2026 no consta la entrada en vigor de un nuevo Reglamento de Armas (dato a confirmar antes de publicar).
- Tasas: se liquidan con el modelo 790 de la Guardia Civil; los importes pueden actualizarse cada año por la Ley de Presupuestos, por lo que conviene comprobar el importe vigente.
¿Qué es la licencia de armas y quién la concede?
La licencia de armas es la autorización administrativa que permite a un particular tener y usar un arma reglamentada. La concede la Guardia Civil, a través de la Intervención de Armas correspondiente a su domicilio. La única excepción es la tarjeta de armas de aire comprimido, que la concede el alcalde de su municipio.
El marco legal es el Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993, de 29 de enero), modificado por el Real Decreto 726/2020. Distingue varias modalidades de licencia según el tipo de arma y su finalidad.
Importante: la licencia autoriza a la persona, mientras que cada arma concreta se documenta por separado con su guía de pertenencia. Son dos cosas distintas y ambas son obligatorias.
¿Qué tipo de licencia necesito según el uso?
Licencia B: armas cortas (pistola o revólver) para defensa personal. Tiene carácter restrictivo, ya que solo se concede a quien acredita un riesgo especial y objetivo; ampara un único arma.
Licencia D: armas largas rayadas (rifle) para caza mayor. Licencia E: escopetas y armas para caza menor y tiro deportivo con escopeta. Licencia F: armas para tiro deportivo, que exige estar federado.
Las licencias A (agentes de la autoridad) y C (vigilantes de seguridad) van ligadas a un cargo o contrato y no están pensadas para el particular común. Si tiene dudas sobre cuál le corresponde, Managora la determina por usted a partir del uso previsto.
¿Qué requisitos debo cumplir?
Edad: ser mayor de edad (18 años) para las licencias de armas de fuego. Para la tarjeta de armas tipo A (aire comprimido) la edad mínima es de 14 años, con la documentación exigida.
Antecedentes penales: carecer de antecedentes penales. Debe aportar el certificado o autorizar a la Guardia Civil a consultar el Registro Central de Penados del Ministerio de Justicia.
Aptitud psicofísica: certificado emitido por un centro de reconocimiento autorizado, que acredita las capacidades físicas y psíquicas para tener y usar armas.
Prueba de aptitud (examen): para las licencias B, D y E hay que superar pruebas de conocimientos y de manejo ante la Guardia Civil. La licencia F se obtiene acreditando la condición de federado en tiro deportivo.
¿Qué es la guía de pertenencia y la tarjeta de armas?
La guía de pertenencia es el documento que acredita quién es el propietario o poseedor legal de cada arma de fuego. La expide la Intervención de Armas al inscribir el arma y acompaña siempre al arma. Sin ella, la tenencia no está en regla aunque tenga la licencia.
La tarjeta de armas es un documento distinto, para las armas de aire comprimido (4ª categoría). La concede el alcalde del municipio de residencia. La tipo A (categoría 4ª.1) cubre hasta 6 armas y dura 5 años; la tipo B (categoría 4ª.2, un solo tiro) tiene vigencia permanente.
Un particular con afición puede necesitar los dos documentos a la vez: la guía de pertenencia para su escopeta o rifle y la tarjeta de armas para su carabina de aire comprimido.
¿Cuánto dura la licencia y cómo se renueva?
Las licencias B, D, E y F tienen una vigencia de 5 años. Antes de que caduquen debe solicitar la renovación, aportando de nuevo el certificado de aptitud psicofísica. En la licencia B, además, hay que volver a justificar que persiste el riesgo que motivó su concesión.
Si la licencia caduca, no puede usar ni portar el arma. Debe renovarla a tiempo o depositar el arma en la Intervención de Armas. Utilizar un arma con la licencia caducada es una infracción sancionable.
Para las personas mayores de 67 años, la licencia debe visarse a los 3 años de su expedición con un informe de aptitud psicofísica favorable. Managora le avisa de la caducidad y del visado para que no se le pase el plazo.
¿Qué hace Managora por usted?
Managora identifica la licencia que le corresponde, reúne y revisa toda la documentación, gestiona el pago de la tasa (modelo 790) y tramita la obtención de los antecedentes penales o la autorización para su consulta.
Presentamos la solicitud ante la Intervención de Armas de la Guardia Civil de su domicilio y hacemos el seguimiento hasta la resolución. También gestionamos la guía de pertenencia de cada arma y la tarjeta de armas de aire comprimido.
Usted solo aporta sus datos y la documentación personal (aptitud psicofísica y examen, que son personales); del resto del expediente se ocupa Managora.
Paso a paso
- 1
Determinar la licencia y comprobar requisitos
Según el uso (defensa, caza mayor, caza menor, tiro deportivo) se fija el tipo de licencia (B, D, E o F) y los requisitos aplicables. Managora lo determina por usted.
- 2
Obtener el certificado de aptitud psicofísica(El certificado tiene una validez limitada para presentar la solicitud (a confirmar en la ficha).)
Reconocimiento en un centro autorizado que acredita las capacidades físicas y psíquicas para tener y usar armas.
- 3
Superar la prueba de aptitud o acreditar la condición de federado
Para las licencias B, D y E hay que aprobar el examen de conocimientos y manejo ante la Guardia Civil. Para la F, acreditar la licencia federativa de tiro deportivo.
- 4
Reunir los antecedentes penales
Aportar el certificado de antecedentes penales o autorizar su consulta al Registro Central de Penados del Ministerio de Justicia.
- 5
Abonar la tasa (modelo 790)
Se genera y paga la tasa de armas y explosivos en la aplicación de la Guardia Civil antes de presentar la solicitud.
- 6
Presentar la solicitud en la Intervención de Armas
La solicitud se presenta en la Intervención de Armas de la Guardia Civil del domicilio del interesado, de forma presencial o por la sede electrónica.
- 7
Resolución y expedición de la licencia(El plazo de resolución depende de la Intervención de Armas (a confirmar).)
La Guardia Civil valora la solicitud y, si procede, expide la licencia con 5 años de vigencia.
- 8
Inscribir el arma y obtener la guía de pertenencia
Adquirida el arma, se inscribe en la Intervención de Armas, que expide la guía de pertenencia que acredita su propiedad y acompaña siempre al arma.
Licencias y tarjetas para el particular
| Documento | Para qué (uso) | Arma que ampara | Vigencia |
|---|---|---|---|
| Licencia B | Defensa personal (restrictiva, riesgo especial) | Pistola o revólver (1 arma) | 5 años |
| Licencia D | Caza mayor | Arma larga rayada (rifle) | 5 años |
| Licencia E | Caza menor y tiro deportivo con escopeta | Escopeta (arma larga de ánima lisa) | 5 años |
| Licencia F | Tiro deportivo (federado) | Armas de tiro deportivo | 5 años |
| Tarjeta de armas A (4ª.1) | Aire comprimido, fuera del domicilio | Carabina o pistola de aire comprimido (hasta 6) | 5 años |
| Tarjeta de armas B (4ª.2) | Aire comprimido de un solo tiro | Un solo tiro | Permanente |
Tasas oficiales orientativas (modelo 790, Guardia Civil)
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Expedición de licencia (armas cortas y largas rayadas) | 15,57 € |
| Renovación de licencia (armas cortas y largas rayadas) | 11,68 € |
| Licencia tipo E y otras autorizaciones de uso | 11,68 € |
| Pruebas de capacitación (examen) | 95,98 € |
| Guía de pertenencia de arma de fuego | 7,78 € |
Guía de pertenencia frente a tarjeta de armas
| Guía de pertenencia | Tarjeta de armas (4ª categoría) | |
|---|---|---|
| Qué ampara | Cada arma de fuego (categorías 1ª a 3ª) | Armas de aire comprimido (4ª categoría) |
| Quién la concede | Intervención de Armas de la Guardia Civil | Alcalde del municipio de residencia |
| ¿Requiere licencia de la Guardia Civil? | Sí, va unida a una licencia B, D, E o F | No, la tarjeta es autónoma |
| Vigencia | Mientras tenga el arma (se mantiene con la licencia) | Tipo A: 5 años; Tipo B: permanente |
| Función | Acredita la propiedad o tenencia legal del arma | Autoriza a portar el arma de aire comprimido fuera de casa |
Formularios y dónde se presenta
- Primera solicitud de licencia de armas B (SIA 110700) ↗
- Renovación de licencia de armas B (SIA 1987090) ↗
- Primera solicitud de licencia de armas D (SIA 110710) ↗
- Primera solicitud de licencia de armas E (SIA 110730) ↗
- Primera solicitud de licencia de armas F (SIA 110740) ↗
- Solicitud de guía de pertenencia de armas (SIA 1000026) ↗
- Modelo 790 (tasa de armas y explosivos), aplicación de pago de la Guardia Civil ↗
- Solicitud de tarjeta de armas de 4ª categoría (se presenta en el Ayuntamiento del domicilio)
Preguntas frecuentes
¿Puede un particular tener una pistola en casa para defensa?
La licencia B existe, pero es restrictiva: solo se concede a quien acredita un riesgo especial y objetivo para su vida o sus bienes. La simple sensación de inseguridad no basta. Autoriza un único arma corta y dura 5 años.
¿Necesito licencia para una carabina de aire comprimido?
No una licencia de la Guardia Civil, sino la tarjeta de armas que concede su Ayuntamiento. La tipo A cubre hasta 6 armas y dura 5 años; la tipo B (un solo tiro) es permanente. Se puede solicitar desde los 14 años con la documentación exigida.
¿Qué papeles necesito para la licencia?
Certificado de aptitud psicofísica, carecer de antecedentes penales (o autorizar su consulta), documento de identidad, justificante de la tasa (modelo 790) y, cuando proceda, haber superado la prueba de aptitud. Managora reúne y revisa todo el expediente por usted.
¿Qué pasa si mi licencia caduca?
No puede usar ni portar el arma. Debe renovarla antes del vencimiento o depositarla en la Intervención de Armas. Usar un arma con la licencia caducada es una infracción sancionable. Managora le avisa del plazo para renovar a tiempo.
¿Con una sola licencia puedo tener varias armas?
Depende del tipo: la licencia B ampara un único arma, mientras que las D, E y F pueden amparar varias según su modalidad. En todo caso, cada arma necesita su propia guía de pertenencia.
¿Cuánto cuesta y cuánto tarda?
Las tasas oficiales se pagan con el modelo 790 (por ejemplo, la expedición de la licencia y la guía de pertenencia). Puede ver el importe actualizado y el plazo estimado, además de lo que gestiona Managora, en la ficha del trámite.
Se lo tramitamos nosotros de principio a fin.
Usted lo describe en un chat y firma; nosotros lo presentamos ante la Administración. Precio fijo desde 36,00 € (IVA incluido), más la tasa oficial si la hay.
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El precio, la tasa oficial y los plazos actualizados están en cada ficha.
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