Guías de la gestoría

TIE y NIE: cómo solicitarlos, requisitos y renovación

Actualizada el 22 de septiembre de 2026 · Revisado por Jaime Piñeira Pardo, colegiado ICAM nº 138826

La respuesta corta

La TIE se solicita personalmente dentro del mes siguiente a la concesión de su autorización de residencia, y la renovación se presenta durante los dos meses previos a su caducidad. El NIE es otra cosa: un número que no caduca nunca. Aquí tiene los requisitos por tipo de autorización, los documentos, las dos citas presenciales y qué hacer si su tarjeta ya ha caducado.

Se lo tramitamos nosotros de principio a fin.

Usted lo describe en un chat y firma; nosotros lo presentamos ante la Administración. Precio fijo desde 210,00 € (IVA incluido), más la tasa oficial si la hay.

Ver el trámite

Novedades y normativa aplicable

  • Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000 (BOE de 20 de noviembre de 2024), en vigor desde el 20 de mayo de 2025: sustituye al Real Decreto 557/2011 y fija el plazo de renovación en los dos meses previos a la caducidad, admitiendo la solicitud hasta tres meses después.
  • Real Decreto 316/2026, de 14 de abril, en vigor desde el 16 de abril de 2026: modifica el Reglamento de extranjería en materia de arraigo, de familiares de español y de modificación de autorizaciones. No altera el plazo de renovación ni el régimen de la tarjeta.
  • Orden PJC/617/2025, de 13 de junio, en vigor desde el 16 de junio de 2025: fija los importes vigentes de las tasas de extranjería y deroga la Orden PRE/1803/2011. La TIE de primera concesión son 16,08 euros, la de renovación 19,30 y la de larga duración 21,87.
  • Artículo 209 del Reglamento de extranjería: solo tienen derecho y deber de obtener la TIE quienes cuentan con un visado o una autorización de más de seis meses, y el plazo para solicitarla es de un mes.
  • Real Decreto 255/2025, de 1 de abril, por el que se regula el Documento Nacional de Identidad: la fotografía de la TIE sigue los requisitos de la del DNI, 32 por 26 milímetros, en color y con fondo uniforme blanco y liso.

NIE y TIE no son lo mismo: número frente a tarjeta

El NIE (Número de Identidad de Extranjero) es un número personal, único y exclusivo que la Administración asigna al extranjero para identificarle. Se asigna de por vida: no caduca ni cambia, aunque usted cambie de situación o de tarjeta. Puede tenerlo alguien que ni siquiera viva en España, cuando se relaciona con el país por motivos económicos, profesionales o sociales.

La TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero) es un documento físico que acredita su situación legal de residencia en España. Incorpora su fotografía, sus datos personales, su número de NIE y el tipo de autorización de la que es titular. A diferencia del número, la tarjeta tiene fecha de caducidad y se renueva de forma periódica junto con su autorización de residencia.

La forma sencilla de recordarlo: el NIE identifica y la TIE acredita que reside legalmente. Por eso primero se obtiene el número y, cuando se concede una autorización de residencia, se documenta con la tarjeta.

Conviene aclarar un caso frecuente: los ciudadanos de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o Suiza no obtienen una TIE, sino un Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión (el conocido certificado verde) que también incluye su NIE. La TIE es el documento propio de los nacionales de terceros países.

El NIE para no residentes: cuándo y cómo se solicita

Necesita un NIE siempre que vaya a realizar en España un acto con trascendencia para la Administración sin residir aquí: comprar o vender un inmueble, aceptar una herencia, constituir o participar en una sociedad, abrir determinadas operaciones bancarias o tributar por una renta, entre otros supuestos.

La solicitud se formaliza con el impreso oficial EX-15 y el pago de la tasa modelo 790 código 012. Según la Sede Electrónica de la Policía Nacional, la resolución del procedimiento de asignación de NIE a instancia del interesado está prevista en un máximo de cinco días desde su presentación.

Puede tramitarse dentro de España (Dirección General de la Policía, Oficinas de Extranjería o Comisarías) o desde el extranjero a través de la Oficina Consular de España correspondiente. No es imprescindible que usted comparezca en persona: cabe actuar por medio de representante debidamente apoderado.

En Managora preparamos el formulario y presentamos la solicitud por usted. La tasa la abona usted en el banco, con el impreso que le dejamos relleno a su nombre: la Policía solo la admite sellada a nombre del interesado. Puede ver el importe actualizado en la ficha del trámite de NIE para no residentes.

La primera TIE: después de conceder su autorización de residencia

Cuando le conceden una autorización de residencia (por trabajo, estudios, arraigo, reagrupación familiar, residencia no lucrativa u otra), esa resolución le habilita a residir, pero todavía necesita documentarse con la tarjeta física. Ahí entra la primera TIE.

El plazo es corto: desde la notificación de la concesión dispone, con carácter general, de un mes para solicitar personalmente la Tarjeta de Identidad de Extranjero ante la Comisaría o la Oficina de Extranjería de su lugar de residencia. Dejar pasar ese plazo puede complicar el trámite, por lo que conviene pedir cita cuanto antes.

La solicitud se presenta con el impreso EX-17, el justificante de pago de la tasa modelo 790 código 012, su pasaporte en vigor, una fotografía reciente tamaño carné y la resolución de concesión de la autorización.

Managora reúne y revisa toda esa documentación, le prepara el impreso de la tasa para que usted la abone en el banco antes de la cita y le consigue las dos citas que exige la Comisaría, la de toma de huellas y la de recogida de la tarjeta, de modo que solo tenga que acudir esos dos días. Puede consultar el importe actualizado en la ficha del trámite de primera TIE.

¿Cómo se pide la cita previa de toma de huellas del TIE?

La cita de toma de huellas se pide en el sistema de cita previa de extranjería de la Administración General del Estado, eligiendo la provincia y la oficina, que puede ser una Oficina de Extranjería o una Comisaría de Policía. Son dos citas distintas y separadas en el tiempo: una para las huellas y la firma, y otra después para recoger la tarjeta. Las dos las pedimos nosotros y a su nombre.

La expedición de la TIE exige que usted comparezca en persona esas dos veces. Son los dos únicos pasos del trámite que no puede hacer nadie por usted, porque la tarjeta es personal e intransferible y solo se entrega a su titular.

El día de la cita de huellas debe llevar el pasaporte en vigor, la resolución de concesión, el impreso EX-17, el justificante de la tasa modelo 790 código 012 ya pagada y sellada, y la fotografía. Si falta cualquiera de esos cinco papeles, la cita se pierde y hay que volver a pedirla.

El cuello de botella real de este trámite no es el papeleo, es conseguir la cita. Managora la solicita en cuanto nos llega su concesión, para no agotar el mes de plazo, y le comunica el día, la hora y la dirección exacta a la que tiene que acudir.

¿Cuándo se renueva el TIE y qué pasa si se le ha pasado el plazo?

La renovación se solicita durante los dos meses previos a la fecha en que caduca su autorización. Presentarla dentro de ese plazo prorroga la validez de la autorización anterior hasta que se resuelva el procedimiento, de modo que usted sigue residiendo y, en su caso, trabajando con plena legalidad mientras espera.

También se admite presentarla dentro de los tres meses posteriores a la caducidad, y esa presentación prorroga igualmente la autorización anterior hasta que se resuelva. Pero hay una diferencia que conviene conocer: el retraso de hasta tres meses en solicitar la renovación de una autorización ya caducada es una infracción leve de la Ley Orgánica 4/2000, sancionable con multa de hasta 500 euros.

Pasados esos tres meses la situación cambia de categoría. Encontrarse en España con la autorización caducada más de tres meses sin haber solicitado la renovación en el plazo previsto es una infracción grave, con multa de 501 a 10.000 euros. Por eso los dos meses previos no son una recomendación: son la única ventana que no tiene coste.

Concedida la renovación se repite el circuito de la tarjeta: desde la notificación de la resolución dispone de un mes para solicitar personalmente la nueva TIE, con nueva toma de huellas y nueva tasa. Su NIE, en cambio, sigue siendo el mismo: el número no se renueva ni cambia nunca.

Managora vigila su fecha de caducidad, prepara la renovación y tramita después la tarjeta. Puede ver el alcance y el importe en la ficha de renovación de TIE.

¿Qué hago si mi TIE está caducado?

Si su TIE ya ha caducado, todavía puede presentar la renovación dentro de los tres meses siguientes, y esa presentación prorroga su autorización anterior hasta que se resuelva el procedimiento. Cuanto antes actúe, menor es el coste: dentro de esos tres meses el retraso es una infracción leve, con multa de hasta 500 euros; pasados los tres meses sin haber solicitado nada, la permanencia irregular es una infracción grave, de 501 a 10.000 euros.

Si lo que ha caducado es la tarjeta de un residente de larga duración, la situación es distinta y más tranquila: no presentar la renovación de la tarjeta no extingue en ningún caso la autorización de larga duración. Lo que caduca es el plástico, no su derecho a residir, aunque sigue siendo obligatorio renovarlo.

El error más común es confundir el número con la tarjeta. Tener el NIE no significa tener residencia: el NIE identifica, pero es la TIE la que acredita que usted reside legalmente. Que caduque la tarjeta no significa que pierda su número.

Otros descuidos habituales: dejar pasar el mes siguiente a la concesión sin pedir la primera TIE, presentarse en la comisaría sin la tasa pagada o con una fotografía que no cumple el formato del DNI, y no acudir el día de la cita de huellas o el de la recogida. Cualquiera de ellos le obliga a empezar por la cita otra vez.

Si no tiene claro en qué plazo está, Managora revisa su expediente, le dice exactamente qué trámite le corresponde y lo presenta por usted.

¿Qué requisitos piden para sacar el TIE por primera vez?

Para sacar el TIE por primera vez hacen falta cinco cosas y ninguna más: el impreso EX-17, el justificante de la tasa modelo 790 código 012 ya pagada, su pasaporte en vigor, una fotografía de 32 por 26 milímetros en color y con fondo blanco, y la resolución que le concede la autorización. Con eso se acude a la cita de toma de huellas, que es presencial y personal.

El requisito previo es tener ya concedido un visado o una autorización que le permita permanecer en España más de seis meses. Así lo establece el artículo 209 del Reglamento de extranjería aprobado por el Real Decreto 1155/2024: quien tiene un título de más de seis meses tiene el derecho y el deber de obtener la tarjeta, y debe solicitarla personalmente en el plazo de un mes desde su entrada en España o desde que la autorización se concede o cobra vigencia. En las autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta ajena ese mes se cuenta desde el alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.

La fotografía es el motivo de rechazo más frecuente en la comisaría. El Reglamento remite a los requisitos de la del DNI, que el Real Decreto 255/2025 fija así: reciente, en color, de 32 por 26 milímetros, con fondo uniforme blanco y liso, tomada de frente, con la cabeza totalmente descubierta y sin gafas de cristales oscuros. Una foto recortada del móvil o con fondo gris le obliga a repetir la cita.

Si su autorización dura seis meses o menos, no hay TIE que pedir: el visado o la propia resolución acreditan su situación. Managora revisa su resolución, prepara el EX-17, le genera el impreso de la tasa y le consigue las dos citas de la comisaría. Puede ver el alcance y el importe de nuestro trabajo en la ficha de primera TIE.

¿Qué requisitos hay para renovar el TIE según su tipo de autorización?

Renovar el TIE es, en realidad, renovar la autorización que la tarjeta documenta, y los requisitos cambian según cuál sea la suya. Lo común a todas es poco: impreso oficial, pasaporte en vigor, la tasa pagada y la fotografía. Lo específico depende de si usted reside por trabajo por cuenta ajena, por cuenta propia, sin actividad lucrativa, por estudios, por reagrupación familiar o por larga duración.

Residencia y trabajo por cuenta ajena: se renueva si acredita la continuidad de la relación laboral que dio lugar a la autorización, o si ha trabajado al menos tres meses por año y ha firmado un contrato con un nuevo empleador estando de alta o en situación asimilada al alta. La autorización renovada se concede por cuatro años y ya permite trabajar por cuenta ajena y por cuenta propia en todo el territorio nacional.

Trabajo por cuenta propia: la renovada también dura cuatro años y deja de estar limitada a una comunidad autónoma y a un sector. Residencia no lucrativa: hay que seguir acreditando medios económicos suficientes sin trabajar, y la autorización renovada tiene una vigencia de dos años. Reagrupación familiar: la renovada dura cuatro años, queda condicionada a que se mantenga la autorización del reagrupante y exige acreditar la escolarización de los menores a su cargo en edad de escolarización obligatoria.

Estancia por estudios: no se renueva, se prorroga, y la prórroga se solicita por medios electrónicos, con lo que aquí usted no tiene que desplazarse hasta que toque la tarjeta. Su vigencia coincide con la duración del curso, con el límite de un año.

Larga duración: su autorización es indefinida y no se renueva. Lo que se renueva es la tarjeta, a los cinco años y cada cinco años después, y cada diez una vez cumplidos los treinta años de edad. No presentar esa renovación no extingue en ningún caso su residencia de larga duración, aunque incumplir las obligaciones relativas a la tarjeta sí puede sancionarse.

Managora controla su fecha de caducidad, comprueba qué requisitos le corresponden y presenta la renovación dentro del plazo bueno. Puede ver el detalle en la ficha de renovación de TIE.

¿Cuánto tarda el TIE después de las huellas y cómo sé que está listo?

No existe un plazo legal de fabricación de la tarjeta. Ninguna norma lo fija, así que desconfíe de quien le dé una cifra cerrada: el tiempo real depende de la comisaría en la que le hayan tomado las huellas. Lo que sí es seguro es el circuito: huellas, fabricación y una segunda cita para recoger la tarjeta en la misma dependencia.

El día de las huellas la comisaría le entrega un resguardo. Ese papel es su prueba de que el trámite está en curso y lleva la referencia con la que la dependencia puede decirle si su tarjeta ya ha llegado, así que consérvelo hasta que tenga la tarjeta física en la mano.

La tarjeta es personal e intransferible y solo se entrega a su titular, de modo que la recogida no puede hacerla otra persona por usted. Managora pide esa segunda cita en cuanto el trámite lo permite y le avisa del día, la hora y la dirección.

Si tiene que viajar mientras tanto, existe la autorización de regreso: permite salir de España y volver mientras su autorización está en periodo de renovación o prórroga, tiene una vigencia no superior a noventa días y durante esos noventa días no limita el número de entradas y salidas. Puede verla en la ficha de autorización de regreso.

¿Qué hago si me roban o pierdo el TIE? El duplicado

Si le roban el TIE, lo pierde o se le destruye, lo que hay que pedir es un duplicado de la tarjeta, no una renovación: su autorización de residencia sigue intacta y lo único que falta es el documento. El Reglamento de extranjería contempla expresamente los cuatro supuestos, robo, extravío, destrucción e inutilización.

El duplicado se solicita con el impreso EX-17 marcando ese supuesto, con el pasaporte en vigor, una fotografía que cumpla los requisitos del DNI y el justificante de la tasa modelo 790 código 012. En caso de robo conviene aportar la denuncia. Es un trámite presencial, porque la tarjeta solo se expide y se entrega a su titular.

Mientras espera el duplicado puede solicitar una autorización de regreso, siempre que acredite haber presentado ya la solicitud de duplicado. Es la vía prevista para no quedarse sin poder salir de España con la tarjeta perdida.

El importe de la tasa del duplicado depende del epígrafe que corresponda a la autorización que su tarjeta documenta, así que conviene comprobarlo en la sede electrónica de la Policía Nacional antes de pagar. Lo explicamos en la guía de tasas de extranjería.

¿Necesita el certificado de empadronamiento para su trámite de extranjería?

Sí, y le piden el certificado, no el volante: es el documento con valor probatorio pleno del domicilio y de la fecha desde la que usted consta inscrito. Casi todos los procedimientos de extranjería, y también la nacionalidad, se apoyan en él para acreditar dónde vive y desde cuándo.

Empadronarse no depende de su situación administrativa. Toda persona que vive en España está obligada a inscribirse en el padrón del municipio donde reside habitualmente, tenga o no autorización de residencia, y el ayuntamiento debe inscribirle si acredita que reside allí.

Hay un detalle que se pasa por alto y cuesta caro: si es extranjero no comunitario y no tiene autorización de residencia de larga duración, su inscripción en el padrón caduca a los dos años y hay que renovarla de forma expresa. Si caduca, el ayuntamiento le da de baja y se rompe la continuidad de residencia que luego se mide para el arraigo y para la nacionalidad.

Tiene el detalle completo en nuestra guía de empadronamiento, y el trámite, si prefiere que lo presentemos nosotros, en la ficha de empadronamiento.

Paso a paso

  1. 1

    Compruebe qué trámite de tarjeta le corresponde(Un mes desde la concesión, o dos meses antes de la caducidad si es una renovación)

    Primera TIE si acaban de concederle la autorización; renovación si su autorización va a caducar; renovación de tarjeta si es residente de larga duración; duplicado si la ha perdido o se la han robado. Solo hay tarjeta cuando el visado o la autorización superan los seis meses.

  2. 2

    Reúna los documentos

    Pasaporte completo en vigor, resolución de concesión o de renovación, una fotografía de 32 por 26 milímetros en color y con fondo blanco liso, y el impreso EX-17 cumplimentado. Añada lo que acredite su tipo de autorización si se trata de una renovación.

  3. 3

    Genere y pague la tasa modelo 790 código 012

    El impreso se obtiene en la sede electrónica de la Policía Nacional y se paga en bancos, cajas de ahorro o cooperativas de crédito. Guárdelo sellado: el propio impreso advierte de que no es válido sin la certificación mecánica o, en su defecto, la firma autorizada de la entidad.

  4. 4

    Pida la cita de toma de huellas(Dentro del mes siguiente a la concesión de la autorización)

    Se solicita en el sistema de cita previa de extranjería, eligiendo provincia y oficina. Es la parte que más se atasca, así que conviene pedirla el mismo día en que llega la concesión. Managora la pide a su nombre y le comunica el día, la hora y la dirección.

  5. 5

    Acuda a la cita y recoja el resguardo

    Tiene que ir usted en persona, con los cinco documentos. Le toman las huellas y la firma y le entregan un resguardo que acredita que el trámite está en curso. Consérvelo hasta tener la tarjeta.

  6. 6

    Pida la segunda cita y recoja la tarjeta

    La recogida tiene su propia cita y solo puede hacerla el titular, porque la tarjeta es personal e intransferible. Managora solicita esa segunda cita en cuanto el trámite lo permite y le avisa.

Un ejemplo

Su autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena caduca el 15 de marzo de 2027.

  • 15 de enero de 2027: se abre el plazo bueno, dos meses antes de la caducidad. Presentar aquí prorroga la validez de su autorización hasta que se resuelva el procedimiento.
  • 15 de marzo de 2027: la autorización caduca. Si aún no ha presentado nada, todavía puede hacerlo, pero el retraso ya es una infracción leve sancionable con multa de hasta 500 euros.
  • 15 de junio de 2027: se agotan los tres meses posteriores. A partir de ahí, estar en España con la autorización caducada más de tres meses sin haber pedido la renovación es una infracción grave, de 501 a 10.000 euros.
  • Notificada la concesión de la renovación: un mes para solicitar personalmente la nueva tarjeta, con el EX-17, la fotografía y la tasa de 19,30 euros.

Presentando el 15 de enero, la autorización renovada se concede por cuatro años y usted no pierde ni un día de residencia legal ni paga una sola multa.

Plazo de renovación y vigencia según su autorización

Tipo de autorizaciónCuándo se pide la renovaciónVigencia una vez renovada
Residencia y trabajo por cuenta ajenaDos meses antes de la caducidad; se admite hasta tres meses despuésCuatro años
Residencia y trabajo por cuenta propiaDos meses antes de la caducidad; se admite hasta tres meses despuésCuatro años
Residencia temporal no lucrativaDos meses antes de la caducidad; se admite hasta tres meses despuésDos años
Residencia por reagrupación familiarDos meses antes de la caducidad; se admite hasta tres meses despuésCuatro años, condicionada a la autorización del reagrupante
Estancia por estudios (es prórroga, no renovación)Dos meses antes de la caducidad; se admite hasta tres meses despuésLa del curso, con el máximo de un año
Residencia de larga duraciónLa autorización es indefinida; se renueva solo la tarjeta, dos meses antes de que caduqueTarjeta de cinco años, y de diez a partir de los treinta años de edad

Qué se presenta en cada trámite de tarjeta

TrámiteImpresoDocumentosTasa 790-012
Primera TIEEX-17Pasaporte en vigor, resolución de concesión, fotografía 32 x 26 mm y justificante de la tasa16,08 euros
Renovación de la TIEEX-17Pasaporte en vigor, resolución de la renovación, fotografía y justificante de la tasa19,30 euros
Tarjeta de residencia de larga duraciónModelo oficialPasaporte completo en vigor o título de viaje, fotografía y justificante de la tasa21,87 euros
Duplicado por robo, extravío o deterioroEX-17Pasaporte en vigor, fotografía, justificante de la tasa y, si hubo robo, la denunciaSegún el epígrafe de su autorización
NIE para no residentesEX-15Pasaporte, motivo de la solicitud y justificante de la tasa9,84 euros

NIE frente a TIE

NIETIE
Qué esUn número personal, único y exclusivoUna tarjeta física con su foto y sus datos
Para qué sirveLe identifica ante la AdministraciónAcredita que reside legalmente en España
¿Caduca?No. Se asigna de por vida y no cambiaSí. Va ligada a la vigencia de su autorización
Quién lo tieneTambién quien no vive en España, por intereses económicos, profesionales o socialesQuien tiene un visado o una autorización de más de seis meses
ImpresoEX-15EX-17
¿Hay que ir en persona?Puede pedirse desde el extranjero a través de la Oficina ConsularSí, dos veces: huellas y recogida
Plazo de resoluciónCinco días como máximo, y el silencio es negativoNo hay plazo de fabricación fijado por norma
Tasa9,84 eurosDe 12,00 a 21,87 euros según el epígrafe

Formularios y dónde se presenta

Preguntas frecuentes

¿El NIE caduca?

No. El NIE es un número que se asigna de por vida y no cambia ni caduca. Lo que caduca es la tarjeta física (la TIE), que se renueva junto con su autorización de residencia. Aunque renueve la tarjeta muchas veces, su número seguirá siendo el mismo.

¿Cuánto tardan en darme el NIE?

Según la Sede Electrónica de la Policía Nacional, la resolución del procedimiento de asignación de NIE a instancia del interesado está prevista en un máximo de cinco días desde su presentación. La TIE es distinta: además de la resolución, requiere toma de huellas y un tiempo posterior de fabricación de la tarjeta.

¿Tengo que ir en persona para todo?

No para todo. El NIE se solicita personalmente en una comisaría o una oficina de extranjería o, si está fuera de España, a través del consulado (artículo 205.4 del Reglamento de extranjería), pero no exige huellas ni una segunda cita. La TIE, en cambio, exige que acuda usted en persona dos veces: primero a la toma de huellas y, unas semanas después, a recoger la tarjeta, que solo se entrega a su titular. Esos son los dos únicos pasos que debe hacer usted mismo: las dos citas se las pedimos nosotros, le decimos el día, la hora y la dirección, y del resto se ocupa Managora.

¿Cuánto tiempo tengo para pedir la TIE tras concederme la residencia?

Con carácter general, un mes desde la notificación de la resolución de concesión para solicitar personalmente la tarjeta en la Comisaría u Oficina de Extranjería de su lugar de residencia. De conseguir las citas se ocupa Managora: la de toma de huellas en cuanto nos llega la concesión, para no agotar ese plazo, y más adelante la de recogida de la tarjeta, que en el portal oficial es una cita distinta. Usted solo tiene que acudir esos dos días.

¿Qué pasa si mi TIE ya ha caducado?

Todavía puede presentar la renovación dentro de los tres meses posteriores a la caducidad, aunque esa presentación tardía puede dar lugar a un procedimiento sancionador. Lo recomendable es solicitarla en los 60 días naturales anteriores a la fecha de caducidad para evitar cualquier riesgo.

¿Cuánto cuesta el NIE o la TIE?

Son dos importes distintos: nuestros honorarios de gestión y la tasa oficial (modelo 790 código 012). La tasa no va dentro de nuestro precio porque la abona usted en el banco, con el impreso que le preparamos a su nombre: la Policía solo admite el ejemplar sellado por el banco a nombre del interesado. Como los importes se actualizan, no los fijamos en esta guía: puede ver el importe vigente en la ficha del trámite correspondiente (NIE para no residentes, primera TIE o renovación de TIE).

¿Qué documentos piden para renovar el TIE?

Cuatro documentos comunes y uno propio de su caso. Los comunes: el impreso oficial (el EX-17 para la tarjeta), el pasaporte completo en vigor, la fotografía con el formato del DNI y el justificante de la tasa 790 código 012. El propio de su caso acredita que sigue cumpliendo los requisitos de su autorización: vida laboral y contrato si trabaja, medios económicos si reside sin trabajar, matrícula si estudia.

¿Es lo mismo renovar el NIE que renovar el TIE?

No, y la confusión es constante. El NIE es un número personal, único y exclusivo que se asigna de por vida: no caduca ni se renueva. Lo que se renueva es la tarjeta, la TIE, y con ella la autorización de residencia que documenta. Cuando alguien dice «renovar el NIE» casi siempre quiere decir renovar su tarjeta de residencia.

¿Puedo salir de España mientras renuevo el TIE?

Sí, con una autorización de regreso. Se expide a quien tiene la autorización de residencia o de estancia en periodo de renovación o prórroga y acredita haber iniciado el trámite en plazo, y también a quien ha pedido un duplicado por robo o extravío de la tarjeta. Tiene una vigencia no superior a noventa días y durante ese tiempo no limita el número de entradas y salidas.

¿Cuánto tarda el TIE después de la toma de huellas?

Ninguna norma fija un plazo de fabricación, así que cualquier cifra cerrada que lea por ahí es una estimación, no un derecho. Depende de la comisaría. Lo que sí tiene es el resguardo que le entregan el día de las huellas: acredita que el trámite está en curso y lleva la referencia con la que la dependencia puede confirmarle si la tarjeta ya ha llegado.

¿Cada cuánto se renueva la tarjeta de larga duración?

La tarjeta se renueva a los cinco años, y cada cinco años después hasta que su titular cumple treinta, momento a partir del cual pasa a renovarse cada diez. La solicitud se presenta en los dos meses anteriores a que caduque la tarjeta. La autorización de larga duración en sí es indefinida y no se pierde por no renovar la tarjeta a tiempo.

¿Necesito el certificado de empadronamiento para el TIE?

Para los trámites de extranjería se exige el certificado de empadronamiento, no el volante, porque es el documento con valor probatorio pleno del domicilio. Puede empadronarse aunque no sea propietario y aunque su situación administrativa no esté regularizada. Si es extranjero no comunitario sin larga duración, recuerde que la inscripción caduca a los dos años.

Se lo tramitamos nosotros de principio a fin.

Usted lo describe en un chat y firma; nosotros lo presentamos ante la Administración. Precio fijo desde 210,00 € (IVA incluido), más la tasa oficial si la hay.

Ver el trámite

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El precio, la tasa oficial y los plazos actualizados están en cada ficha.

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