Ampliación de capital en Sociedad Limitada (SL)
Ampliación de capital en Sociedad Limitada (SL) se presenta ante Notario + Registro Mercantil correspondiente. Con Managora lo hace 100% online: responde unas preguntas, firma un mandato digital y nosotros redactamos, firmamos y presentamos su solicitud por usted. Coste total orientativo: 241 €. Tasa oficial: Operaciones Societarias: exento desde el RD-Ley 13/2010 (se presenta el modelo 600 declarando la exención). Si aporta inmuebles, AJD 1,5 % sobre el valor (variable por CCAA). Además, la ampliación exige escritura pública notarial (LSC art. 313) e inscripción en el Registro Mercantil con publicación en el BORME (LSC art. 314): aranceles de notaría y registro a su cargo, orientativamente de varios cientos de euros según la cuantía del aumento.
Tramitamos el aumento del capital social en su SL (LSC arts. 295-316) en sus 5 modalidades: aportaciones DINERARIAS (art. 297, desembolso íntegro obligatorio), no DINERARIAS (art. 300, sin informe de experto en SL), por COMPENSACIÓN DE CRÉDITOS (art. 301, 100 % líquidos vencidos exigibles), CAPITALIZACIÓN DE RESERVAS (art. 303, sin desembolso) o MIXTA. Comprobamos mayoría legal en Junta General (>50 % capital, art. 199 LSC), convocatoria correcta (art. 186), derecho de asunción preferente (art. 304, plazo 1 mes) y, si se excluye, requisitos del art. 308. La operación está EXENTA de OS (RD-Ley 13/2010) pero se presenta modelo 600 declarando la exención.
Guía práctica: Gestionar una SL: administrador, estatutos, capital y libros. Requisitos, plazos y pasos, explicados.
- Coste total orientativo
- 241 €
- Honorario Managora
- 241,00 € (IVA 21% incl.)
- Tasa oficial
- Operaciones Societarias: exento desde el RD-Ley 13/2010 (se presenta el modelo 600 declarando la exención). Si aporta inmuebles, AJD 1,5 % sobre el valor (variable por CCAA). Además, la ampliación exige escritura pública notarial (LSC art. 313) e inscripción en el Registro Mercantil con publicación en el BORME (LSC art. 314): aranceles de notaría y registro a su cargo, orientativamente de varios cientos de euros según la cuantía del aumento. (suplido, sin IVA)
- Plazo de resolución
- Tramitación total 6-10 semanas (Junta + plazo asunción 1 mes + escritura + RM 15-30 días).
- Dónde se presenta
- Notario + Registro Mercantil correspondiente ↗
- Qué recibe
- Solicitud
Desglose del coste: Gestión 241,00 € (IVA 21% incl.) + escritura notarial (desde ~150 €) e inscripción en RM (desde ~75 €). Operaciones Societarias exento. Si aporta inmuebles, AJD 1,5 % variable del valor..
Ampliación de capital en Sociedad Limitada (SL): ¿cómo se tramita?
- 1Conteste las preguntas del chat (~12 minutos).
- 2Detectamos modalidad y validamos requisitos: mayoría legal, convocatoria, derecho de asunción preferente, desembolso íntegro si dineraria.
- 3Si aporta inmuebles: coordinamos escritura pública e inscripción en RP además de RM.
- 4Pago de 241,00 € (IVA 21% incl.) por la gestión + ~350-600 € notaría + 200-400 € RM + AJD si inmuebles.
- 5Firma del mandato desde su móvil.
- 6Le redactamos el borrador de la escritura con todos los requisitos formales.
- 7Coordinamos cita notarial.
- 8Presentamos el modelo 600 OS declarando la EXENCIÓN.
- 9Inscripción en el Registro Mercantil. La ampliación es eficaz desde la inscripción (art. 314 LSC).
- 10Actualizamos el libro registro de socios con la nueva distribución del capital.
¿Qué documentos necesita?
- •CIF de la sociedad y datos de inscripción RM (escritura de constitución).
- •Acta de la Junta General que acordó el aumento (con orden del día y mayoría obtenida).
- •Convocatoria de la Junta (publicación BORME / web / comunicación a socios).
- •Si dineraria: certificado bancario del depósito íntegro (vigencia 2 meses).
- •Si no dineraria: descripción detallada del bien aportado y valoración. Si inmuebles: nota simple registral.
- •Si compensación de créditos: contratos, facturas, certificación contable y declaración del titular.
- •Si capitalización: balance auditado o cerrado a fecha máxima 6 meses con la indicación de las reservas disponibles.
Base legal y a tener en cuenta
- AUDITOR (coste NO incluido): con cargo a RESERVAS, el balance debe ir verificado por un auditor de cuentas (art. 303.2 LSC), y lo nombra el Registro Mercantil si la sociedad no audita. Ese coste y ese plazo se los comunicamos ANTES de que pague; nuestro honorario no los cubre. Marco: LSC arts. 295-316 + ITP-AJD (LITP art. 19 + RD-Ley 13/2010 disp. adic. - exención de OS).
- 5 modalidades: dinerarias (desembolso íntegro), no dinerarias (sin experto en SL), compensación de créditos (líquidos vencidos exigibles 100 %), cargo a reservas (sin desembolso), mixta.
- Mayoría: art. 199 LSC exige más del 50 % del capital social. Los estatutos pueden exigir mayoría reforzada.
- Convocatoria: art. 186 LSC - 15 días de antelación, BORME + diario / web / comunicación individual escrita, orden del día detallado.
- Derecho de asunción preferente (art. 304 LSC): los socios tienen derecho a suscribir las nuevas participaciones proporcionalmente. Plazo legal mínimo 1 mes. La exclusión (art. 308) exige interés social, informe de los administradores y mayoría reforzada.
- OS exento desde RD-Ley 13/2010 disposición adicional. Pero se presenta modelo 600 declarando la exención (no presentarlo es infracción tributaria).
- AJD si aportación de INMUEBLES: 1,5 % sobre el valor (no exento porque cambia titularidad). Conexiones: nota_simple_rp del inmueble aportado.
- Eficacia: la ampliación es eficaz desde la INSCRIPCIÓN en el Registro Mercantil (art. 314 LSC), no desde la escritura ni desde el acuerdo.
- Conexiones naturales: reduccion_capital_sl (operación inversa), modificacion_estatutos_sl, deposito_cuentas_anuales, libros_oficiales_legalizacion.
Ampliación de capital en Sociedad Limitada (SL): preguntas frecuentes
Ampliación de capital en Sociedad Limitada (SL): ¿cuánto cuesta?
El coste total orientativo (gestión + tasas e impuestos oficiales) es 241 €: Gestión 241,00 € (IVA 21% incl.) + escritura notarial (desde ~150 €) e inscripción en RM (desde ~75 €). Operaciones Societarias exento. Si aporta inmuebles, AJD 1,5 % variable del valor.. El honorario de Managora es 241,00 €, IVA 21% incluido (199,17 € de base + 41,83 € de IVA). La tasa oficial del organismo (suplido, sin IVA) es: Operaciones Societarias: exento desde el RD-Ley 13/2010 (se presenta el modelo 600 declarando la exención). Si aporta inmuebles, AJD 1,5 % sobre el valor (variable por CCAA). Además, la ampliación exige escritura pública notarial (LSC art. 313) e inscripción en el Registro Mercantil con publicación en el BORME (LSC art. 314): aranceles de notaría y registro a su cargo, orientativamente de varios cientos de euros según la cuantía del aumento..
Ampliación de capital en Sociedad Limitada (SL): ¿cuánto tarda?
Tramitación total 6-10 semanas (Junta + plazo asunción 1 mes + escritura + RM 15-30 días).
Ampliación de capital en Sociedad Limitada (SL): ¿qué documentos necesito?
Necesita tener a mano: CIF de la sociedad y datos de inscripción RM (escritura de constitución)., Acta de la Junta General que acordó el aumento (con orden del día y mayoría obtenida)., Convocatoria de la Junta (publicación BORME / web / comunicación a socios)., Si dineraria: certificado bancario del depósito íntegro (vigencia 2 meses)., Si no dineraria: descripción detallada del bien aportado y valoración. Si inmuebles: nota simple registral., Si compensación de créditos: contratos, facturas, certificación contable y declaración del titular., Si capitalización: balance auditado o cerrado a fecha máxima 6 meses con la indicación de las reservas disponibles.. No los sube aquí: recogemos los datos por el chat guiado.
¿Quién presenta el trámite?
Lo presenta Managora en su nombre ante Notario + Registro Mercantil correspondiente. Usted solo aporta los datos por el chat y firma un mandato; nosotros preparamos, firmamos y registramos.
¿Se puede hacer online?
Sí. Todo el proceso es online: responde unas preguntas en el chat guiado, firma un mandato simple en pantalla y recibe el acuse y los documentos oficiales por email, con plena validez legal.
Trámites relacionados
- Alta como autónomo (Hacienda y Seguridad Social)
- Baja como autónomo (Hacienda + RETA)
- Aplazamiento de deuda con la Seguridad Social (LGSS art. 23 + RD 1415/2004)
- Aplazamiento o fraccionamiento de deuda con la AEAT (art. 65 LGT)
- Solicitud de devolución de ingresos indebidos (LGT art. 221 + RD 520/2005)
- Tarifa Plana de autónomos: solicitud de bonificación
Información basada en la normativa vigente y en la sede oficial del organismo competente: Notario + Registro Mercantil correspondiente ↗.
¿Empezamos con «Ampliación de capital en Sociedad Limitada (SL)»?
Lo presentamos por usted, de principio a fin.
Empezar ahora →