Staking, airdrops, NFT y DeFi: cómo tributan en la Renta
Actualizada el 1 de octubre de 2026 · Revisado por Jaime Piñeira Pardo, colegiado ICAM nº 138826
La respuesta corta
En España, las recompensas de staking, lending y pools de liquidez son rendimiento del capital mobiliario: tributan en la base del ahorro, valoradas en euros el día en que las recibe, aunque no venda nada. Los airdrops son ganancia patrimonial en la base general. Cada swap entre criptos o stablecoins, y cada NFT que paga con cripto, es una permuta que tributa en ese momento; el coste de la cripto que entrega se calcula con criterio FIFO.
Se lo tramitamos nosotros de principio a fin.
Usted lo describe en un chat y firma; nosotros lo presentamos ante la Administración. Precio fijo desde 400,00 € (IVA incluido), más la tasa oficial si la hay.
Novedades y normativa aplicable
- Desde el ejercicio 2025, la base del ahorro por encima de 300.000 € tributa al 30 % (antes, 28 %): afecta a staking, lending y swaps.
- 1 de enero de 2026: los proveedores de la UE empiezan a recoger datos para la DAC8; primer intercambio previsto en 2027. A 1 de octubre de 2026 no se había publicado la ley española de transposición.
- 1 de julio de 2026: terminó en España el periodo transitorio de MiCA; prestar servicios de criptoactivos exige autorización de la CNMV o pasaporte de otro Estado de la UE.
- El modelo 721 del ejercicio 2026 se presenta del 1 de enero al 31 de marzo de 2027.
¿Cómo tributa el staking en España?
Las recompensas de staking son rendimiento del capital mobiliario por la cesión a terceros de capitales propios (artículo 25.2 de la Ley del IRPF), cobrado en especie. Lo fijó la Dirección General de Tributos en la consulta vinculante V1766-22 y lo ha repetido en las consultas V0648-24 y V1551-25.
Da igual que delegue sus monedas en un validador desde un exchange o que sea usted el validador con su propio nodo: en la consulta V1766-22 la DGT descartó que el staking sea una actividad económica, y en la V2388-24 confirma que el resultado es el mismo en los dos casos.
Cada recompensa se valora por su valor de mercado en euros el día en que la recibe; si recibe varias el mismo día, puede usar el cambio medio de ese día. Ese importe va a la base del ahorro, que en 2025 y 2026 tributa del 19 % al 30 % según el tramo.
Tributa al recibirla, no al venderla. Ese valor es, además, el coste de adquisición de esas monedas: cuando las venda o las cambie, la ganancia o pérdida se calcula desde ahí.
No hay retención: cuando las recompensas salen del propio sistema no existe un obligado a retener, así que usted declara el importe íntegro. Y como las criptomonedas no son valores negociables, no puede restar gastos de administración y depósito.
¿Cómo tributan los airdrops y los hard forks?
Un airdrop es una entrega gratuita de tokens sin que usted dé nada a cambio. Para un particular, la DGT lo trata como ganancia patrimonial que no procede de una transmisión: se valora por su valor de mercado en euros el día en que lo recibe (artículo 34.1.b de la Ley del IRPF) y va a la base general, no a la del ahorro (artículos 45 y 46). Tributa, por tanto, a la escala progresiva estatal y autonómica de su comunidad.
Si el airdrop le llega por su actividad profesional, cambia la calificación: en la consulta V2388-24, los airdrops que un artista digital recibía de las plataformas donde vendía sus obras se consideraron rendimientos en especie de su actividad económica.
Si el token no tiene cotización ni mercado cuando lo recibe, su valor es cero: no hay renta que declarar y su coste también es cero, así que al venderlo todo será ganancia. Guarde una captura del precio o de la falta de mercado ese día.
Los hard forks (una cadena nueva que le asigna monedas nuevas por las que ya tenía) no tienen una consulta de la DGT que podamos citar. Los revisamos caso por caso: lo decisivo es si recibe algo con valor de mercado y qué coste se asigna a las monedas nuevas, para no tributar dos veces lo mismo.
¿Cómo tributan los NFT al comprarlos, venderlos o crearlos?
Si compra y vende NFT como inversor, cada venta genera una ganancia o pérdida patrimonial en la base del ahorro: precio de venta en euros menos coste de compra, incluidas las comisiones.
Si paga un NFT con ETH u otra cripto, además de comprar el NFT está permutando el ETH que entrega: debe calcular su ganancia o pérdida con FIFO, igual que si lo hubiera vendido por euros.
Si crea y vende NFT de forma habitual, ordenando sus medios para producir y vender obras digitales, es una actividad económica (artículo 27 de la Ley del IRPF). La consulta V2388-24 trata ese caso: un artista dado de alta en el IAE que vende ilustraciones en plataformas blockchain y pregunta si puede deducir el gasto de acuñación (minting). Se declara como actividad, no como ganancia patrimonial, y la venta puede estar sujeta además a IVA.
¿Cómo tributa la DeFi: pools de liquidez, lending, wrapped tokens y stablecoins?
Los rendimientos de lending, de pools de liquidez y de plataformas que reinvierten sus criptos en DeFi (yield farming, vaults) son rendimiento del capital mobiliario del artículo 25.2, igual que el staking: la consulta V0648-24 los vincula al «depósito o bloqueo de criptoactivos durante un tiempo». Se valoran en euros el día que los percibe y van a la base del ahorro.
Cambiar una cripto por otra, incluida una stablecoin (BTC por USDC, ETH por USDT), es una permuta y tributa en ese momento aunque no pase por euros. La ganancia es la diferencia entre el coste de lo que entrega y el mayor de dos valores: el de mercado de lo que entrega o el de lo que recibe. Es el error más frecuente: creer que solo se paga al pasar a euros.
Los LP tokens que recibe al aportar liquidez son un caso abierto: la V0648-24 dejó fuera su obtención y reembolso. Si entrega dos monedas y recibe un token distinto, la regla general de permuta lleva a calcular la ganancia o pérdida al aportar y otra vez al retirar. Es el criterio prudente que aplicamos.
Con los wrapped tokens (ETH por WETH, BTC por WBTC) tampoco hay consulta que podamos citar. Si entrega un activo y recibe otro distinto, el criterio general es el de la permuta. Como ambos valen casi lo mismo, la ganancia suele ser pequeña, pero el coste del nuevo token queda fijado en ese momento.
¿Cómo tributan la minería y los préstamos con garantía en cripto?
La minería con equipos propios (proof of work) se analiza como actividad económica: usted ordena por cuenta propia medios, equipos y electricidad para obtener monedas nuevas (artículo 27 de la Ley del IRPF). Se declara como rendimiento de actividades económicas, con sus gastos deducibles. Es la diferencia con el staking, donde la DGT descarta la actividad económica.
Si deja sus criptos como garantía (colateral), la DGT, en la consulta V0648-24, califica como rendimiento del capital mobiliario lo que obtenga por esa entrega en garantía. Lo relevante es si las monedas cambian de titular: si el protocolo le entrega un token distinto a cambio, aplicamos el criterio de permuta.
Si el protocolo liquida su garantía porque cae el precio, esa liquidación es una transmisión y genera ganancia o pérdida patrimonial, calculada con FIFO. Los intereses que paga por el préstamo, como particular, no se restan en su Renta.
¿Cómo se valoran en euros las operaciones y cómo se aplica el FIFO?
Cada operación se pasa a euros con el valor de mercado del día en que ocurre: la recompensa al recibirla, el airdrop al recibirlo, la permuta al hacerla. Guarde la fuente de precios que use y aplíquela siempre igual.
Cuando vende o permuta parte de unas monedas compradas en momentos distintos, se entienden transmitidas las adquiridas en primer lugar: es el criterio FIFO del Manual práctico de la Agencia Tributaria. No es una regla propia de las criptos, sino la general de los elementos homogéneos (artículo 37.2 de la Ley del IRPF).
Las monedas recibidas por staking o airdrop entran en la cola FIFO en la fecha en que las recibe y con el valor por el que tributaron. Por eso hay que cruzar los historiales de todos los exchanges y wallets: si falta uno, el coste sale mal y la ganancia también.
Las pérdidas por permutas o ventas se compensan con las demás ganancias por ventas o permutas del año (no con la de un airdrop, que va a la base general). Si sobran, se compensan con los rendimientos del capital mobiliario (staking, lending) hasta el 25 % de estos, y el resto en los cuatro años siguientes (artículo 49 de la Ley del IRPF).
¿Tengo que presentar el modelo 721 por mis criptos en staking o en DeFi?
El modelo 721 es la declaración informativa de monedas virtuales situadas en el extranjero (artículo 42 quater del Reglamento de gestión e inspección tributaria). Lo presenta el residente en España con criptos custodiadas por un proveedor que no está obligado a informar a Hacienda en España, cuando su valor conjunto a 31 de diciembre supera 50.000 euros. Si se supera, se informa de todas.
Lo que cuenta es quién custodia las claves. Las criptos en staking dentro de un exchange extranjero siguen custodiadas por ese exchange y entran en el cálculo. Las de su propia wallet (hardware wallet, MetaMask) o las depositadas en un contrato DeFi sin custodio no están custodiadas por un proveedor.
El plazo va del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente. En los años posteriores solo hay que volver a presentarlo si el saldo conjunto sube más de 20.000 euros o si deja de ser titular. Se valora con la cotización a 31 de diciembre de las principales plataformas o webs de precios.
El 721 solo informa, no paga. Pero no presentarlo o presentarlo mal se sanciona con el régimen general de la Ley General Tributaria (artículos 198 y 199), no con las multas antiguas, que cayeron tras la sentencia del TJUE de 27 de enero de 2022 (asunto C-788/19).
¿Lo sabe Hacienda y qué hace Managora si lo tengo que declarar?
Los exchanges con sede o establecimiento en España informan a Hacienda de saldos (modelo 172) y operaciones (modelo 173) desde el ejercicio 2023. Además, con la directiva DAC8 los proveedores de la UE recogen datos desde el 1 de enero de 2026 y el primer intercambio entre administraciones está previsto para 2027; a 1 de octubre de 2026, la ley española de transposición no se había publicado en el BOE.
Si no declaró recompensas o swaps de años anteriores, Hacienda tiene cuatro años desde el fin del plazo de cada Renta para liquidar. Regularizar antes de un requerimiento sale más barato que esperar.
En Managora hacemos el trabajo entero. Con la ficha Informe fiscal de criptomonedas (informe_fiscal_cripto) reconstruimos sus operaciones de los exchanges y wallets que haya usado, las valoramos en euros, aplicamos FIFO y clasificamos cada renta. Con la ficha Declaración de la Renta (modelo_100) presentamos su IRPF, y con la ficha Modelo 721 (modelo_721), la declaración informativa si le corresponde. Puede ver el importe actualizado en cada ficha.
Paso a paso
- 1
Descargue los historiales de todos sus exchanges y wallets(Antes de abril)
Exporte en CSV el historial completo de cada exchange (compras, ventas, swaps, staking, earn) y anote las direcciones de sus wallets. Incluya años anteriores: el coste de lo que vende hoy puede venir de 2021.
- 2
Valore en euros cada operación en su fecha
Precio de mercado del día de cada recompensa, airdrop, swap o venta, siempre con la misma fuente.
- 3
Aplique el FIFO
Ordene por fecha las entradas de cada moneda (compras, staking, airdrops) y asigne a cada salida las más antiguas.
- 4
Clasifique cada renta
Staking, lending y pools: capital mobiliario. Swaps, ventas y NFT como inversor: ganancia patrimonial del ahorro. Airdrops: base general. Minería o creación habitual de NFT: actividad económica.
- 5
Presente la Renta (modelo 100)(Campaña de la Renta del año siguiente)
Ventas y permutas, en el apartado de ganancias y pérdidas por transmisión o permuta de monedas virtuales; staking y lending, como capital mobiliario; airdrops, como ganancias no derivadas de transmisiones.
- 6
Compruebe si le toca el modelo 721(Del 1 de enero al 31 de marzo)
Si sus criptos custodiadas por proveedores extranjeros valen más de 50.000 euros a 31 de diciembre, preséntelo con todas ellas.
- 7
Guarde el expediente
Historiales, hojas de cálculo y capturas de precios, al menos cuatro años desde el fin del plazo de cada Renta.
Un ejemplo
Residente en España, ejercicio 2025. Compró 2 ETH el 10-03-2023 a 1.500 € (3.000 €) y 3 ETH el 05-06-2024 a 2.500 € (7.500 €). En 2025 recibe 0,4 ETH de staking que suman 1.500 € valorados el día de cada recompensa, un airdrop de 1.000 tokens a 0,80 € el 15-05-2025 y, el 20-11-2025, cambia 4 ETH por USDC con el ETH a 3.500 €. Su mínimo personal queda cubierto por la base general y no tiene otras rentas del ahorro.
- Staking: 1.500,00 € de rendimiento del capital mobiliario, base del ahorro.
- Permuta ETH por USDC, valor de transmisión: 4 ETH × 3.500 € = 14.000,00 € (lo entregado y lo recibido valen igual).
- Coste FIFO de los 4 ETH: los 2 de 2023 (3.000,00 €) + 2 de los de 2024 (2 × 2.500 € = 5.000,00 €) = 8.000,00 €. Las recompensas de 2025 son posteriores y no salen todavía.
- Ganancia patrimonial de la permuta: 14.000,00 € − 8.000,00 € = 6.000,00 €, base del ahorro.
- Base del ahorro: 1.500,00 € + 6.000,00 € = 7.500,00 €.
- Cuota del ahorro: 6.000,00 € × 19 % = 1.140,00 €; 1.500,00 € × 21 % = 315,00 €; total 1.455,00 €.
- Airdrop: 1.000 × 0,80 € = 800,00 € de ganancia patrimonial en la base general, que tributa a su tipo marginal de la escala estatal y autonómica.
- En cartera quedan: 1 ETH de 2024 (coste 2.500,00 €), 0,4 ETH de staking (1.500,00 €), los USDC (14.000,00 €) y los tokens del airdrop (800,00 €).
1.455,00 € de cuota en la base del ahorro por el staking y el swap, más el airdrop de 800,00 € sumado a la base general. Aunque no pasó a euros, tributa por el cambio a USDC.
Cómo tributa cada operación cripto en el IRPF
| Operación | Qué renta es | Base | Cuándo tributa | Cómo se valora |
|---|---|---|---|---|
| Staking (delegado o como validador) | Rendimiento del capital mobiliario (art. 25.2) | Ahorro | Al recibir cada recompensa | Valor de mercado en euros del día |
| Lending, earn, pools de liquidez, yield farming | Rendimiento del capital mobiliario (art. 25.2) | Ahorro | Al recibir cada rendimiento | Valor de mercado en euros del día |
| Swap cripto por cripto o por stablecoin | Ganancia o pérdida patrimonial (permuta) | Ahorro | En el momento del intercambio | Mayor valor entre lo entregado y lo recibido, menos coste FIFO |
| Venta por euros | Ganancia o pérdida patrimonial | Ahorro | Al vender | Precio de venta menos coste FIFO y comisiones |
| Compra y venta de NFT como inversor | Ganancia o pérdida patrimonial | Ahorro | Al vender o permutar | Precio de venta menos coste de compra |
| Pagar un NFT con ETH u otra cripto | Permuta de la cripto entregada | Ahorro | Al pagar | Valor del NFT o de la cripto, el mayor, menos coste FIFO |
| Airdrop a un particular | Ganancia patrimonial no derivada de transmisión | General | Al recibirlo | Valor de mercado en euros del día (cero si no cotiza) |
| Airdrop ligado a su actividad profesional | Rendimiento en especie de la actividad | General | Al recibirlo | Valor de mercado en euros del día |
| Minería con equipos propios | Rendimiento de actividad económica (art. 27) | General | Al obtener las monedas | Ingresos menos gastos de la actividad |
| Creación y venta habitual de NFT | Rendimiento de actividad económica (art. 27) | General | Al vender | Ingresos menos gastos (minting, comisiones) |
Escala de la base del ahorro (ejercicios 2025 y 2026, estatal y autonómica sumadas)
| Base liquidable del ahorro | Tipo |
|---|---|
| Hasta 6.000 € | 19 % |
| De 6.000 € a 50.000 € | 21 % |
| De 50.000 € a 200.000 € | 23 % |
| De 200.000 € a 300.000 € | 27 % |
| Más de 300.000 € | 30 % |
Staking o airdrop: la duda más común
| Recompensa de staking | Airdrop | |
|---|---|---|
| Tipo de renta | Rendimiento del capital mobiliario | Ganancia patrimonial no derivada de transmisión |
| Base del IRPF | Base del ahorro (19 % a 30 %) | Base general (escala estatal y autonómica) |
| Cuándo tributa | Al recibir cada recompensa | Al recibir los tokens |
| Valoración | Valor de mercado en euros del día (cambio medio del día si son varias) | Valor de mercado en euros del día; cero si no hay mercado |
| Coste para la venta posterior | El valor por el que tributó | El valor por el que tributó |
Formularios y dónde se presenta
- Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (Renta Web)
- Modelo 721. Declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero
- Modelos 172 y 173. Saldos y operaciones con monedas virtuales (los presentan los proveedores en España)
Preguntas frecuentes
¿Tributa el staking aunque no venda las criptos?
Sí. Cada recompensa tributa el día que la recibe, por su valor en euros, en la base del ahorro. Al vender, solo tributa la diferencia entre el precio de venta y ese valor.
¿Cambiar bitcoin por USDC u otra stablecoin tributa?
Sí. Es una permuta: genera ganancia o pérdida en el momento del cambio, aunque no pase a euros, con el coste FIFO de lo que entrega.
¿Puedo compensar pérdidas de cripto con las recompensas del staking?
Sí, hasta el 25 % de los rendimientos del capital mobiliario, después de compensar con las ganancias por ventas o permutas del mismo año. Lo que sobre, en los cuatro años siguientes.
¿Hay que declarar un airdrop que no vale nada?
Si no tiene mercado cuando lo recibe, su valor es cero y no hay renta. Su coste también es cero: si lo vende después, todo será ganancia.
¿Las criptos de mi Ledger o MetaMask cuentan para el modelo 721?
No. El 721 solo incluye criptos custodiadas por un proveedor extranjero. Las de su wallet propia tributan cuando las vende, cambia o generan rendimientos, pero no van al 721.
Soy extranjero y vivo en España: ¿cómo tributa mi staking?
Si es residente fiscal en España, igual que un español y por sus criptos de todo el mundo: staking en la base del ahorro, swaps como permuta y airdrops en la base general. Con más de 50.000 € en exchanges extranjeros a 31 de diciembre, también el 721.
Se lo tramitamos nosotros de principio a fin.
Usted lo describe en un chat y firma; nosotros lo presentamos ante la Administración. Precio fijo desde 400,00 € (IVA incluido), más la tasa oficial si la hay.
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El precio, la tasa oficial y los plazos actualizados están en cada ficha.
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