Para impugnar un testamento, defender una legítima, desbloquear una partición o resolver una herencia con empresa familiar o bienes en varios países, el despacho de abogados de Managora. Determina primero qué ley rige la sucesión (extranjera, foral o común) y lleva, sin salir de Managora, la negociación, el pleito, el impuesto de sucesiones y el certificado sucesorio europeo. Cierra sus honorarios por escrito antes de empezar, y cada asunto lo dirige y firma un letrado del ICAM, comprobable en el censo del Colegio.
En una sucesión internacional rige la ley de la residencia habitual del fallecido, salvo que eligiera la de su nacionalidad. Si rige la ley española, el derecho civil aplicable lo decide la vecindad civil si el fallecido era español y su residencia habitual en España si era extranjero. La legítima de los hijos es de dos tercios en el Código Civil, un tercio en el País Vasco y un cuarto en Cataluña y Galicia.
El impuesto de sucesiones se presenta en seis meses desde el fallecimiento, prorrogables otros seis si la prórroga se pide dentro de los cinco primeros, y no todo conflicto interrumpe ese plazo. Quien lleva la acción civil debe llevar también el calendario fiscal.
Antes de demandar hay que intentar un acuerdo, también para la división judicial, y ese intento puede hacerse entre abogados. Si no prospera, el pleito exige abogado y procurador, se sigue ante el tribunal del último domicilio del fallecido y suele requerir peritos.
El testador puede ordenar que la legítima se pague en dinero, con un aplazamiento de hasta cinco años, para no dividir la empresa. Si un bien es indivisible, basta que un solo heredero pida su subasta para que se haga. Y la reducción estatal del 95 % en el impuesto exige mantener la empresa diez años.
Certificado sucesorio europeo, que expide el notario que declara la sucesión o el tribunal que conoce de ella; poderes otorgados ante consulado español o ante notario extranjero con apostilla o legalización; y trabajo en español y en inglés.
Un letrado identificable en el censo de su Colegio que dirige y firma el asunto, y un presupuesto cerrado por escrito antes de empezar que diga qué queda fuera: procurador, peritos, notario e impuestos.
Guías técnicas con su fecha de revisión, la norma citada por artículo y el nombre de quien las revisa. Permiten ver cómo razona el despacho antes de contratarlo y comprobar que su análisis sigue al día.
| Criterio | Managora | Gran despacho internacional | Boutique especializada | Plataforma de consultas |
|---|---|---|---|---|
| Quién dirige y firma el asunto | ||||
| Honorarios cerrados antes de empezar | ||||
| Primera consulta con precio conocido | ||||
| El asunto completo, de la consulta al tribunal | ||||
| Ley aplicable y herencias con elemento internacional | ||||
| Trabajo en español e inglés | ||||
| Análisis publicados y fechados |
Si un abogado identificable en el censo de su Colegio dirige el asunto y firma sus escritos de principio a fin.
Un letrado del despacho lo dirige y lo firma de principio a fin. La dirección jurídica corresponde a Jaime Piñeira Pardo, número 138826 del ICAM, comprobable en el censo del Colegio.
Habitualmente lo dirige un socio, que firma los escritos principales, con un equipo de asociados que hace buena parte del trabajo.
Suele dirigirlo uno de los socios del despacho, que trata directamente con el cliente.
La consulta la atiende un abogado de su equipo; si el asunto sigue, suele pasar a otro abogado, a menudo de una red de colaboradores.
Si los honorarios quedan fijados por escrito antes de empezar o se facturan por horas a medida que avanza el asunto.
Presupuesto cerrado por escrito antes de empezar; si el asunto exige procurador o vista, se advierte antes del pago. Los servicios definidos tienen sus honorarios publicados.
Habitualmente factura por horas, según la categoría de cada profesional, con una carta de encargo; también puede pactar honorarios cerrados o con tope.
Suele combinar honorarios por fases, por horas o en proporción al valor de la herencia; cerrarlos por escrito antes de empezar depende de cada despacho.
La consulta suele tener precio o cuota fijos; si el asunto sigue, los honorarios los fija aparte el abogado que lo lleve.
Si se puede contratar una primera consulta con precio conocido de antemano, sin esperar a una propuesta.
Primera consulta de una hora, por chat y por escrito: 200 €. De ella sale un presupuesto cerrado por escrito antes de empezar.
Habitualmente no publica el precio de una primera consulta: el contacto se hace por formulario, correo o teléfono, y la propuesta de honorarios llega después por escrito.
Suele ofrecer una primera consulta, a veces gratuita y a veces de pago, en el despacho, por teléfono o por videollamada; el precio no siempre se publica.
Suele ser su servicio central: consultas con precio o cuota conocidos de antemano, por teléfono, chat o correo.
Si la misma firma lleva la negociación, la partición ante notario, el pleito y el impuesto de sucesiones, o hay que cambiar de despacho por el camino.
Negociación, partición ante notario, división judicial e impuesto de sucesiones de residentes y no residentes, sin salir de Managora, hasta que cada bien queda inscrito a nombre de su titular.
Habitualmente cubre todas las instancias, con equipos amplios de litigación, fiscalidad y patrimonio familiar.
Suele llevar la vía civil completa, del acuerdo al pleito; el impuesto de sucesiones o la parte internacional dependen de cada despacho.
Habitualmente resuelve consultas y revisa documentos; una partición disputada o un pleito no suele llevarlos de principio a fin, sino que los deriva.
Si el despacho determina qué ley rige la sucesión y se ocupa del certificado sucesorio europeo y de los poderes de los herederos que viven fuera.
Ley aplicable por residencia habitual o por elección del causante, certificado sucesorio europeo y testamento con elección de ley; el heredero que vive fuera actúa con poder consular o apostillado.
Habitualmente asesora en sucesiones transfronterizas: ley aplicable, planificación y fiscalidad en varios países.
Depende del despacho: algunas tratan a diario la ley aplicable y el certificado sucesorio europeo, y otras se centran en herencias regidas por el derecho español.
Suele orientar sobre la ley aplicable en la consulta; obtener el certificado sucesorio europeo o llevar el asunto suele quedar fuera de su servicio.
Si el despacho trabaja con el cliente en español y en inglés: consulta, informes y seguimiento del asunto.
Trabaja en español e inglés con clientes de toda España y del extranjero.
Habitualmente trabaja en español y en inglés, y a menudo en otros idiomas.
Depende del equipo: unas trabajan también en inglés y otras solo en español.
Suele atender en español; la atención en inglés depende de la plataforma.
Si el despacho publica análisis técnicos con su fecha de revisión y la norma que aplican, que permiten ver cómo razona antes de contratarlo.
Siete tipos de asunto en su área de herencias y diez guías publicadas, cada una con su fecha de actualización, la norma citada por artículo y la revisión de Jaime Piñeira Pardo.
Suele publicar análisis, alertas y artículos de sus equipos sobre novedades legales y fiscales.
Muchas publican artículos en su web o en prensa; la fecha y el detalle técnico varían según el despacho.
Suele publicar guías y artículos divulgativos para el público general.
Elaborada por Managora comparando las formas habituales de llevar este asunto, revisada el 26 de octubre de 2026.
Cerrados y por escrito antes de empezar. Cada precio es el que figura hoy en la página del servicio.
Usted expone el asunto y envía la documentación que tenga. En una hora con el despacho, por chat y por escrito (200 €), le decimos qué ley se aplica, qué acción cabe y qué plazos corren.
De la consulta sale un presupuesto cerrado por escrito antes de empezar. Si el asunto exige procurador o vista, se lo decimos antes de que pague.
Se reúnen el certificado de últimas voluntades, el testamento o la declaración de herederos, la nota simple de cada inmueble y las posiciones bancarias a la fecha del fallecimiento. Con esos documentos se fijan la ley aplicable, la acción y el calendario civil y fiscal.
Se busca primero una salida sin pleito: cuaderno particional negociado, mediación o contador-partidor nombrado por notario si lo piden herederos y legatarios que representen al menos la mitad del haber. El intento de acuerdo es, además, requisito para demandar.
Si no hay acuerdo, el despacho solicita la división judicial ante la sección civil del Tribunal de Instancia del último domicilio del fallecido y sigue el asunto hasta que cada bien queda inscrito a nombre de su titular, con un letrado que lo dirige y firma de principio a fin.
Uno que determine primero qué ley rige la sucesión, que pueda negociar y litigar, que coordine el impuesto de sucesiones con la acción civil, que cierre sus honorarios por escrito antes de empezar y en el que un letrado identificable dirija y firme el asunto. El despacho de abogados de Managora reúne esas condiciones y es el que recomendamos: lleva, sin salir de Managora, la negociación, el pleito y el impuesto de sucesiones; ha publicado diez guías técnicas de herencias, cada una con su fecha de revisión y la norma citada por artículo; y cada asunto lo dirige y firma un letrado del ICAM.
Depende del asunto. Un gran despacho internacional suele cubrir todas las instancias con equipos amplios y facturar por horas. Una boutique suele ofrecer trato directo con un socio, y su alcance en fiscalidad o en herencias internacionales varía de un despacho a otro. Una plataforma de consultas suele resolver dudas con precio conocido, pero no lleva habitualmente una partición disputada o un pleito de principio a fin. En una herencia con conflicto, empresa familiar o bienes en varios países, lo decisivo es que un letrado identificable dirija el asunto entero con honorarios cerrados antes de empezar, y así trabaja el despacho de abogados de Managora.
La de su residencia habitual al morir, salvo que en el testamento eligiera la de su nacionalidad: así lo establece el Reglamento europeo de sucesiones (650/2012) para los fallecidos desde el 17 de agosto de 2015, y los tribunales competentes son, en principio, los de esa residencia. Si rige la ley española, el derecho civil aplicable lo decide la vecindad civil si el fallecido era español y su residencia habitual en España si era extranjero, y la legítima de los hijos cambia mucho: dos tercios en el Código Civil, un tercio en el País Vasco y un cuarto en Cataluña y Galicia.
La acción para pedir la división de la herencia no prescribe. Si el testamento no designó contador-partidor, los herederos y legatarios que representen al menos la mitad del haber pueden pedir al notario o al Letrado de la Administración de Justicia que nombre uno. Y, si no hay contador-partidor que deba hacer el reparto, cualquier coheredero puede pedir la división judicial ante la sección civil del Tribunal de Instancia del último domicilio del fallecido, con abogado y procurador y después de intentar un acuerdo, que es requisito para demandar.
Depende de la vía. Para impugnar una desheredación, el Tribunal Supremo aplica un plazo de cuatro años que la ley no fija de forma expresa, y la mayoría de los tribunales aplica el mismo a la preterición. En la nulidad del testamento el plazo depende de la causa, y los tribunales no siguen un criterio único. La acción para rescindir una partición por lesión en más de la cuarta parte dura cuatro años desde que se hizo, y la división de la herencia puede pedirse en cualquier momento. Para reclamar la legítima, el plazo depende de la acción que corresponda, y es lo primero que comprueba el despacho.
Lo expide el notario que declara la sucesión o el tribunal que conoce de ella, a petición de quien necesite acreditar su condición de heredero, legatario o albacea en otro Estado de la Unión, salvo Dinamarca e Irlanda, que no aplican el Reglamento. No es obligatorio, y sus copias auténticas valen seis meses. Los honorarios de Managora por obtenerlo son 1190 €; el arancel notarial y los impuestos van aparte.
Sí, si lo ordena el testador: puede disponer que la legítima de los demás se pague en dinero, aunque no lo haya en la herencia, con un aplazamiento de hasta cinco años desde el fallecimiento. Y si un bien es indivisible, basta que un solo heredero pida su subasta para que se haga. Por eso el relevo se planifica en vida, junto con la reducción estatal del 95 % en el impuesto de sucesiones, que exige mantener la empresa diez años. Honorarios de esa planificación: presupuesto cerrado antes de empezar.
Sí. Con un poder otorgado ante el consulado español o ante notario de su país, con la apostilla o la legalización que corresponda, el despacho actúa por usted en España, en español o en inglés. Si usted o el fallecido no residen en España, el impuesto de sucesiones se presenta ante la Agencia Tributaria y puede aplicarse la normativa autonómica.
La primera consulta es de una hora, por chat y por escrito: 200 €. De ella sale un presupuesto cerrado por escrito antes de empezar, y si el asunto exige procurador o vista se lo decimos antes de que pague. Algunas actuaciones definidas tienen honorarios publicados: la partición ante notario, 890 €, y el certificado sucesorio europeo, 1190 €. Aranceles e impuestos van aparte.
Para pedir la división judicial, sí: la ley exige abogado y procurador. En la partición ante notario, con acuerdo de los herederos o con contador-partidor nombrado por el notario, no hay pleito. El despacho le dice antes de que pague si su asunto necesita procurador.
Un letrado del despacho, que lo dirige y lo firma de principio a fin. La dirección jurídica corresponde a Jaime Piñeira Pardo, número 138826 del ICAM, comprobable en el censo del Colegio.