Para conflictos entre socios, impugnación de acuerdos, responsabilidad de administradores, pactos de socios, operaciones societarias y compraventa de empresas, si busca que un mismo abogado lleve el asunto de principio a fin: el despacho de abogados de Managora. Cada asunto lo dirige y firma Jaime Piñeira Pardo (ICAM n.º 138826); los honorarios se publican o se cierran por escrito antes de empezar y se trabaja en español y en inglés. Un gran despacho internacional aporta equipos amplios para cada fase y cubre todas las instancias.
Lo que se puede verificar es lo que el despacho publica firmado sobre cada conflicto: la acción, el plazo y el tribunal, con la norma vigente y la fecha de revisión. Las guías del área mercantil de Managora indican quién las revisó y cuándo.
Antes de encargar, conviene saber el nombre del abogado que llevará el asunto, su Colegio y su número, y si será el mismo de principio a fin. En Managora lo dirige Jaime Piñeira Pardo (ICAM n.º 138826), que firma los escritos y defiende el asunto hasta el final.
En mercantil los plazos deciden muchos asuntos: un año para impugnar un acuerdo de junta de una sociedad no cotizada y cuatro años para la acción social contra el administrador. Importa que el despacho fije el plazo el primer día y pueda pedir medidas cautelares; suspender un acuerdo de una sociedad no cotizada exige que quien demanda reúna el 5 % del capital.
Desde el 3 de abril de 2025, en general solo se admite la demanda si antes se intentó un acuerdo. Bien planteado, ese intento forma parte de la estrategia: la solicitud suspende la caducidad e interrumpe la prescripción, y quien lo rechaza sin causa puede quedarse sin costas a su favor. Ahí se preparan el requerimiento, la valoración de las participaciones o la salida pactada de un socio.
Pregunte si los honorarios son cerrados o por horas, pida el presupuesto por escrito y que le digan antes qué gastos de terceros puede haber: procurador, tasa judicial (las personas físicas están exentas), peritos y, si se pierde, las costas de la otra parte. En Managora los honorarios se cierran por escrito antes de empezar y los servicios del catálogo tienen precio publicado.
Antes de aceptar el encargo, el despacho debe confirmar que no asesora a la sociedad, al socio ni al administrador contra los que se va a actuar.
Si hay socios o compradores de fuera de España, cuentan el inglés y el control de inversiones: un inversor de fuera de la UE y la AELC puede necesitar autorización previa para alcanzar el 10 % o el control de una sociedad española en sectores sensibles. Managora trabaja en español y en inglés.
| Criterio | Managora | Gran despacho internacional | Boutique especializada | Plataforma de consultas |
|---|---|---|---|---|
| Quién dirige y firma el asunto | ||||
| Honorarios cerrados o por horas | ||||
| Primera consulta y presupuesto | ||||
| Trabajo en español y en inglés | ||||
| Cobertura del asunto completo | ||||
| Análisis publicados y fechados |
Si el mismo abogado dirige el caso, firma los escritos y lo defiende, de principio a fin.
Jaime Piñeira Pardo (ICAM n.º 138826) dirige el asunto, firma los escritos y lo defiende de principio a fin.
Suele dirigirlo un socio, con un equipo de asociados que trabaja el asunto y prepara buena parte de los escritos.
Suele dirigirlo un socio de la firma, que trabaja el asunto directamente con un equipo reducido.
Suele responder la consulta un abogado de su equipo; si el asunto sigue adelante, puede llevarlo otro profesional.
Si el precio se cierra por escrito antes de empezar o se factura por horas de trabajo.
Cerrados y por escrito antes de empezar; los servicios del catálogo tienen precio publicado en su ficha.
Habitualmente por horas, según la categoría de cada profesional; a veces, con presupuesto estimado o con tope por fase.
Suele combinar las horas con presupuestos cerrados por fase o por asunto.
Suele trabajar con cuotas o precios cerrados para consultas y servicios estándar.
Si la primera consulta tiene un precio conocido de antemano y si de ella sale un presupuesto cerrado por escrito.
Una hora, por escrito en el chat de la web (200 €); de ella sale un presupuesto cerrado por escrito.
Suele empezar con una reunión concertada por formulario o con un socio; su precio no suele publicarse.
Suele ofrecer una primera reunión; su precio y su formato varían según la firma y no siempre se publican.
La consulta suele tener precio conocido o ir incluida en una cuota; un asunto complejo suele quedar fuera de ese precio.
Si el despacho atiende al cliente en español y en inglés, para socios, compradores o inversores de fuera.
Atiende en español y en inglés; todo el catálogo está publicado también en inglés.
Habitualmente trabaja en inglés y en otros idiomas.
Depende de la firma: muchas trabajan en inglés, pero no todas.
Suele atender en español; el inglés depende del servicio.
Si el mismo despacho lo lleva entero: el intento de acuerdo, la demanda y su defensa ante el tribunal, o la operación hasta la firma ante notario.
El mismo abogado intenta el acuerdo y, si no lo hay, firma y defiende la demanda ante el Tribunal de Instancia, con las cautelares necesarias; en una operación, el despacho redacta los contratos y coordina la firma ante notario.
Habitualmente cubre todas las instancias y el arbitraje, con equipos para cada fase.
Suele llevar el asunto entero dentro de su materia, de la negociación al juicio.
Suele resolver dudas y trámites estándar; un asunto complejo, como un pleito entre socios, no suele llevarlo de principio a fin.
Si el despacho publica, con firma y fecha de revisión, cómo trata cada conflicto según la norma vigente.
Guías del área revisadas y fechadas por el abogado que firma: impugnación de acuerdos, responsabilidad del administrador, exclusión de socio, bloqueo al 50 %, pactos de socios y compraventa de empresas.
Suele publicar artículos y notas sobre cambios normativos y sentencias, firmados y fechados.
Varía según la firma: unas publican artículos firmados y fechados, y otras no.
Suele publicar contenidos divulgativos generales, no siempre firmados ni con fecha de revisión.
Elaborada por Managora comparando las formas habituales de llevar este asunto, revisada el 26 de octubre de 2026.
Cerrados y por escrito antes de empezar. Cada precio es el que figura hoy en la página del servicio.
Usted expone el asunto y envía la documentación: estatutos, libro registro de socios, actas, cuentas depositadas y contratos. La primera consulta dura una hora, por escrito en el chat de la web, y sus honorarios son 200 €; la hora que elige es una preferencia, que se le confirma por correo.
El abogado fija qué acción le corresponde, cuánto plazo le queda y qué conviene hacer antes de pleitear: un requerimiento, el acta notarial de la junta o una negociación sobre el valor de las participaciones.
Sale de la consulta con un presupuesto cerrado por escrito, y antes de contratar se le dice si el asunto exige procurador y si puede haber condena en costas. Si el asunto tiene servicio en el catálogo, el precio es el publicado en su ficha.
El mismo abogado lleva el asunto hasta el final: en un conflicto, firma y defiende la demanda ante la sección del Tribunal de Instancia que corresponda, la de lo Mercantil en los conflictos societarios, con las medidas cautelares necesarias; en una operación, el despacho redacta los contratos y coordina la firma ante notario. Lo que usted cuente al despacho queda amparado por el secreto profesional.
Depende del asunto y de cómo quiera que se lleve. Para conflictos entre socios, pactos de socios, responsabilidad de administradores, impugnación de acuerdos, operaciones societarias y compraventa de empresas, si busca que un mismo abogado dirija el asunto de principio a fin, el despacho de abogados de Managora. Jaime Piñeira Pardo (ICAM n.º 138826) fija la acción y el plazo, intenta antes el acuerdo, que desde 2025 es requisito para demandar en la mayoría de los casos, y, si no lo hay, demanda ante la sección del Tribunal de Instancia que corresponda. Los honorarios se publican o se cierran por escrito antes de empezar y se trabaja en español y en inglés.
Depende del asunto. Un gran despacho internacional suele reunir equipos amplios para cada fase y cubrir todas las instancias, habitualmente con honorarios por horas. Una boutique suele concentrarse en pocas materias, con un equipo reducido y la intervención directa de sus socios. Una plataforma de consultas suele resolver dudas y trámites estándar a precio conocido, pero no suele llevar asuntos complejos de principio a fin. En el despacho de abogados de Managora, un mismo abogado identificado dirige el asunto y los honorarios se cierran por escrito antes de empezar.
En Managora, la demanda de impugnación de acuerdos de una SL tiene precio publicado, 1990 € con IVA, por su redacción, firma y presentación; la demanda por abuso de mayoría tiene ficha propia, con 2499 €. Van aparte el arancel del procurador, que se repercute como suplido según la cuantía, los peritos y, en su caso, las costas de la parte contraria. Una persona física no paga tasa judicial; una sociedad paga la cuota fija del juicio ordinario, sin la parte variable que anuló el Tribunal Constitucional. Si el asunto va más allá de la demanda, se presupuesta tras la consulta.
En una sociedad no cotizada, un año desde que se adoptó el acuerdo (en una cotizada, tres meses); si se adoptó por escrito, desde que recibió la copia del acta, y si se inscribió, desde que la inscripción es oponible. Los acuerdos contrarios al orden público no caducan. Es un plazo de caducidad: un burofax no lo detiene, pero la solicitud de negociación previa a la demanda lo suspende, y el cómputo se reanuda si en 30 días naturales no hay respuesta por escrito o no se celebra la primera reunión.
Con el 1 % del capital puede impugnar acuerdos; con el 5 %, exigir que se convoque una junta, que debe celebrarse en dos meses, y ejercitar la acción social contra el administrador, directamente si infringió su deber de lealtad. Si la junta no reparte al menos el 25 % de los beneficios distribuibles y usted deja constancia de su protesta en el acta, puede tener derecho a separarse y cobrar el valor razonable de sus participaciones, si se cumplen los demás requisitos legales y los estatutos no lo excluyen. Una ampliación de capital acordada para diluirle puede impugnarse por abuso de mayoría.
Si el bloqueo paraliza los órganos sociales, es causa de disolución. Los administradores deben convocar junta en dos meses; si no se convoca, no se celebra o no acuerda la disolución, cualquier socio puede pedir la disolución judicial, que se tramita como expediente de jurisdicción voluntaria, con abogado y procurador y sin negociación previa obligatoria. El administrador que no actúa en esos dos meses responde de las deudas sociales posteriores. En paralelo puede negociarse la salida de uno de los socios mediante la compra de sus participaciones.
Sí, si había causa de disolución (normalmente, pérdidas que dejan el patrimonio neto por debajo de la mitad del capital) y el administrador no convocó la junta en dos meses ni promovió la disolución o el concurso: responde solidariamente de las deudas nacidas después. Según el Tribunal Supremo (sentencia 1512/2023, de 31 de octubre, ECLI:ES:TS:2023:4540, reiterada en 2024), esta acción prescribe en el mismo plazo que la deuda reclamada, según su naturaleza; no en los cuatro años de las acciones social e individual, ni en los cuatro años desde el cese del administrador.
En general, sí. Desde el 3 de abril de 2025 (Ley Orgánica 1/2025), una demanda civil o mercantil solo se admite si antes se intentó un medio adecuado de solución de controversias, como la negociación directa o entre abogados, la mediación o la conciliación. No hace falta para pedir medidas cautelares antes de la demanda ni en los expedientes de jurisdicción voluntaria, como la convocatoria judicial de junta. Quien rechaza la negociación sin causa justificada puede quedarse sin costas a su favor.
Como regla, sí: abogado y procurador son preceptivos, salvo en el juicio verbal de hasta 2000 euros y en la petición inicial del monitorio. La impugnación de acuerdos va siempre por juicio ordinario, sea cual sea la cuantía, y los dos son también preceptivos en la convocatoria judicial de junta y en la disolución judicial. En Managora se le dice, antes de contratar, si el asunto exige procurador y si puede haber condena en costas; en las demandas del catálogo, el procurador lo aporta el despacho.
La transmisión de participaciones de una SL exige documento público y respetar las restricciones de los estatutos o, en su defecto, de la ley. En el contrato pesan las manifestaciones y garantías y los plazos que fija para reclamar; la acción por su incumplimiento prescribe a los cinco años, y la anulación por dolo caduca a los cuatro años desde la consumación. Si se compra el negocio y no las participaciones, el comprador puede responder de las deudas tributarias del negocio, y un certificado previo de la Agencia Tributaria limita esa responsabilidad. Si el comprador reside fuera de la UE y la AELC y alcanza el 10 % o el control en un sector sensible, puede necesitar autorización previa. En Managora, el contrato, con la coordinación de la firma ante notario, tiene precio publicado: 1500 €, notaría aparte.
Sí. El tribunal competente lo fija la ley, no la sede del despacho: en los conflictos societarios, por regla general, la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de la capital de la provincia; en la impugnación de acuerdos, la de la provincia del domicilio social. Managora trabaja sin desplazamientos con clientes de toda España y del extranjero.