Internacional y transfronterizo

Abogados de derecho internacional en España

Su asunto tiene un pie en España y otro fuera, y eso cambia tres cosas antes de discutir el fondo: en qué país se puede demandar, qué ley se aplica y qué valor tiene aquí lo que ya se resolvió allí. Nuestros abogados empiezan por ahí, porque un pleito bien planteado en el país equivocado se pierde sin llegar al fondo. Después miramos el reloj: en esta materia los plazos son cortos y algunos, como el año de la restitución de un menor, no admiten segunda oportunidad.

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Qué llevamos

Se han llevado a su hijo a otro país

Solicitud de restitución inmediata por la Autoridad Central y ante el Tribunal de Instancia, donde el año desde el traslado marca la diferencia entre la devolución casi automática y tener que discutir la integración del menor (Convenio de La Haya de 1980 y Reglamento Bruselas II ter).

Le ejecutan aquí una sentencia dictada fuera

Oposición al reconocimiento y a la ejecución, que sigue dos caminos distintos según el origen: los motivos tasados del Reglamento Bruselas I bis si viene de la Unión, y el exequátur de la Ley 29/2015 si viene de fuera. En los dos está prohibido revisar el fondo.

Tiene un laudo extranjero y no le pagan

Reconocimiento del laudo ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia y ejecución después, con causas de denegación tasadas y muy estrechas (Convenio de Nueva York de 1958, por remisión del art. 46 de la Ley 60/2003 de Arbitraje).

La herencia se repartió con una ley que le deja sin legítima

Se discute cuál era la residencia habitual del causante y si la elección de ley del testamento era válida, que es lo que decide si hay legítima o no (arts. 21 y 22 del Reglamento 650/2012 de sucesiones).

El obligado a pagar alimentos vive en otro país

Reclamación y ejecución transfronteriza que se puede plantear en el domicilio de quien recibe los alimentos, sin necesidad de exequátur dentro de la Unión (art. 3 del Reglamento 4/2009 y Protocolo de La Haya de 2007).

Compró mercancía fuera y llegó defectuosa

Resolución del contrato, sustitución o rebaja del precio bajo la Convención de Viena de 1980, que se aplica aunque el contrato no la nombre, con el plazo corto de denuncia del defecto que suele decidir el asunto (arts. 38 y 39).

El deudor europeo está vaciando sus cuentas

Orden europea de retención de cuentas, que se dicta sin oír al deudor y bloquea el saldo en cualquier Estado miembro, y que se puede pedir incluso antes de presentar la demanda principal (Reglamento 655/2014).

Cómo lo llevamos

El orden importa. Primero miramos la competencia, es decir, en qué país puede plantearse el asunto, porque de eso depende todo lo demás y no siempre conviene el tribunal más cercano. Después la ley aplicable, que en materia de sucesiones y de contratos puede haberse elegido por escrito y esa elección es atacable. Y solo entonces el fondo. Cuando lo que hay es una resolución ya dictada fuera, el trabajo es el contrario: comprobar si entra por la vía de reconocimiento automático de los reglamentos europeos o por el exequátur de la Ley 29/2015, y si alguno de los motivos tasados de denegación se sostiene, que en la práctica suele ser la notificación defectuosa del escrito inicial. Trabajamos con el texto de los reglamentos y de los convenios delante, porque en esta materia el artículo exacto cambia el resultado.

Su caso se presupuesta tras la consulta, porque cada caso es un mundo. La consulta se descuenta íntegra del encargo si después contrata.

Preguntas frecuentes

¿Puedo demandar en España si la otra parte está fuera?

Muchas veces sí, y no siempre por donde se piensa. En contratos manda el lugar de entrega o de prestación del servicio, en alimentos vale el domicilio de quien los recibe y en sucesiones el de la última residencia del causante. Lo miramos antes de nada, porque plantearlo mal cuesta el pleito entero.

Tengo una sentencia de otro país. ¿Vale aquí?

Si viene de la Unión Europea, en materia civil y mercantil se ejecuta sin procedimiento previo: basta el certificado. Si viene de fuera, hace falta exequátur ante el Tribunal de Instancia con abogado y procurador. En ninguno de los dos casos se vuelve a discutir el fondo.

¿Qué plazo tengo?

Depende de la acción, y aquí los plazos son cortos. La restitución de un menor cambia de régimen al año del traslado. La falta de conformidad de una mercancía tiene un tope de dos años desde la entrega. La acción ejecutiva de una sentencia o un laudo caduca a los cinco. Es lo primero que comprobamos.

¿Cómo se presupuesta un asunto internacional?

Tras la consulta previa, porque el trabajo cambia mucho según haga falta prueba de derecho extranjero, traducción jurada o intervención de una autoridad central. La consulta cuesta 100 euros por treinta minutos o 200 euros por una hora.

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