Implantación en España

Implantar su empresa japonesa en España

Actualizado el 2 de noviembre de 2026

La respuesta corta

España no exige a una empresa japonesa socio local: su filial puede ser 100 % de la matriz y sus administradores pueden vivir en Japón. Sí exige presencia: autorización previa si invierte en un sector sensible, declaración al Registro de Inversiones, NIF español, documentos apostillados y traducidos y autorización de trabajo para su equipo. El convenio de 2018 puede dejar a cero la retención de dividendos, intereses y cánones. Managora, despacho de abogados y gestoría, presenta y firma en su nombre, por escrito y a distancia.

Japón y España en cifras

DatoCifraFuente
Filiales de grupos japoneses en España (2024)337 empresas con 70.114 personas ocupadasINE, FILINT 2024, consulta del 2-11-2026
Inversión productiva de Japón en España (país del inversor último)460,6 millones de euros en 2023, 689 en 2024, 211,4 en 2025 y 440,6 en el primer semestre de 2026DataInvex, consulta del 2-11-2026, datos provisionales

Qué le exige España a una empresa japonesa

De las diez obligaciones de nuestra página general, le tocan estas (personal y documentos, más abajo):

ObligaciónCuándo le tocaCómo se cumple
Autorización previa de la inversiónSi toma el 10 % o el control de una sociedad de un sector sensible (infraestructuras o tecnologías críticas, energía, datos, medios), o de cualquier sector si su grupo lo controla el Estado japonés o ya ha invertido o actuado en esos sectores en otro Estado de la UE.Antes de invertir. Resuelve la Dirección General de Política Comercial y Seguridad Económica hasta 5 millones de euros y el Consejo de Ministros por encima, en tres meses; el silencio es negativo y sin autorización la operación no tiene validez. Hay exenciones, que comprobamos antes de firmar.
Registro de InversionesAl constituir la filial o aportarle más fondos propios, abrir o dotar la sucursal o prestarle más de 1 millón de euros a más de un año.Modelo D-1A en un mes (si hay notario español, lo remite él). Memoria anual D-4 si supera 3 millones de capital o patrimonio neto, o si la filial encabeza un grupo.
NIF españolSiempre.La matriz, con letra N; la sucursal, con W; quien firme o administre sin NIE, con M.
Representante fiscalCon sucursal, por obras o servicios prestados en España sin ella, o si Hacienda lo exige.Residente en España; responde solidariamente de la deuda de la sucursal por el impuesto de no residentes. No nombrarlo: multa de 2.000 euros.
Representante a efectos del IVASi la matriz, sin establecerse aquí, tiene que declarar IVA en España.Antes de operar: Japón no está exento (solo lo está Noruega), salvo que tribute por las ventanillas únicas OSS o IOSS.
Titular realSiempre.Quien tiene en último término más del 25 % o el control; si nadie, los administradores. Se declara al depositar las cuentas; los cambios, en diez días.
Notificaciones electrónicasSiempre.Si nadie abre una en diez días naturales, se da por rechazada y el procedimiento sigue.

Lo que cambia por venir de Japón

  • Convenio de doble imposición de 2018, en vigor desde el 1 de mayo de 2021: la retención española sobre los dividendos, intereses y cánones que cobra la matriz puede ser cero (ver «Impuestos»).
  • Protección de inversiones: no hay acuerdo bilateral entre España y Japón, y el Acuerdo de Asociación Económica UE-Japón se cerró sin ese capítulo. Si entra con un socio español, frente a él le protege el pacto de socios.
  • Documentos de la matriz: el registro mercantil japonés (法務局) expide el 履歴事項全部証明書, con los asientos vigentes y los cancelados desde el 1 de enero de hace tres años, y el 印鑑証明書, del sello registrado de su representante; el Ministerio de Asuntos Exteriores de Japón los apostilla. El poder, los acuerdos y, para una sucursal, los estatutos (定款) pasan antes por notario japonés; en algunas prefecturas, como Tokio y Kanagawa, el notario puede entregarlos ya apostillados. Luego, traducción jurada al español; el registrador comprueba que equivalen a documentos españoles.
  • Visado: los japoneses no lo necesitan para estancias de hasta 90 días en un periodo de 180, como un viaje de negocios; cuando funcione ETIAS, pedirán antes una autorización de viaje en línea.
  • Seguridad Social: por el convenio España-Japón, en vigor desde el 1 de diciembre de 2010, el empleado que la matriz desplaza por no más de cinco años sigue en las pensiones japonesas, con certificado del organismo japonés de enlace. El resto de contingencias queda fuera del convenio.
  • Datos personales: la Comisión Europea reconoce a Japón un nivel adecuado de protección; la filial puede enviar a la matriz datos de clientes y empleados sin garantías adicionales.
  • Salida de capital: la ley japonesa de divisas (外為法) solo pide notificación previa en cinco sectores (pesca, cuero, armas, equipos para fabricarlas y estupefacientes) y para algunos países designados. Fuera de ellos, tomar el 10 % o más de una sociedad extranjera se comunica después al Ministerio de Finanzas, en 20 días y a través del Banco de Japón, si alcanza 1.000 millones de yenes. Lo tramita su matriz.

De Japón a su filial operativa, paso a paso

  1. 1

    Estudio previo

    Se decide filial o sucursal, si hace falta autorización previa y el calendario.

  2. 2

    Documentos en Japón

    El 履歴事項全部証明書, el 印鑑証明書 y el poder ante notario japonés a favor de quien firmará en España, todo apostillado.

  3. 3

    Traducción jurada

    Al español, por traductor jurado.

  4. 4

    NIF y NIE

    NIF de la matriz y NIE o NIF de quien firme o administre.

  5. 5

    Constitución o sucursal

    Constitución de la SL ante notario español, con certificación negativa de denominación, o inscripción de la sucursal con los documentos de la matriz. La SL no necesita certificado bancario del capital si la matriz declara en la escritura que responde de su aportación.

  6. 6

    Registro de Inversiones

    Modelo D-1A en el mes siguiente.

  7. 7

    Alta fiscal

    Alta censal (modelo 036) y apoderamiento electrónico para las notificaciones.

  8. 8

    Cuenta bancaria

    La abre el banco, con sus propios requisitos, y puede exigir que el firmante comparezca.

  9. 9
  10. 10

    Mantenimiento

    IVA, Impuesto sobre Sociedades, retenciones, cuentas anuales con su titular real y libros.

Su equipo japonés en España

Para trabajar en la filial o la sucursal hace falta autorización de residencia y trabajo. Estas vías se piden electrónicamente a la Unidad de Grandes Empresas, que tiene 20 días para resolver (si no contesta, se entiende concedida); el visado, si hace falta, en 10 días hábiles.

  • Traslado intraempresarial: directivos, especialistas y personas en formación del grupo, con título superior o tres años de experiencia y tres meses previos en el grupo; hasta tres años (uno en formación).
  • Profesional altamente cualificado: puesto de alta cualificación en la filial; lo pide la empresa o el profesional. Variante europea: tarjeta azul UE, con contrato de seis meses o más y umbral salarial.
  • Emprendedor: proyecto innovador, con informe de ENISA.

Cónyuge o pareja, hijos menores o a cargo y ascendientes a cargo pueden pedir su autorización con la del titular o después (reagrupación familiar). Los nacionales de la UE no la necesitan. El directivo trasladado puede optar al régimen de impatriados el año del traslado y los cinco siguientes, si no ha residido en España en los cinco anteriores.

Impuestos: el convenio y lo que se paga en España

Pago de la filial a la matrizRetención máxima en EspañaCondición
Dividendos0 %Al menos el 10 % de los derechos de voto durante doce meses
Otros dividendos5 %10 % si son deducibles para la filial
Intereses0 %Hasta 10 % si dependen de ventas o beneficios del deudor
Cánones0 %Sin requisito de participación

Los tipos cero exigen además la cláusula de limitación de beneficios: por ejemplo, que la matriz cotice en un mercado reconocido o que la renta proceda de su actividad en Japón. Sin convenio serían el 19 % y, en cánones, el 24 %. La filial guarda el certificado de residencia de la matriz a efectos del convenio, que expide la Administración tributaria japonesa y vale un año, e ingresa las retenciones con el modelo 216.

La filial paga el Impuesto sobre Sociedades al 25 %, como cualquier sociedad española. El tipo reducido de las empresas nuevas no se aplica a las de un grupo, aunque la matriz no resida aquí, y el de las pequeñas se calcula con la cifra de negocios del grupo. Puede cerrar su ejercicio en la misma fecha que la matriz, por ejemplo el 31 de marzo. Las operaciones con la matriz se valoran a precio de mercado y, por encima de ciertos importes, se declaran en el modelo 232.

Con sucursal, el beneficio tributa al mismo tipo, y el impuesto complementario del 19 % sobre lo transferido a la matriz no se exige a residentes de países con convenio que no lo prevea, como el japonés, si hay trato recíproco. Si las dos Administraciones discrepan, el convenio prevé un procedimiento amistoso y, sin acuerdo en dos años, arbitraje a petición de la empresa.

Qué hacemos por su empresa japonesa

Presentamos y firmamos en su nombre ante la Agencia Tributaria, la Seguridad Social, extranjería (Unidad de Grandes Empresas, plataforma MERCURIO) y los Registros. Presupuesto cerrado y por escrito antes de empezar; notaría, tasas, apostilla y traducción jurada, aparte y a su cargo.

  • La implantación, con los poderes de la filial y el contrato de su director general.
  • La representación fiscal, cuando el caso lo permite: con sucursal la ley nos haría responder de su deuda, así que se lo decimos antes y pactamos las garantías.
  • Las autorizaciones de su equipo, la Seguridad Social y los impuestos de la filial.
  • La marca de la Unión Europea, válida en los 27 Estados.

Por ley identificamos al titular real de cada cliente antes de trabajar. No damos domicilio social ni de notificaciones, ni somos administradores, secretarios o socios de su sociedad (tampoco nominales), representante aduanero, intermediario del IOSS ni responsable de sus productos en la UE; tampoco tramitamos la marca española a nombre de la matriz. La apostilla y la traducción jurada las coordinamos.

Preguntas frecuentes

¿Necesita mi empresa un socio o un administrador español?

No. La filial puede ser 100 % japonesa y sus administradores pueden vivir en Japón; necesitan NIF español. Una sucursal necesita además un representante fiscal residente en España.

¿Cuánto retiene España al repartir dividendos a la matriz?

Nada si la matriz ha tenido al menos el 10 % de los derechos de voto durante doce meses y cumple la cláusula de limitación de beneficios; si no, el 5 %. Hace falta su certificado de residencia fiscal japonés, válido un año.

¿Puede seguir cotizando en Japón el directivo que enviamos?

En pensiones, sí, si el desplazamiento no está previsto para más de cinco años y tiene el certificado del organismo japonés de enlace. El resto de contingencias no lo cubre el convenio.

¿Qué documentos tenemos que preparar en Japón?

El 履歴事項全部証明書, el 印鑑証明書 y el poder ante notario japonés, apostillados por el Ministerio de Asuntos Exteriores; para una sucursal, también los estatutos. La traducción jurada la coordinamos nosotros.

¿En qué idioma trabajan?

En español y en inglés, por escrito y a distancia. Le atendemos a cualquier hora, también en el horario de Japón.

Esta guía explica el marco general y no sustituye al estudio de su caso: lo que le toca depende de su operación, de su sector y de su estructura.

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Escríbanos qué quiere abrir y con qué equipo; le contestamos por escrito con un presupuesto cerrado.

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